00:00Hace algunas semanas, el Banco Hipotecario de la Vivienda anunció que contaba todavía con cerca de 2,900 bonos para aquellas familias que desean encontrar una solución de vivienda.
00:13Según indicaron, podrían optar por un bono ordinario de hasta 9,300,000 colones, y este incluso podría completarse con un crédito.
00:23Tenemos 23 entidades autorizadas a lo largo y ancho del país, tenemos fundaciones, tenemos mutuales, tenemos cooperativas y bancos del Estado que pueden recibir a las personas que quieren optar o postularse por un bono.
00:38Es a través de estas entidades autorizadas donde el Banco genera lo que es el financiamiento para cada uno de estos bonos individuales.
00:46Para poder optar por un bono ordinario, las condiciones o propósitos es construir en el lote propio.
00:55Si ya la persona tiene un lotecito, puede perfectamente optar por el bono de vivienda, el bono ordinario.
01:01Incluso podrían solicitar el bono si lo que quieren es realizar mejoras en una vivienda ya construida.
01:09En el país hay cerca de 23 entidades autorizadas para realizar el trámite y que forman parte del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
01:18Si no, un terreno familiar que le ceda a esta persona o bien comprar un lote y construir, eso sí, con un crédito por medio de la entidad autorizada donde se esté gestionando la solicitud.
01:30Y también tenemos una modalidad de bono que se llama Bono RAM.
01:35RAM significa reparación, ampliación, mejora o terminación.
01:39Digamos, si usted requiere hacer esto en su vivienda, eso sí, que haya sido una vivienda que no haya sido financiada con bono,
01:47usted puede optar por esta última opción para poder entonces hacer reparaciones, ampliaciones, mejoras o terminaciones de su vivienda.
01:54Para que una familia pueda acceder a un bono, tiene que cumplir con cinco condiciones básicas.
02:00Tome nota, tiene que estar conformado por un núcleo familiar que vive bajo un mismo techo y comparten las obligaciones del hogar.
02:09Además, no pueden tener casa propia o más de una propiedad.
02:12Tampoco calificaría una familia que ya ha recibido el bono y el ingreso familiar debe ser menor al millón novecientos mil colones.
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