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  • hace 10 horas
No hay herencia entre la pareja, cada uno recibe lo que ya es suyo en la comunidad de bienes

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Transcripción
00:00Tiene una calidad distinta. Si mañana, volvemos al ejemplo, si mañana muere mi padre, a mi padre solo lo heredamos sus hijos, nosotros, pero nosotros vamos a estar en la obligación de compartir con mi mamá su patrimonio o el patrimonio que ellos fomentaron.
00:17Están en la obligación, pero ¿y si no lo hace la ley? No, porque no depende de nosotros. Es que mi mamá tiene un derecho porque se casó con mi papá. No porque lo hereda, sino porque se casó bajo comunidad. Entonces ya ahí entra el régimen matrimonial, que no es el régimen de herencia, sino el régimen matrimonial. Ya va a pasar lo mismo.
00:36Pero sería como otra ley, algo así, ¿verdad?
00:38No, sería el mismo Código Civil, pero otro aspecto del Código Civil.
00:43Porque como la mejor manera tal vez de explicarlo, va a pasar lo mismo. La ley interpreta que cuando mi papá se muere, es como si se hubiese divorciado de mi mamá.
00:51Y si se divorcia, tiene que partir.
00:53Ah, ok.
00:54Entonces, para la ley, el fallecimiento es una causa de disolución de la comunidad, pero igual que el divorcio, en ese sentido.
01:02Entonces, cuando la disolución de la comunidad sobreviene por el fallecimiento, ¿qué va a pasar?
01:09Que mi mamá va a tener su derecho, como si se hubiese divorciado, pero nosotros vamos a tener el derecho, vamos a, digamos, a sustituir a mi papá dentro de esa comunidad de bienes que tenía con mi mamá, para reclamar lo que a él le hubiese tocado si él hubiese estado vivo.
01:23Ah, perfecto.
01:24Por eso es que usted ve que siempre que el hijo demanda a la mamá, que la mamá demanda al hijo, es por calidades distintas que confluyen en el mismo proceso de partición.
01:35Pero entonces, ¿eso es cuando se casan bajo la comunidad de bienes?
01:38Bajo la comunidad. Si se casan bajo separación, no pasa eso. Se llama comunidad legal porque te aplica si tú no haces ningún contrato.
01:44Entonces, se entiende que ya tú caes bajo ese régimen que está en el Código Civil, que ya tiene sus reglas predeterminadas, y se te aplican esas reglas.
01:55Se te aplica en que si te casaste bajo la comunidad.
01:59Pero la comunidad legal, entre nosotros, es una comunidad de bienes muebles y gananciales.
02:04Ahí también hay una confusión, porque mucha gente cree que nosotros tenemos lo que se llama comunidad reducida a los gananciales.
02:10Es decir, que solo entra lo que se genera durante el matrimonio, y no es así.
02:15En la comunidad de nosotros, en esa comunidad legal, si no casamos sin ningún contrato, entran los bienes muebles presentes y futuros, y los bienes inmuebles futuros.
02:25Cuando tú no eres establecido bajo qué régimen te vas a casar.
02:28Fue a la oficialía y se casó. No dijo más nada.
02:31Ahí, los que usted tenía muebles, dinero, vehículos, acciones, cualquier bien que se pueda considerar mueble, entra a la comunidad inmediatamente.
02:43Inmuebles, si usted tenía una casa antes de eso, si usted tenía un apartamento antes de eso, eso no va a entrar.
02:49Y si los recibe por herencia, tampoco entra.
02:51Pero si recibe por herencia muebles o por donación, sí va a entrar en la comunidad.
02:58Si recibe por herencia, pues yo entendía que la herencia, ¿no?
03:00Las herencias si son inmuebles, pero si son inmuebles, sí.
03:04Las herencias, si son inmuebles, no entran en la comunidad, si son inmuebles.
03:10Pero si son muebles, sí.
03:11Y las donaciones igual.
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