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  • hace 6 semanas
El abogado Valentín Medrano, representante legal del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, criticó la forma en que el Ministerio Público ha manejado el proceso, señalando que hasta ahora solo se conoce la versión del órgano acusador. Medrano calificó de sorpresivo y desproporcionado el trato dado al caso, que según él podría corresponder a una infracción de menor gravedad.

El jurista también cuestionó la legalidad del arresto en flagrante delito, argumentando que en una investigación en curso debieron gestionarse órdenes judiciales previas. Aseguró que la defensa espera conocer en detalle la solicitud del Ministerio Público para garantizar el debido proceso.

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Transcripción
00:00Hay una sola versión, que es la del Ministerio Público.
00:03Así que, como ustedes sabrán, por un asunto de responsabilidad procesal,
00:08nosotros tenemos que tomar conocimiento de las solicitudes que hace el Ministerio Público.
00:13No hay duda de que, de lo que se trata, de una posible bifurcación,
00:19de una opción que toma el Ministerio Público,
00:22no sé si con la intención realmente de sanear ese cuerpo
00:26o con la intención de resolver o afectar procesos en curso.
00:32Lo cierto es que, para todo el mundo sorpresivo,
00:35que el Ministerio Público se destape con este tipo de procedimientos,
00:40con este tipo de escarceos, con esta bulla tan gigantesca
00:44respecto a un proceso o a una situación que no parece tan importante.
00:48O sea, en términos de, ni siquiera de calificación jurídica,
00:52ni siquiera de lo que es la pena hacer imponible.
00:55Porque estamos hablando de presunto acto de conclusión
00:59que, en el peor de los casos, pues llevaría prisión de seis meses.
01:03Si la fisionomía jurídica de este proceso se retiene.
01:09Nosotros no sabemos todavía si el Ministerio Público ha agrandado, por así decirlo,
01:15si ha alimentado la versión inicial que tenía con respecto al proceso
01:19y la que sirvió de base para la solicitud de las medidas de instrucción.
01:24O sea, de la parte que tiene que ver con la investigación del proceso,
01:27específicamente el levantamiento de las actas y las órdenes
01:30para realizar las actividades procesales por parte del Ministerio Público.
01:34Ahora, le diré algo, le diré algo que quiero que conste bien claro.
01:40Nunca, jamás, en una investigación ya iniciada haya arresto en flagrante delito.
01:48Oiga eso, tómenlo bien en cuenta, ¿eh?
01:50Estamos hablando de actividad procesal defectuosa posiblemente.
01:53Pero, ¿cómo es posible que si usted está investigando a una persona,
01:56usted no se haga proveer de las órdenes de arrestos
02:02para llevar a efecto por vías de consecuencia lo que usted entiende que es un ilícito penal
02:08y por vías de consecuencia, escúseme la reiteración del término,
02:11arrestar a la persona que presuntamente ha ajustado su conducto de definición y sancionar
02:15una norma proscriptiva.
02:17Si usted es arrestado en flagrante delito,
02:21es porque hay una situación, digámoslo así, que sobreviene en el momento.
02:28Usted es arrestado porque en ese momento es usted sorprendido
02:33en el ajuste de su conducta a esa norma proscriptiva.
02:36Pero si usted estoy investigando,
02:37si presumo que tú estás haciendo algo que es ilícito,
02:41¿cómo yo no me proveo de las órdenes de arrestos?
02:43Doctor, usted ha tenido conversación...
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