En diálogo con Exitosa, el abogado de Pedro Castillo, Walter Ayala, indicó que su patrocinado fue investigado, y posteriormente detenido, cuando era presidente en funciones. Por ello, recurriría a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que establece límites para investigar a mandatarios, para anular el proceso en su contra.
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00:00Un fundamento central es que el día 7 de diciembre el presidente Pedro Castillo fue detenido a las 13 con 42 minutos, una con 42 minutos, cuando era un presidente en ejercicio y tenía la inmunidad presidencial.
00:16El tema de organización criminal que es la segunda prisión preventiva, es decir, si lo absolvieran o si le aceptan como procedente del habeas corpus en el tema de la rebelión, sobrevive la prisión preventiva por organización criminal y se quedaría en la cárcel.
00:40Yo te digo cuáles, digamos, no, yo he puesto habeas corpus, por ejemplo, un fundamento central es que el día 7 de diciembre el presidente Pedro Castillo fue detenido a las 13 con 42 minutos, una con 42 minutos, cuando era un presidente en ejercicio y tenía la inmunidad presidencial.
01:01Él fue detenido siendo presidente en ejercicio. Posteriormente a la 1 y 50, o sea, 8 minutos después, el Congreso da esta vacancia regular, pero él ya la habían detenido.
01:15Ese es un vicio procedimental que anularía todo, organización criminal, todo. ¿Por qué?
01:22De acuerdo, entonces usted diría que estaría protegido por la investidura.
01:29Y la sentencia del Tribunal Constitucional que salió la semana pasada, ¿qué es lo que dice? Que a un presidente en ejercicio no se le puede investigar.
01:38Claro, pero dijeron también, de aquí para adelante, dijeron los tribunos, ¿no?
01:43Y mira, y qué bueno que tú le dices, ¿no? La sentencia salió publicada el día 19 de agosto.
01:51Si fuese de ahí para adelante, sería a partir del 19 de agosto, pero no, la sentencia mira para atrás, porque los juicios que tenía la señora Boluarte eran antiguos.
02:01Estamos hablando de hace un año atrás, de hace un año y medio atrás, o sea, es retroactivo.
02:06Es retroactivo. Ustedes van a utilizar la sentencia del Tribunal Constitucional.
02:09Pero ahí vamos, ¿no?
02:11Corresponde.
02:12Yo soy jurista, yo soy profesor en Derecho Constitucional, en PRI, en posgrado, he sido juez, y yo entiendo de esto.
02:19Y ahí no hay que ser muy erudito. Si el 19 de agosto sale la sentencia y es para adelante, entonces lo que tiene la señora Boluarte, entonces se mantiene, porque es para adelante.