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  • hace 7 semanas
En el capítulo de esta semana de Tip Legal de El Espectador le explicamos si es correcto adjudicar bienes compartidos a los exesposos en la liquidación de la sociedad conyugal. ¿Cuáles son las alternativas que ofrece el derecho para este tipo de casos?

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Transcripción
00:00Una amable seguidora de esta sección del tip legal del espectador nos cuenta una historia y a renglón seguido nos
00:06formula dos preguntas.
00:07Ella nos dice que luego de un tortuoso proceso de divorcio, a través del cual creyó, en palabras de ella,
00:14por fin haberse quitado de encima a esa persona
00:18y de haber tramitado igualmente la correspondiente liquidación de la sociedad conyugal,
00:24ahora se ve enfrentada a la situación de que la casa que ellos tenían, que era el único bien que
00:30hacía parte de la ver de la sociedad conyugal,
00:33les fue adjudicado a cada uno en un 50%, lo cual la hace sentir un poco frustrada por cuanto estima
00:41que va a seguir atada a esa persona
00:43de quien, en palabras de ella también, no quiere saber absolutamente nada, por lo que se pregunta, y nos traslada
00:49a nosotros la inquietud,
00:50si el abogado que le tramitó el proceso o los procesos obró correctamente, y qué puede hacer en el caso
00:57de que los procesos se hayan tramitado bien
00:59para quitarse, repetimos de encima en palabras de ella, a ese señor.
01:04Con relación a la primera pregunta, en nuestra opinión, el abogado obró correctamente, pues no había otra alternativa,
01:11en virtud de que, si partimos del supuesto de que los derechos que a cada uno de los esposos les
01:17corresponde
01:18respecto de la ver de la sociedad conyugal, se deben repartir por partes iguales,
01:23y si no había sino un solo bien, que era una casa, pues la única opción que había al liquidar
01:28la sociedad conyugal
01:29era adjudicar esa casa a los dos esposos, a cada uno, en un porcentaje igual que es el 50%,
01:36no había otra alternativa. Ahora bien, partiendo entonces de que lo que hizo el abogado, en nuestra opinión,
01:46es lo correcto, qué puede hacer ella para, volvemos a sus propias palabras, quitarse de encima a quien fue su
01:54esposo.
01:54Al respecto de la vida que ofrece el derecho, se denomina un proceso divisorio.
01:59Un proceso divisorio es un trámite a través del cual, cuando hay una comunidad que es un fenómeno o una
02:06figura
02:07en virtud de la cual dos o más personas son dueños de un mismo bien y a lo cual no
02:12están obligadas a permanecer,
02:14o sea, nadie está obligado a vivir en comunidad respecto de un determinado bien,
02:19pues entonces la ley ofrece la alternativa, como ya lo dijimos, de tramitar un proceso que se denomina un proceso
02:25divisorio.
02:25El proceso divisorio, en principio, ofrece dos alternativas.
02:29La división material, que es cuando el bien es susceptible de ser fragmentado,
02:34lo cual vemos poco viable en el caso que nos plantea la señora, por cuanto se trata de una casa.
02:40Y el divisorio al valor, que es el que consideramos que tiene ella que adelantar.
02:45¿En qué consiste? En que, iniciado el proceso y tramitado, obviamente,
02:49el juez va a ordenar la venta de ese bien en un remate o una pública subasta,
02:55de tal manera que el producto de esa venta se habrá de dividir entre los dos esposos a cada uno,
03:03asignándole la mitad del precio de venta.
03:05En conclusión, entonces, nuestra amable seguidora salió de un divorcio para un divisorio.
03:12En conclusión, el abogado, en nuestra opinión, obró correctamente y ojalá pudiera ella entrar en contacto con quien fue su
03:21esposo,
03:21cosa que vemos muy difícil para evitarse, entonces, tener que adelantar otro trámite judicial.
03:27En conclusión, el abogado obró correctamente y debe iniciar nuestra consultante, como ya lo hemos dicho, un proceso divisorio.
03:34Esperamos que este triple legal haya sido de utilidad para muchas otras personas que de pronto se encuentran en la
03:41misma situación,
03:42así como de interés para otras tantas personas.
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