00:00Mire, según la Constitución, el Presidente de la República es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas.
00:09Es cierto, es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
00:15Él es el Jefe Supremo.
00:17Y ya ha quedado probado en el proceso penal contra el señor Pedro Castillo
00:22de que él habría llamado, así lo han dicho los testigos de primera mano,
00:30de que él habría llamado del teléfono del Ministro del Interior al Jefe de la Policía
00:35para pedirle que detenga a las autoridades, a las principales autoridades de los poderes del Estado.
00:44Entonces, eso en alguna medida, no es cierto, constituye un delito, delito de rebelión,
00:50porque se levanta en armas contra la República en la medida en que él es el Jefe Supremo
00:57de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
01:01Nosotros lo hemos visto en la televisión, disolviendo el Congreso, tomando el Poder Judicial,
01:06lo ha dicho en señal abierta, y en consecuencia, eso es lo que va a suceder.
01:14Ahora, si el Poder Judicial tiene otra interpretación, lo tendrá que decir en su momento, ¿no?
01:22Pero en todo caso, el proceso penal tiene que continuar, y lo que hemos visto hasta el día de hoy
01:29es una falta de respeto absoluto por parte de quien ha tenido el honor
01:36de asumir el más alto cargo de la República, que es el de haber sido presidente.
01:43De manera que si él cree que no es posible ningún delito, que su conducta no está tipificada,
01:51bueno, tiene que hacerlo valer en forma, pero no de la manera como se ha estado conduciendo
01:57en el proceso penal.
01:58Entonces, lo que pueda decir yo, o decir otros, no pasa de ser una mera opinión.
02:03Bueno, es el Poder Judicial que me parece que dentro de muy poco va a señalar
02:09si es que el señor Pedro Castillo ha cometido no delito.
02:14Y obvio que mientras no hay ninguna sentencia, a él le alcanza el principio de derecho
02:20a la presunción de inocencia.
02:22Por eso es que todavía puede postular, puede candidatear, ¿no es cierto?
02:27En la medida en que todavía no se ha producido ninguna sentencia en su contra.
02:37Lo que no recuerdo muy bien es si el Congreso de la República lo ha inhabilitado.
02:42Todavía no lo inhabilita.
02:45Todavía ha pasado por la subcomisión de acusaciones constitucionales
02:50y lo tiene que ver el pleno para la inhabilitación.
02:53Todavía falta ese paso.
02:54Entonces, en consecuencia, él no tiene ningún problema para postular, ¿no?
03:00Él ha sido, digamos, destituido del cargo por una inconducta, ¿no es cierto?
03:07En ese caso, levantarse contra el orden constitucional.
03:12Hay una intención de, digamos, pisotear la Constitución, la democracia,
03:17lo hemos visto todos.
03:18Y por eso es que el Congreso, digamos, lo destituyó del cargo.
03:22Ahora, lo que falta es que el Poder Judicial se pronuncie, si es que ha sido delito o no.
03:31Pero el Congreso puede inhabilitarlo, porque la inhabilitación no solo es por la comisión de delitos,
03:37sino por las graves inconductas que en este caso estarían alcanzando al presidente,
03:44al ex presidente Pedro Castillo.
03:45Entonces, hay una inhabilitación por razones jurídicas,
03:50cuando la persona, después de ser sentenciada,
03:53el Congreso puede inhabilitarlo,
03:55y también hay una inhabilitación por razones políticas,
03:58que es lo que puede hacer el Congreso en los próximos días.
04:01Por angas o por mangas,
04:03el presidente podría quedar fuera de carrera,
04:05el ex presidente Pedro Castillo.
04:06¡Gracias!
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