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  • 2 days ago
Mientras que para establecer una unión marital de hecho no existe un plazo determinado, para que surja una sociedad patrimonial se requiere una convivencia mínima de dos años en pareja.

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00:04Con ocasión del anterior tip legal en el que hicimos referencia acerca de qué es lo que se
00:11requiere para que se declare la existencia de una unión marital de hecho, un amable seguidor de esta
00:19sección, quien se identificó como Iván, nos ha solicitado, nos ha pedido que señalemos o
00:27enseñemos cuál es el término, cuál es el plazo que se requiere para que la convivencia de dos
00:34personas genere efectos de orden jurídico y efectos de orden práctico. Al respecto y por cuanto esta
00:42consulta es muy común, debemos hacer las siguientes precisiones en aras de la claridad. Como primera
00:50medida debemos indicar o debemos señalar que hay que distinguir entre lo que es la unión marital de
00:58hecho y la consecuente sociedad patrimonial que de esa unión marital de hecho se genera. ¿Por qué? Porque
01:07son dos cosas distintas. La unión marital de hecho es una de las formas que actualmente dentro de
01:15nuestro ordenamiento jurídico permiten conformar una familia. ¿De dónde nace la unión marital de hecho?
01:22De la convivencia entre dos personas. Esa convivencia puede llegar, repito, a generar una familia. Además de
01:31generar una familia, esa unión marital de hecho también puede producir unos efectos de orden
01:38patrimonial que se traducen entonces en la generación o en el surgimiento de lo que la ley
01:45llama sociedad patrimonial. Digamos que entre unión marital de hecho y sociedad patrimonial haciendo un
01:53paralelo se generan consecuencias semejantes a las que se dan entre el matrimonio y la sociedad
02:00conyugal. La diferencia está en que en el matrimonio la sociedad conyugal se genera de
02:07manera automática e inmediata con él. En tanto que en la unión marital de hecho para que ésta produzca
02:15efectos de orden patrimonial, o sea, para que se genere la sociedad patrimonial se requieren una
02:22convivencia de dos años. Digamos entonces que para que haya unión marital de hecho el legislador no
02:29estableció un término específico. El legislador dijo que para que se genere esa unión marital de
02:37hecho la convivencia entre las dos personas debe tener el carácter de ser permanente. ¿Qué significa
02:45que sea permanente? Que tenga vocación para trascender en el tiempo, que se trate de una convivencia que
02:54haga prever que va a ser de largo aliento, por decirlo de alguna manera, que va a tener
02:59una duración más o menos larga, más o menos duradera, que debe haber una proyección hacia
03:07adelante para que se considere entonces que esa unión es permanente. No hay un término específico,
03:15no hay un término determinado. Debe tener, repetimos, la característica de ser permanente,
03:21o sea, de trascender en el tiempo. Por el contrario, para que esa unión marital de hecho genere efectos
03:28patrimoniales, ahí sí el legislador señaló un plazo preciso y es que la convivencia debe tener
03:37una duración de al menos dos años. O sea, habrá familia cuando dos personas se van a vivir juntas
03:44con la intención de que esa convivencia sea trascendente en el tiempo, sea permanente. ¿Cuánto
03:51tiempo? No hay un término específico. Pero para que esa unión marital de hecho genere efectos
03:57patrimoniales, o sea, para que genere la sociedad patrimonial en virtud de la cual lo que consigan
04:03esas dos personas, producto del esfuerzo y producto del trabajo mancomunado se reparta,
04:09ahí sí debe haber una convivencia mínima de dos años. La declaración de unión marital de hecho
04:17permite entonces decir que esas dos personas conformaron una familia y que de ellas se derivarán
04:23todos los efectos que cualquier otra familia tienen garantizados dentro de nuestro ordenamiento.
04:30Por eso, digamos que entre una familia derivada del matrimonio y una familia derivada de la
04:35unión marital de hecho, en principio no debe haber diferencia. Cosa distinta, repetimos e insistimos,
04:42es que para que se genere la sociedad patrimonial, o sea, para que se generen los efectos patrimoniales
04:49que implican la repartición de lo que sea producto del trabajo unido y mancomunado de los compañeros,
04:57deberá entonces ahí sí darse una convivencia mínima de dos años. Esperamos que estas precisiones,
05:04hayan quedado lo suficientemente claras porque repetimos, no es extraño que la gente confunda
05:11una figura que es la unión marital de hecho con los efectos patrimoniales de la misma que es la sociedad
05:18patrimonial.
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