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00:31El mundo de las contratas y de las subrogaciones es complicado, es un poco bastante lío.
00:37Hoy les traemos una historia poco habitual para intentar explicárselo y para que quede lo más claro posible.
00:41Venga, nos situamos, imaginen, en una comunidad de vecinos de Marbella. Deja de contar con la empresa de limpieza.
00:46En ella hay un trabajador que piensa que la nueva contrata, lógico, se va a hacer cargo de él.
00:51Algo que es lo legal y lo habitual, pero en este caso hay un giro de guión.
00:56La comunidad de vecinos no contrata a una empresa, sino a un autónomo.
01:00Sí, un autónomo que no tiene trabajadores a su cargo, y ahí está la clave de esta historia.
01:04Un autónomo sin empleados no tiene que quedarse con los trabajadores de la empresa a la que él sustituye.
01:10Ojo, lo ha dicho recientemente el Tribunal Supremo, si la nueva empresa no es una empresa, repetimos, sino un autónomo,
01:16y ese autónomo no tiene trabajadores a su cargo, no está obligado a contratar al que trabajaba con la empresa anterior.
01:22Otra cosa sería si la comunidad de vecinos hubiera contratado a otra empresa.
01:25Ahí sí, ahí el antiguo trabajador tendría que continuar trabajando con la nueva empresa.
01:29Sería un trabajador subrogado.
01:31Que es una palabra muy fea, ¿verdad? Subrogado.
01:33Bueno, la subrogación es que al trabajador le cambien la persona que le da empleo.
01:38Puede ser porque una nueva empresa se ocupa de una actividad, como es el caso que hemos visto ahora mismo,
01:43pero también porque cambie la titularidad de la compañía.
01:45En fin, sea por lo que sea, los derechos del trabajador, en principio, no se pueden tocar.
01:49La ley y la justicia dejan muy claro que la subrogación no debe tener un impacto importante en los trabajadores.
01:55De entrada, mismo salario, mismo centro, mismo horario, la antigüedad, intocable, y no nos pueden despedir por ser subrogados.
02:03Si la nueva empresa quiere cambiar alguna de las condiciones sustanciales del contrato, lo puede hacer,
02:07pero igual que la empresa anterior, con un proceso legal en el que hay que justificarlo con causas objetivas.
02:12El porque sí, no vale.
02:14Y si no estamos de acuerdo, podemos hacer dos cosas.
02:17Una, llevar esa modificación a los tribunales y que decida un juez si está justificado que, por ejemplo, nos cambien de horario o nos bajen el sueldo.
02:24También podemos rescindir nuestro contrato. Así cobraríamos 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de nueve meses, y tendríamos derecho a cobrar paro.
02:32No nos quedaríamos desprotegidos. Por cierto, si la empresa antigua nos debía dinero, la nueva también.
02:38Se asumen todas las deudas y todos los compromisos. Todos.
02:44Aquí hay trabajo.
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