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  • hace 5 meses
En diálogo con Exitosa, el abogado de Daniel Urresti, Miguel Ángel Soria, señaló que el excongresista no puede acogerse a la ley de amnistía, debido a que esta no le aplica.

Noticias del Perú y actualidad, política.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Uresti se iba a acoger a la ley de amnistía, pero eso no es posible, ¿no?
00:04No, lamentablemente la ley de amnistía no le aplica, sin embargo, sí hemos solicitado al Poder Judicial,
00:09y este tema está pendiente en la Sala Penal Nacional, estamos esperando una resolución,
00:14hemos solicitado que se le aplique la ley 32.107, precisamente por la aplicación retroactiva
00:21que se le realizó al general Uresti del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
00:25El Estatuto de Roma no se puede aplicar de forma retroactiva, es decir, si entró en vigor el año 2002,
00:31no se puede aplicar a un hecho que se cometió en 1988, y no por el general Uresti,
00:37sino por los dos militares que ya han sido condenados.
00:42Está en nuestros estudios Miguel Ángel Soria, abogado del ex congresista y ex ministro Daniel Uresti,
00:50y hay que decir también ex candidato a la presidencia por el partido Podemos, ¿no es cierto?
00:54Él está en este momento sentenciado por el caso Bustíos.
00:59Así es.
00:59¿En qué condición? Él está sentenciado como el coautor del asesinato.
01:05Sí, buenos días, Nicolás, gracias por la invitación.
01:07Bienvenido, doctor Soria.
01:08Bueno, sí, efectivamente, el general Uresti tiene una condena de 12 años de pena privativa de libertad
01:13por la comisión del delito de asesinato bajo el móvil de alevosía.
01:18Pero, como ya se ha indicado en los diversos recursos que hemos interpuesto,
01:23ya el caso del general Uresti se encuentra en el Tribunal Constitucional,
01:26esta condena es injusta porque se le ha aplicado un tipo penal que en 1988,
01:32cuando ocurrió el asesinato contra Hugo Bustíos, no existía.
01:35Sí, le aplicaron el Código Penal básicamente de 1991 cuando el Código Penal que estaba vigente
01:42era el Código Penal de 1924.
01:45Y para hacer esto, el Poder Judicial lo que fundamentalmente han realizado
01:50es hacer una especie de analogía de la ley penal.
01:53Es decir, le han aplicado la ley penal de forma retroactiva
01:56y, además, para aplicarle a la ley de forma retroactiva,
02:00lo que han hecho es analogía en materia penal.
02:02Cosa que está proscrita desde que el filósofo en materia penal becaria
02:07también se refirió al principio de legalidad.
02:10Eso es básicamente lo que ocurre con el general Uresti.
02:13Ahora, quiero decirte, Nicolás, que hoy esta condena injusta contra el general Uresti
02:20lo que está generando son graves daños contra su salud.
02:23Desde hace un mes, hace tres meses, el general Uresti no puede consumir proteínas en el penal
02:29y, además, él tiene enfermedades crónicas preexistentes como diabetes, hígado graso, gastritis
02:36y, lamentablemente, en el INPE no están prestando atención a su salud.
02:41Cuadros de depresión y ansiedad porque, precisamente, considerando él o convencido de su inocencia
02:47y de la violación de sus derechos fundamentales, está atravesando estos cuadros graves en su derecho a la salud.
02:52Hemos presentado hoy día un habeas corpus contra el ministro de Justicia, el viceministro de Justicia, el presidente del INPE.
02:57¿Cuándo? ¿Hoy?
02:58Hoy. Hoy. Hoy. Hemos presentado esta habeas corpus precisamente para que al general Uresti, en tanto,
03:04el sistema de salud que ofrece el penal no es el óptimo porque, pese al tratamiento que se le ha dado,
03:09sigue enfermo y no puede consumir sus alimentos con regularidad.
03:13Estamos pidiendo que sea tratado mediante su seguro médico privado para que, finalmente,
03:17le hagan los exámenes que requiera y su salud, finalmente, esté bien resguardada.
03:21Diciendo que sea trasladado a una clínica.
03:23Así es. Así es. Que exista una junta médica para que apruebe su traslado a una clínica
03:27y sus médicos tratantes, cuando estaban en libertad, lo puedan atender y, finalmente,
03:31puedan encontrar el problema real en su salud.
03:34Pero, lamentablemente, precisamente esta condena injusta lo que está afectando es su salud mental
03:39y su salud física, lamentablemente, en el penal.
03:41Ahora, la discusión, ya. Ustedes dicen, hay un problema porque se le aplicó por un delito
03:47a que le atribuían haber cometido el año 88, le aplicaron un código penal que, en realidad,
03:53se modificó después. O sea, ya. Hay una aplicación, según ustedes, retroactiva de un código,
03:59lo cual no es admisible. Ahora, el problema es que los hechos, las evidencias,
04:06que acreditaban su participación en el asesinato de Hugo Bustíos.
04:11No existen. Antes de la condena del general Urresti, 30 años antes,
04:16ya hubieron dos militares condenados por los mismos hechos.
04:20Vidal Lavera...
04:22Y Vera Sanvento.
04:24Lavera Hernández y Vidal Sanvento.
04:26Ya fueron condenados.
04:27En ese proceso penal, Nicolás, ningún testigo, ningún elemento de prueba,
04:32permitía concluir de que el general Urresti siquiera hubiera participado
04:38en ese accionar del ejército peruano.
04:41Lamentablemente, 30 años después, aparece un testigo que el propio Poder Judicial
04:45indicó que su versión no era creíble, la señora Isabel Rodríguez Chipana,
04:51y con ese solo testimonio, sin corroborar elementos contextuales,
04:55incluso existiendo testimonios contradictorios al de esta señora,
04:59testimonio de descargo en favor del general Urresti, con eso condenaron al general Urresti.
05:05Es más, el propio Rojas, que acompañaba a Hugo Bustíos en la moto,
05:10donde él también sale gravemente herido, nunca señaló al general Urresti
05:15como el atacante en estos hechos.
05:17Generó precisamente al conocido como Ojos de Gato, el que había participado
05:21y disparado en este momento.
05:23No existe ningún elemento de prueba, ningún medio probatorio,
05:26que concluya que el general Urresti ha sido responsable en este caso.
05:29Hay algo que sí es cierto, ¿no?
05:32Un hecho del que yo puedo dar fe.
05:34Cuando asesinaron a Hugo, hubo toda una movilización de parte de la prensa
05:40y periodistas que podíamos tener nuestras diferencias.
05:43Hicimos un esfuerzo común porque se supiera la verdad.
05:46Y el objetivo era ubicar a una persona que se señalaba como Ojos de Gato,
05:53que era conocido en la población porque participaba en operaciones,
05:56en relaciones con la población y finalmente se identificó
05:59como el supuesto Ojos de Gato a este señor Vidal Sanvento.
06:03Él y el jefe de la base, el comandante Lavera Hernández,
06:08fueron procesados, fueron sentenciados.
06:10Es decir, y a mí lo que me ha llamado la atención de toda esta historia
06:14es que en los medios no se ha hablado de este pedazo de la historia.
06:19Es decir, que en un momento se hizo una investigación.
06:22Yo lo recuerdo porque reportajes que preparamos nosotros en su momento,
06:27al igual que material que preparó la revista Caretas,
06:30fueron elementos de prueba en el proceso que terminó con la sentencia
06:34de estas dos personas.
06:36Ahora, ¿qué ha pasado con estos dos sentenciados?
06:39O sea, que Urresti...
06:40Ellos ya están en libertad.
06:41No, yo sé, porque ellos fueron además beneficiados con una amnistía,
06:45¿no es cierto?
06:45Sí.
06:46Pero, ¿cuál es la situación de ellos?
06:49O sea, si Urresti los mató a bustillos,
06:53entonces, ¿qué pasó con la sentencia anterior?
06:55Nada.
06:56Tiene toda vigencia.
06:57Por eso, lo que se ha hecho con el general Urresti
06:59es un imposible jurídico.
07:00Es una barbaridad que el Poder Judicial ha cometido
07:03contra el general Urresti.
07:04Porque si es que ya existe una persona reconocida,
07:07probada judicialmente, que ha disparado contra Hugo Bustillos,
07:12fue él mismo el que colocó la granada para que detone el cuerpo,
07:16lamentablemente, del periodista Bustillos,
07:18no puede existir 30 años después una persona que realice los mismos hechos.
07:24O sea, lo mismo que hizo Vidal Sanvento es lo que se atribuye al general Urresti.
07:29Es un imposible...
07:30O sea, no se ha exonerado de responsabilidad,
07:32porque si tú dices, ya, no fue Vidal Sanvento, fue Urresti,
07:35puede resultar jurídicamente razonable, ¿no es cierto?
07:38Hubo un error judicial...
07:40No se les...
07:40Y tendría que haber una reivindicación e incluso una compensación.
07:44El Estado peruano está en deuda con esta persona que...
07:46No existe y es imposible, además.
07:48Porque estas personas tendrían que presentar un recurso de revisión,
07:52demostrar que eso no fue así.
07:54Pero eso no ha ocurrido.
07:56Por eso es que la condena contra el general Urresti es una barbaridad.
07:59Es una barbaridad porque, además, en el primer proceso penal,
08:02eran seis militares los que habían disparado.
08:05Y Vidal Sanvento, el que colocó el aparato explosivo
08:07con el que finalmente mata a Hugo Bustillos.
08:1030 años después, ya no eran seis, sino eran cuatro militares.
08:13Que, además, como ocurrió en el primer caso,
08:16los primeros seis militares estaban en una casa abandonada.
08:19En el segundo proceso contra el general Urresti,
08:21eran cuatro que, además, hacían fuego cruzado.
08:23Dos frente a dos, disparando.
08:27Y ya 30 años después, ya no era Vidal Sanvento el que puso la granada,
08:30sino el general Urresti.
08:32O sea, es imposible desde lo jurídico y desde lo fáctico.
08:35Y una de las violaciones que alegamos en este caso, precisamente,
08:38es la verdad judicial unificada,
08:40que es un estándar que aplicó la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos
08:43en el caso de Barrios Altos y Cantuta,
08:44en el que el Perú tuvo que anular la sentencia contra el Grupo Colina
08:50para ajustarse a los estándares de la sentencia contra el expresidente Fujimori.
08:55Y en este caso, además, el Poder Judicial, por eso te digo que es una barbaridad,
08:58nunca ha explicado por qué en un primer proceso hay una historia
09:01contra Vidal Sanvento y la Vera Hernández,
09:03y cómo es que hay otra historia en el proceso contra el general Urresti.
09:06Lo que yo considero, Nicolás, es que en el caso contra el general Urresti,
09:12todo se ha preparado con el único objetivo de privarlo de su libertad
09:16por 12 años de pena privativa de libertad
09:17y sacarlo de todas sus actividades políticas y profesionales.
09:21O sea, que el problema es que, digamos,
09:25toda la gente involucrada en política, al final se declara perseguida política,
09:28pero lo que ustedes dicen es,
09:29más allá de las evidencias o de las pruebas,
09:35el asunto de fondo acá es un asunto político,
09:38sacar a Daniel Urresti del escenario.
09:43O sea, a ver, si vemos su actividad política
09:46como un elemento político, seguro,
09:50eso será decisión de él, pero además es un derecho político.
09:53Pero antes que eso están sus derechos, Nicolás.
09:55El general Urresti ha sido condenado violando el principio de legalidad penal.
10:01Le han aplicado la ley penal de forma retroactiva.
10:03Le han aplicado el Estatuto de Roma de 1998,
10:07que entró en vigor en el año 2002,
10:09a un hecho que ocurrió en el 88,
10:11época en el que el Estatuto de Roma ni siquiera estaba vigente.
10:15Ni siquiera se negociaba en Naciones Unidas.
10:17O sea, han cometido una serie de barbaridades contra el general Urresti
10:20que lo han llevado a estos 12 años de pena privativa de libertad.
10:23Ahora, la única razón por la que está el general Urresti privado de su libertad
10:26es un testimonio que el propio Poder Judicial en su sentencia
10:29indica que no es creíble
10:31y que era contradictorio a todos los elementos de prueba
10:34que estaban presentes en el proceso judicial,
10:37que se han discutido en judicial.
10:38Y es que ha sido presión mediática, digamos,
10:41porque también existe, ¿no?
10:42Por eso, tal vez, pero por eso te digo, Nicolás,
10:45a mí me parece inverosímil que jueces superiores,
10:48que por lo menos tienen que tener 15 años de experiencia profesional
10:52para ocupar ese cargo,
10:53y jueces supremos que tienen que tener por lo menos 25 años de experiencia
10:57para ocupar esos cargos,
10:59no sepan, no sepan de que aplicar una ley
11:03que se adoptó en el año 1991
11:06de forma retroactiva a un hecho que ocurrió en el año 1984
11:09sin que esa ley esté vigente,
11:12no sepan de que viole al principio de legalidad.
11:14Y de que para cometer esa barbaridad
11:16tenga que decir, yo te aplico la ley del futuro
11:19porque me parece que la causal de alevosía
11:23se parece a la causal de perfidia.
11:25La alevosía es perfidia,
11:27pero la perfidia no es alevosía.
11:29Eso es analogía.
11:30Lo que se ha dicho en estos días
11:32es que Urresti se iba a acoger a la ley de amnistía,
11:35pero eso no es posible, ¿no?
11:36No, lamentablemente la ley de amnistía no le aplica,
11:39sin embargo, sí hemos solicitado al Poder Judicial,
11:42y este tema está pendiente en la Sala Penal Nacional,
11:44estamos esperando una resolución,
11:47hemos solicitado que se le aplique la ley 32107,
11:51precisamente por la aplicación retroactiva
11:53que se le realizó al general Urresti
11:55del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
11:58El Estatuto de Roma no se puede aplicar de forma retroactiva,
12:01es decir, si entró en vigor el año 2002,
12:03no se puede aplicar a un hecho que se cometió en 1988
12:07y no por el general Urresti,
12:09sino por los dos militares que ya han sido condenados.
12:12Ya, o sea, pero la ley lo que establece
12:16es que se aplica a los investigados,
12:19a los procesados, ¿no es cierto?,
12:21por delitos de, no sé, me refiero a la ley de amnistía.
12:27Los cometidos entre el ochenta y el dos mil.
12:28El ochenta y el dos mil.
12:31Por lo tanto, todos los hechos ocurridos después del dos mil
12:35no pueden ser usados para aplicarse en este caso.
12:39Uno.
12:39Y número dos, se aplica a los sentenciados
12:43en el caso de que tengan más de setenta años.
12:46Ochenta.
12:47Más de ochenta años, ¿no es cierto?
12:49Urresti tiene...
12:50Perdón, setenta años.
12:51Setenta años.
12:52No, setenta.
12:52El general Urresti tiene sesenta y ocho años.
12:54O sea que, incluso si quisiera acogerse a la ley de amnistía,
12:57no podría.
12:58No puede, le faltan dos años
12:59y esperamos que en el corto tiempo
13:02el Tribunal Constitucional decida sobre el caso del general Urresti.
13:05Estamos esperando que nos programen la audiencia
13:07para defender los méritos del recurso de agravio constitucional
13:09y finalmente el general Urresti sale en libertad.
13:11O sea, ustedes están litigando hoy en el Tribunal Constitucional.
13:14¡Ensitosa!
13:15No por la ley de amnistía, eso no tiene nada que ver.
13:17Lo que están litigando es que la sentencia que se le aplicó a...
13:22Al general Urresti.
13:23Al general Urresti es una aberración jurídica y una violación constitucional.
13:26Es una barbaridad del Poder Judicial.
13:29Es una barbaridad.
13:30O sea, le han aplicado para, digamos, castigar un delito cometido en el año ochenta y ocho,
13:36legislación que se promulgó posteriormente.
13:38Que no estaba vigente, exacto.
13:41La agravante de alevosía que se le aplicó al general Urresti
13:44no estaba vigente en mil novecientos ochenta y ocho.
13:47Es más, Nicolás, otra violación.
13:50Cuando se realiza el juicio contra el general Urresti,
13:52la Fiscalía lo acusa por homicidio con gran crueldad,
13:56que es el mismo delito por el que se condenó a Vidal San Bento y a la Vera Hernández.
14:01Pero sorpresivamente, después de todo el juicio oral,
14:04cuando se discutió solo asesinato en la modalidad de...
14:08gran crueldad, sorpresivamente lo condenan por alevosía.
14:13Es otra violación del principio acusatorio contra el general Urresti.
14:17Por eso te digo, Nicolás,
14:20lo que se ha cometido contra el general Urresti es una barbaridad del Poder Judicial.
14:24Todo lo que está en esa sentencia es violatoria de sus derechos fundamentales.
14:27El problema es que hay toda una controversia sobre la influencia política
14:31que hay de quienes manejan hoy el Congreso sobre el Tribunal Constitucional.
14:37Entonces, yo creo que si uno proyecta lo que está pasando hoy en el Perú,
14:42la principal molestia de los peruanos es el tema de la inseguridad, sin ninguna duda.
14:47Y si Daniel Urresti eventualmente saliera en libertad con un discurso sobre el tema de la seguridad...
14:56Que se ha sido su agenda, además.
14:57...mal no le iría, me parece, en términos electorales.
15:00Más allá de que uno esté de acuerdo con él o no,
15:02en un contexto donde la inseguridad es el tema principal,
15:05un personaje como Urresti es alguien que puede enganchar con el sentimiento de la gente.
15:11Entonces, ¿pero él va a ser candidato?
15:14No lo sé.
15:14Pongámoslo en que todo le sale bien.
15:16Que el Tribunal Constitucional resuelve que fue una violación constitucional
15:21y que se anula esa sentencia, porque eso es lo que tendrían que hacer
15:24y volver a empezar el proceso.
15:25Honestamente, sí.
15:27Bueno, tendría que iniciarse un nuevo juicio oral
15:29y nosotros interpondremos los recursos que sean pertinentes en ese contexto.
15:33Pero sobre la participación política del general Urresti,
15:36después de obtener su libertad,
15:38finalmente es una decisión personal, familiar
15:41y también del partido al que él está afiliado.
15:44Yo, ahí en ese extremo, no ingreso.
15:46O sea, ¿él está afiliado a Podemos?
15:48Sí, hasta donde sé, sí.
15:50Pero si sale en libertad antes de que se cierran las listas,
15:52¿podría ser hasta candidato a la presidencia?
15:55Es probable y como ciudadano yo opino que seguro cambiaría también el escenario político.
16:00Se movería absolutamente todo.
16:02Habría una opción más, una alternativa más para la aprobación del Perú.
16:07Bueno, ¿y cuándo se va a resolver esto?
16:09Porque tampoco es que tengan ustedes mucho tiempo, ¿no?
16:12No, estamos corriendo con el Tribunal Constitucional.
16:14El general Urresti, desde su prisión,
16:16ha escrito a cada uno de los miembros del Tribunal Constitucional
16:19pidiéndoles poder priorizar su caso.
16:21Porque además, no porque sea el general Urresti,
16:24sino porque los casos de personas privadas de libertad,
16:27en el ámbito judicial, siempre se priorizan.
16:29Es lo que estamos pidiendo.
16:30Pero, o sea, ¿es posible que se vea para resumir en cuánto tiempo?
16:34Ojalá que sea en el próximo mes, en septiembre tal vez, ¿no?
16:38Porque sí entendemos que el Tribunal Constitucional
16:40resuelve causas que vienen de todo el país
16:41y tiene una alta carga procesal.
16:44Pero confiamos, finalmente, en el Tribunal Constitucional.
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