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  • 2 days ago
En este Tip Legal le explicamos si es posible que entre dos personas que no conviven se configure una unión marital de hecho. Además, qué elementos se deben tener en cuenta para determinar si realmente existe este tipo de vínculo.

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Transcript
00:00¿Es factible que entre dos personas que no cohabitan, o sea que no viven juntas, se genere una unión marital?
00:07De hecho, en principio la respuesta parece obvia y sería que no.
00:11Sin embargo, en una reciente sentencia del pasado 3 de diciembre del año 2025,
00:18específicamente la sentencia 2081 del 3 de diciembre del año 2025, como ya lo señalamos,
00:25la sala civil de la Corte Suprema de Justicia, examinando un asunto que se le planteó,
00:32llegó a la conclusión de que sí es viable, en circunstancias muy particulares,
00:38que entre dos personas que no cohabitan se genere una unión marital de hecho.
00:47Al respecto de la sala civil de la Corte Suprema de Justicia, diferenció dos eventualidades.
00:53Una es cuando la unión marital nace porque las personas cohabitan y luego por circunstancias ajenas deben separarse
01:02sin que tengan la intención de romper con esa familia que se derivó de la unión marital.
01:08Es el caso, por ejemplo, cuando los compañeros forman su unión marital y luego,
01:14porque por razones de trabajo o por razones de salud o otras parecidas,
01:18cada uno tiene que fijar su residencia en un lugar distinto sin que tengan, repetimos e insistimos,
01:25la intención de acabar con esa familia.
01:27En ese caso, la sala civil de la Corte Suprema de Justicia dijo que la unión marital,
01:32que había nacido derivada de la convivencia, se mantenía,
01:36porque por razones ajenas a la intención o a la voluntad de ellos de querer estar juntos,
01:42no podían hacerlo.
01:43No obstante, y la segunda situación que es la que llama la atención,
01:47es cuando la unión marital nace sin que haya mediado una convivencia.
01:52Al respecto, entonces, la sala civil de la Corte Suprema de Justicia dijo que se trataba de situaciones
01:59absolutamente excepcionales en las cuales, por razones fundamentalmente de discriminación,
02:06esas dos personas no pueden cohabitar, no pueden permanecer juntas, repetimos,
02:13por circunstancias ajenas a su propia voluntad.
02:16En estos casos que repetimos, dijo la Corte, se trata de situaciones absolutamente excepcionales,
02:24eventualmente podría generarse una unión marital.
02:27De hecho, no obstante, en estos casos, al faltar la cohabitación,
02:31que es lo que se conoce como la comunidad de techo, lecho y mesa,
02:36pues los elementos probatorios o las circunstancias que se van a argumentar
02:41para tratar de derivar en una declaración de unión marital, de hecho,
02:45pues van a tener que ser mucho más exigentes, o sea,
02:49probar que hay una comunidad de vida, que esta fue permanente,
02:53que hubo una unión de proyectos, una unión patrimonial,
02:57en el sentido de que hubo una comunidad de capitales para generar o lograr algunos objetivos,
03:04que hubo un cuidado, todo este tipo de elementos que derivan en la existencia
03:09de una unión marital, de hecho, al no haber cohabitación,
03:13pues tendrán que ser probados de una manera mucho más enfática, mucho más contundente.
03:18En conclusión, entonces, según la jurisprudencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia,
03:23es factible que haya unión marital, de hecho, sin convivencia,
03:27pero en situaciones muy excepcionales, en las cuales acreditar la comunidad de vida
03:34va a requerir de una mayor contundencia en los elementos que hacen que exista la comunidad de vida
03:41sin que entre los compañeros haya una cohabitación.
03:46Es una sentencia muy interesante, vale la pena analizarla,
03:50y esperamos que lo que explicamos o tratamos de llevar a ustedes en este tipo legal
03:55haya sido de una manera muy ilustrativa y que les sirva a muchas personas.
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