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  • hace 7 semanas
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fusionó los expedientes de Rafael Calderón y Natividad Martínez Capellán con el expediente principal del caso Calamar.

También rechazó la reposición de plazos solicitada por la defensa.

La audiencia continuará el 2 de septiembre de 2026, a las 9:00 a. m.

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Transcripción
00:00La petición pues que había fe de poner los plazos para que las partes pudieran presentar cuestiones incidentales.
00:10La defensa representada en la persona de la licenciada Hidalgo que le solicitaba al tribunal
00:17que para ella poder fijar una posición tenía que tomar como cimiento de estos autos de apertura a juicio
00:26que el tribunal señalaba como un mecanismo de defensa para ella entonces verificar si le convenía o no.
00:38Resulta que el tribunal ha evaluado la petición, los agratos que han presentado todas las partes
00:45y en este caso el tribunal ha observado que los procesos identificados por los números internos
00:53249-05-2026-FEN-00041-249-05-2026-FEN-0082
01:09y el otro que por economía procesal su terminal en la agroecratura es el 81
01:15pues ellos provienen de una misma investigación tal como lo han obtenido las partes
01:22comparten el número único de expediente que es el número, eso lo ha verificado el tribunal
01:28el número 911-2023-FEN-00448 presenta así conexidad en cuanto a hechos imputados
01:40por lo que resulta, el tribunal lo ha entendido así, resulta conveniente el conocimiento conjunto
01:47de estos procesos. Esto así porque de conformidad con los dispuestos del artículo 65 del Código Procesal Penal
01:55la asociación de procesos procede cuando ello favorece la naturaleza del caso
02:01permitiendo así una mejora de administración de justicia y evitando la necesidad de actuaciones
02:07la reproducción innecesaria de pruebas y el riesgo de decisiones contradictorias
02:12a esto se suma, como habíamos avanzado, que el planteamiento que hace la defensa técnica
02:19pues el ministerio público y la mayoría de las defensas no tuvieron ninguna ofición
02:26manifestaban su conformidad y este tribunal no verifica que él ha sucedido ocasiones graves de largo
02:33en la tramitación de los procesos por lo que procede a coger la solicitud planteada por la defensa técnica
02:40y ordenar la fusión de los referidos expedientes para su conocimiento conjunto ante este tribunal
02:47en cuanto a plantear ninguna vez acogida la fusión porque el tribunal ha entendido que la mayoría
02:53ha estado de acuerdo y ha verificado que no ha ocasionalidad grave detalle
02:57tenemos que referirnos al planteamiento que formularon varias de las defensas
03:03sobre la deposición de plazos
03:05en ese sentido el tribunal considera que entiende que no amerita mayor abundamiento
03:10para la deposición de plazos el código procesal nos invita a las disposiciones del artículo 149
03:17el tribunal ha visto que este trámite no entra en esas causales
03:25cada proceso ha abordado su fase incidental
03:30ahora que tome en cuenta el tribunal para el derecho de defensa
03:35que han alegado las partes
03:37que el hecho de que no se le ponga algún plazo
03:40no va a causar ninguna adhesión a este derecho
03:45¿por qué? porque las partes y el tribunal también esa parte
03:49la han tomado en consideración en el ministerio público y los creyentes
03:53y la mayoría de la defensa no se han opuesto a darle una oportunidad
03:58para que examinen estos autos de apertura a juicio
04:01puedan reorientar su defensa en el sentido que entiendan
04:06y por demás durante el desarrollo del debate
04:09las defensas no tienen que quedarse cruzadas de brazo
04:13ante cuestiones que entiendan que les son desfavorables
04:17respecto de los distintos autos de apertura a juicio
04:21y con eso quizá pero lo que quiere significar el tribunal
04:24es que no es una causal que justifica la deposición de plazo
04:29la ordenanza de ejecución de expediente
04:32en ese sentido mientras el tribunal
04:35que dándole una oportunidad a las partes
04:38de que lo examinen
04:39queda formado el derecho de defensa de todas las partes
04:42y en ese sentido el tribunal
04:45pues formalmente
04:50acoge la solicitud
04:53de la función de los referidos expedientes
04:57que hemos antes mencionado
05:00para ser conocido en conjunto
05:02ante este tribunal
05:04rechaza la reposición de los plazos
05:07que han solicitado la defensa
05:08en los términos que hemos explicado
05:10en cuanto a la petición de las defensas
05:16de que quieren reorientar, examinar y verificar
05:19estos autos de apertura a juicio
05:22el tribunal va a suspender la audiencia
05:24a esos filis
05:25y va a fijar nueva fecha
05:27para el próximo día 2 de septiembre
05:30del año 2026
05:31a las 9 horas de la mañana
05:33quedando las partes presentes
05:35debidamente convocadas
05:37para ir de día
05:40así que pase
05:42muy buenos días
05:44el tribunal se va a llevar a las clínicas
05:45que no le dio
05:46le dio esa parte
05:48que le pidieron
05:53el tribunal no va a notificar
05:55los autos de apertura a juicio
05:57el tribunal los puso en conocimiento
06:00con tiempo suficiente
06:01la forma de los detalles
06:02de los distintos autos
06:04y eso hemos querido que
06:05se acercaran al tribunal
06:07pero si les invita a todos
06:09a los que tengan interés
06:11que se apersone a la secretaria
06:13del tribunal
06:14tribunal no va a notificar
06:15estas actuaciones
06:16para que pueda
06:17quien lo entienda pertinente
06:19tomar conocimiento
06:20de esos autos
06:21que han ayudado
06:23así que pasen todos
06:24buenos días
06:24que no hay nada
06:27o es que tú
06:28ganas de interés

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