00:00Se está planteando un incidente muy crucial para el Ministerio Público.
00:06Se lo sintetizo.
00:08Al Ministerio Público se le otorgó una prórroga hace dos años para que formulara acusación.
00:18Y vencido a ese plazo, tenía que venir con la acusación.
00:23Cuando no viene con la acusación, el código dispone que el juez intima al Ministerio Público.
00:30Fue intimado, pero la intimación no es para Wilson Manuel Camacho, Peralta.
00:39La intimación era para su superior jerárquico, que era Jenny Berenice, y para la Procuradora General de la República, que
00:48era la víctima.
00:49A ellos tres, si ellos tres no depositaban la acusación, entonces se tenía como no presentado.
00:57Ninguno de los tres presentaron la acusación, sino Wilson Camacho.
01:02La acusación que presenta Wilson Camacho con su firma es inválida.
01:08¿Por qué?
01:09Porque el legislador no le otorga facultad a él para acusar ya.
01:14Porque él se dejó intimar.
01:17Y cuando usted se deja que le intimen, no a usted, sino a jerárquico superior, usted no puede venir aquí
01:25a acusar.
01:27Puede venir a articular defensa, ¿cierto?
01:29Pero no puede firmar la acusación.
01:32Y eso lo estamos depositando aquí y lo estamos articulando.
01:35Con jurisprudencia y con doctrina dominicana y cotarricense.
01:39¿Qué podría ser eso?
01:41La extinción de la acción pública.
01:44Si el Ministerio Público, encargado de la investigación, dejó que llegara el plazo de la intimación,
01:53es el artículo 153 hoy, que tiene el título perentoriedad.
01:59Dice, si el fiscal general o el jerárquico no acusan, en el término de 15 días, se extinguirá la acción.
02:09Y eso fue lo que ocurrió.
02:12Dice el artículo 305, el viejo, que la audiencia, y el 315, que se conocerá en un día.
02:18Eso es un fallo del código.
02:21Ningún tribunal puede conocer una audiencia en un solo día.
02:25Y él lo sabe.
02:27Eso en primer lugar.
02:28Pero en segundo lugar, a él se le olvidó, a propósito, de que quién...
02:33¿Por qué este caso es complejo?
02:35Porque se duplican los casos, los plazos.
02:38Cuando dice 20, son 40.
02:39Cuando dice un mes, son dos meses.
02:41Hábiles.
02:42¿Quién pidió caso complejo?
02:45El Ministerio Público.
02:46¿Quién pidió prórroga de cuatro meses?
02:48El Ministerio Público.
02:50¿Quién pidió intimación?
02:51El Ministerio Público.
02:54¿Quién llevó un disco defectuoso?
02:56Que el juez lo comprobó el Ministerio Público con los inspectores.
03:01¿Quién mandó a tres jueces hasta de prevaricadores con Jan Alain?
03:05Que los recusamos y la Corte nos entendió y nos creyó.
03:10¿Tiene la culpa de los imputados de que tres jueces estaban ahí y los sacaran del escenario?
03:15¿Qué implicó sacar a esos tres jueces?
03:17Seis meses.
03:19Más los seis del Dicoduro, un año.
03:23Más los cuatro de la prórroga, un año y cuatro meses.
03:26Más dos meses de la intimación, un año y medio.
03:29Para que venga Participación Ciudadana, que debe de rendirle cuenta a la embajadora Lea Campos,
03:35donde están los miles y miles de dólares del pueblo norteamericano.
03:42Para estar persiguiendo aquí a opositores.
03:46Hay diez funcionarios del gobierno que pasaron por Participación Ciudadana.
03:52Y a esos diez, tanto en el país como en el exterior, y a esos diez, la segunda sala,
03:59en principio le inadmitió porque faltaban los números de la cédula de ellos.
04:03Y eso está para la Corte.
04:05Y vamos a reaccionar en contra de ellos nueve veces.
04:08Que se preparen.
04:09¿Qué consiste la traería?
04:11En difamación y jubia.
04:12Porque ellos presentan a Jan Alain con un estandarte de culpabilidad.
04:17Diciendo que son actos de corrupción.
04:19No, es que tú tienes que tratarlo como un presidente inocente.
04:22Porque tú no eres fiscal.
04:24Eso le luce al Ministerio Público.
04:26Es decir, que Jan Alain es un corrupto.
04:28Porque es el acusador por no Participación Ciudadana.
04:32Y eso se va a tener que ver en los tribunales.
04:34Tarde o temprano.
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