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  • 2 days ago
En el Tip Legal de esta semana le explicamos cuál es la diferencia que existe entre ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes o de la sustitución pensional.

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Transcript
00:00Con ocasión de un reciente tip legal en el que hicimos referencia a cuáles eran los requisitos que deberían reunir
00:07los esposos
00:08para ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes o de la sustitución pensional,
00:14algunas personas que vieron dicho tip nos han pedido que ahora hagamos referencia o expliquemos cuál es la diferencia que
00:22existe entre una y otra figura,
00:24o sea, entre lo que se conoce como la pensión de sobrevivientes y la sustitución pensional.
00:34Al respecto y como nota introductoria digamos entonces lo siguiente,
00:38lo normal, lo común es que quien disfrute de la pensión, quien goce de la pensión,
00:45sea aquella persona que hizo los aportes, que hizo las cotizaciones.
00:49No obstante, puede ocurrir que dicha persona fallezca, razón por la cual la ley tiene contemplado
00:57que sean otras personas, específicamente su entorno familiar, quienes vengan a disfrutar, quienes vengan a gozar de dicha pensión.
01:06Y es aquí entonces donde surge la diferencia.
01:09Cuando la persona que fallece ostentaba apenas la calidad de afiliado,
01:15o sea, era una persona que venía haciendo aportes en aras de, más adelante, gozar de la pensión,
01:22se está frente a lo que se conoce como la pensión de sobrevivientes.
01:26No obstante, cuando la persona que fallece ya era pensionado,
01:32se estaría entonces frente a lo que se denomina la sustitución pensional.
01:37Ahora, haciendo una precisión muy importante, la ley, la ley en sentido general, o sea,
01:43la ley 100 de 1993 y la ley 797 del año 2003, hablan solamente de pensión de sobrevivientes.
01:52No obstante, la jurisprudencia y la doctrina en aras de ser más precisas,
01:58han catalogado, dependiendo del momento en el que ocurra la muerte,
02:03la figura de dos formas.
02:05Cuando se está, repetimos, frente al caso de un afiliado,
02:09se ha referido la doctrina de la jurisprudencia a lo que se llama pensión de sobrevivientes.
02:15Por el contrario, cuando se está frente al caso de un pensionado fallecido,
02:20se habla entonces de la sustitución pensional.
02:23Pero ambas hacen parte de un mismo fenómeno, de una misma institución jurídica,
02:28solo que contemplando dos momentos y algunas circunstancias distintas.
02:33¿Quiénes son entonces los llamados a gozar de la pensión de sobrevivientes
02:37o de la sustitución pensional?
02:40La ley nos dice quiénes son en unos órdenes específicos
02:44y bajo unas condiciones también específicas.
02:46No obstante, vamos a enumerarlos simplemente.
02:49Son beneficiarios de dichas figuras,
02:53en principio el cónyuge o el compañero o compañera permanente,
02:57los hijos de esa persona, incluyendo a los hijos de crianza,
03:02los padres, incluyendo igualmente a los padres de crianza,
03:06e inclusive los hermanos de quien venía haciendo los aportes
03:10o de quien ya era pensionado.
03:12Hacemos la precisión e insistimos de que bajo unas determinadas circunstancias
03:17y agotando un orden que la ley tiene establecido.
03:20Eso es entonces, o eso viene a ser entonces,
03:24lo que se conoce como la pensión de sobrevivientes
03:28o la sustitución pensional.
03:30Esperábamos haber llevado claridad sobre este asunto
03:33que repetimos algunas personas que vieron un tip legal anterior
03:37nos pidieron que explicáramos.
03:40Esperamos que este tip legal haya sido de su agrado.
03:42¡Gracias!
03:44¡Gracias!
03:52¡Gracias!
03:54¡Gracias!
03:55¡Gracias!
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