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00:31Se elimina la posibilidad de realizar horas extraordinarias trabajando a tiempo parcial.
00:36Y se amplía el número de horas complementarias que puede realizar el trabajador.
00:40Y la pregunta del millón. Si nos contratan a tiempo parcial, ¿sabemos qué son y cómo se regulan esas horas complementarias?
00:47Pues vamos por partes. Primero, las horas complementarias son aquellas que superan la jornada laboral.
00:52Primero, los contratos a tiempo parcial pueden ser indefinidos o temporales, pero solo valen si se formalizan por escrito.
00:59De boquilla valen cero, señores. Es decir, que el empresario solo podrá exigirnos hacer horas de más si las hemos pactado entre las dos partes.
01:07Segundo, se hagan las horas que se hagan, tienen que ir bien detalladas en este escrito.
01:12Y tampoco podremos hacer horas complementarias si la jornada laboral por la que hemos firmado no supera las 10 horas semanales.
01:19Que debe recoger obligatoriamente no solo el número de horas, sino también su distribución.
01:24Si esto no se cumple y reclamamos, la justicia lo considerará a jornada completa.
01:29Tres, por norma general, trabajando a tiempo parcial no se pueden hacer horas extra.
01:35No pueden hacerse, pero sí complementarias, que son las horas que vamos a trabajar de más siempre que las hayamos pactado antes con el empresario.
01:43Pacto que también tiene que estar por escrito y respetar un tope máximo.
01:46Las horas complementarias no pueden superar el 60% del horario firmado en contrato.
01:52En un contrato de 20 horas semanales, las horas complementarias no podrán ser más de 12, porque 12 es el 60%.
02:00Por tanto, 20 más 12 igual a 32. 32 horas. 32 es nuestro tope en una semana.
02:07Porque si quieren que trabajemos más, que nos contraten a tiempo completo.
02:11La primera es que nos avise con tres días ante la acción y la segunda que hacer estas horas no implique saltarnos a la torera los descansos establecidos por ley.
02:19Así, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, deberán pasar como mínimo 12 horas.
02:25Y cuando nuestra jornada sea continuada y supere las 6 horas, deberá establecerse un periodo de descanso de al menos 15 minutos.
02:32Por supuesto, el derecho a descansar como mínimo día y medio ininterrumpido a la semana es innegociable.
02:38Pues clave número cuatro, las horas complementarias nos las tienen que pagar igual que las ordinarias.
02:42Y debemos saber que preavisando la empresa con 15 días podremos romper el pacto de horas complementarias si hace más de un año que lo firmamos y siempre por causas justificadas.
02:52Todas van en nómina y cotizan a la seguridad social.
02:55Pero aún así, si habiendo firmado el pacto nos negamos de buenas a primeras a realizar horas de más, la ley no contempla ninguna sanción.
03:03Cinco, imaginen que estamos cobrando paro y que nos ofrecen un empleo a tiempo parcial.
03:07Pues tenemos dos alternativas, suspender la prestación y reactivarla cuando finalice el contrato.
03:13O combinar ambas cosas con una particularidad, trabajando la mitad de la jornada, cobraremos la mitad del paro.
03:19Clave número seis, los empleados a tiempo parcial tienen los mismos derechos que los contratados a tiempo completo.
03:25La empresa debe registrar día a día su jornada y entregarles el resumen de todas las horas realizadas cada mes.
03:31En los contratos indefinidos a tiempo parcial, horas complementarias de aceptación voluntaria.
03:36Y como tales, tampoco llevan sanción si nos negamos a hacer.
03:40Y siete y final, no nos pueden imponer un cambio de jornada completa a jornada parcial.
03:45Por negarnos al cambio, no nos pueden despedir ni sancionar después.
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