- hace 2 meses
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00:00Regresamos a los 10 con 20 minutos de la mañana.
00:03Esto es su lado positivo y hoy hemos corrido, por supuesto que he conocido este proyecto del Ministerio de Educación Pública
00:08a través de este centro educativo de la Escuela de la Peregrina, que ojalá que les vaya súper bien.
00:13Les prometí que voy el día que se inaugure y se haga toda la intervención en este trillo que comunica dos comunidades
00:22y que lo que viene a ofrecer es seguridad a la población estudiantil que viaja,
00:26porque me contaban que en la Peregrina hay colegio, en la León 13 no hay,
00:29entonces todos los chicos de la León 13 viajan al colegio de la Peregrina y pasan por ese camino,
00:34pero éxitos de verdad a ellos.
00:36Y vean, detrás de cámaras aquí, mientras estábamos viendo también esa grabación,
00:40ya estábamos nosotros abordando el siguiente tema y para este siguiente tema yo le voy a recordar el número de teléfono,
00:45pero ya, 21 00 13 13, 21 00 13 13, que ya casi lo van a ver ahí en cintillo de pantalla,
00:54porque tiene que ver con las vacaciones, ahí lo están viendo,
00:56tiene que ver con el derecho a disfrutar las vacaciones,
01:02las condiciones en las que se disfrutan las vacaciones,
01:05y si usted tiene alguna duda puede llamar en el momento en el que lo quiera, por supuesto.
01:10Mario Navarro es abogado especialista en la parte laboral y nos acompaña esta mañana
01:16para hablar y aclarar en torno a este tema.
01:20¿Cómo me le va, Mario?
01:21Buenos días, muchas gracias por la invitación.
01:23Un placer, de verdad, y verdad que no es mentira,
01:25que fuera de cámaras estábamos ya abordando el tema y aclarando dudas de todo el mundo aquí.
01:30Ya todo el mundo me está abordando con las preguntas.
01:33Vean, la primera pregunta que yo le voy a hacer a Mario hoy es,
01:37y porque ustedes a lo mejor dicen, qué raro,
01:39pero ¿por qué algunas personas tienen 14 días?
01:41¿Por qué otras personas tienen 21 días?
01:43¿Trabaja alguien en el sector privado y otra persona en el sector público?
01:47¿De qué depende la cantidad de vacaciones y qué dice la ley, como mínimo, para tener vacaciones?
01:54Esa es una pregunta súper buena para quienes nos ven en pantalla,
01:58también aclarárselo porque el artículo 153 del Código de Trabajo nos dice que todo patrón,
02:04más bien, todo trabajador tiene derecho a dos semanas de vacaciones
02:09una vez cumplidas 50 semanas de labores continuas.
02:13Pero ¿cómo entendemos esas dos semanas?
02:15Mucha gente dice 10 días, 12 días, 14 días.
02:19He visto gente que dice incluso 15 días,
02:22lo cual es totalmente desproporcionado y ajeno a lo que dice la legislación.
02:26Algo que sí debo aclararle a la gente que nos ve en pantalla.
02:30Y nosotros como abogados emitimos criterios,
02:33el Ministerio de Trabajo emite criterios,
02:36pero al final de cuentas, ante una discrepancia legal,
02:39con lo que decía el juez es con lo que está en la cúspide de la jerarquía de las normas,
02:45es decir, el Código de Trabajo, la Constitución Política, los tratados internacionales.
02:51Entonces, por más criterio que yo tenga,
02:54o por más criterio que tenga el Ministerio de Trabajo,
02:56diferente a lo que dice la ley, lo que impera es la ley.
02:59Entendida esa aclaración, el Código de Trabajo que está arriba en la jerarquía de las normas
03:05nos dice que son dos semanas.
03:07Y eso depende, de una forma muy concreta, don Sergio,
03:10de la jornada que usted trabaje.
03:12Es decir, si yo tengo una jornada ordinaria completa,
03:16como la tienen la mayoría de costarricenses,
03:18de seis días por semana,
03:20su semana de trabajo va a ser de seis días por semana, ¿cierto?
03:24En ese entendido, podríamos decir que nosotros tenemos derecho a vacaciones
03:30a doce días de vacaciones, más el domingo de descanso.
03:35Pero no contabilicen ese día de descanso como un día hábil de trabajo,
03:39porque no es un día hábil de trabajo.
03:41Entonces, tendríamos doce días de vacaciones.
03:44Ahora bien...
03:45Que suman dos semanas.
03:47Que suman dos semanas, ¿correcto?
03:49Ahora bien, si usted tiene una jornada acumulativa de cinco días por semana,
03:55normalmente hay gente que trabaja de lunes a viernes
03:57y tiene sábado libre y domingo de descanso, ¿cierto?
04:00Cuando tenemos ese tipo de jornada,
04:02quiere decir que mis dos semanas de trabajo son de cinco días por semana.
04:07¿Qué quiere decir eso?
04:08Que tengo derecho a diez días de vacaciones,
04:12nunca catorce, nunca doce.
04:15Depende de mi jornada.
04:16Ahora bien, ¿qué es lo que pasa también, don Sergio?
04:20Que hay una tercera alternativa que se da mucho en la práctica.
04:23Si yo fracciono mi derecho a vacaciones en más de dos periodos,
04:30vean que la ley, y tal vez para aclararlo primero y retroalimentarlos,
04:34nos dice que usted debería fraccionar las vacaciones en no más de dos fracciones.
04:39Es decir, una semana por acá, Semana Santa, y semana de fin de año.
04:43De ahí usted tiene sus dos semanas de vacaciones.
04:46Pero hay gente...
04:46Que igual, perdón que te interrumpa, Mario.
04:48Si son doce días, por ejemplo, esta persona, y las va a fraccionar,
04:52perfectamente puede fraccionarlas y decir,
04:54en un momento determinado voy a tomar dos días y en el otro diez.
04:59Es posible.
05:00Estoy sumando los doce.
05:00Muy bien, es posible.
05:02El tema es que cuando yo las fraccione más allá de eso, de dos fracciones...
05:06Que yo haga cuatro, cuatro y cuatro.
05:10Correcto.
05:10Y ahí tengo tres.
05:11O como sucede en la vida real de las relaciones laborales.
05:14Ay, tengo que ir a sacar la licencia, me da ese día de vacaciones.
05:17O tengo que ir a la primera comunión de mi hija, me da ese día de vacaciones.
05:21Bueno, cuando usted ya la fracciona recurrentemente,
05:24la contabilidad de esas vacaciones es un poquito diferente.
05:30Y la contabilidad que ustedes van a hacer es de un día de vacaciones por mes trabajado.
05:36Es decir, si usted tiene seis meses de trabajar con un patrón,
05:40usted tiene que contabilizar un día por cada uno de esos seis meses,
05:44seis días de vacaciones y así consecuentemente.
05:47Ok, tiene que ver mucho con la dinámica que impere en su propio lugar de trabajo.
05:53Correcto.
05:54Y que quede muy claro, por supuesto.
05:56Y si usted no tiene claridad, entonces váyase al Departamento de Recursos Humanos
05:59para que se lo expliquen muy, muy bien cómo es la práctica en su empresa
06:03y que no vaya a ser ilegal, por supuesto.
06:06Sí, o lo puede ver en el artículo 153 del Código de Trabajo.
06:10Ok.
06:11Segunda pregunta, que ya nos la hacían a través del 21 00 13 13.
06:1621 00 13 13.
06:18Y nos decían que si el patrón no puede obligar a la persona
06:23a irse de vacaciones cuando a él le dé la gana
06:25y no cuando la persona trabajadora diga,
06:28ah, y es que yo quería irme en julio porque los chicos están de vacaciones
06:33y entonces necesito aprovechar esa semana porque vamos a hacer un viaje más largo
06:37y entonces necesitaba, y el patrón le está diciendo,
06:40no, usted se va en mayo.
06:42A mí no me importa si sus hijos salen a vacaciones.
06:45¿Eso puede hacerlo el patrón?
06:46Sí.
06:47A veces esto es muy chocante para los trabajadores.
06:50Sí.
06:51Pero hay un artículo, que es el 155 del Código de Trabajo,
06:55que le da esa potestad al patrón no de decidir
06:58cuándo el trabajador se va a vacaciones.
07:00Es decir, no es que el trabajador puede decir,
07:03me voy a fin de año y punto, porque me da la gana.
07:05No.
07:05Es el patrón no quien dice cuándo se dan las vacaciones.
07:08Entonces, si para el patrón operativamente es viable y factible
07:12que a fin de año se vayan de vacaciones,
07:15o en las vacaciones de medio año, perfecto.
07:18Pero si no es así, el patrón no es quien decide cuándo.
07:21Y el trabajador no puede negarse a también disfrutar
07:25de esas vacaciones.
07:27Lo que sí hay que hacer, y ahora nos hacían la pregunta
07:29a uno de los compañeros, es que ese tiempo o ese aviso previo
07:34debería ser razonable, de al menos ocho días hábiles antes.
07:38Ah, ok.
07:39Porque a veces uno tiene que coordinar sus vacaciones,
07:42ver dónde se va a ir a pasear, dónde va a ir a descansar,
07:45a quién va a ir a visitar.
07:46Entonces, uno debería tener ese tiempo suficiente para coordinar.
07:49A veces nos avisas de un día para otro.
07:51Eso sí no está bien, porque el fin o el objetivo
07:53de las vacaciones es cambiar de chip, dejar de trabajar
07:57e ir a descansar.
07:59Mario, ¿y es ilegal eso?
08:01Por ejemplo, que te lo digan el día anterior y te digan,
08:04mañana usted se va de vacaciones y ese primer periodo
08:08de una semana, seis días.
08:09Me encanta la pregunta, porque si ustedes agarran el código de trabajo,
08:13con el código de trabajo no existe esa limitación, ni tampoco les va a decir
08:16a ustedes cuál es el periodo de tiempo en el cual ustedes deberían avisarle
08:20al trabajador.
08:21No lo van a encontrar por ningún lado.
08:23Pero las relaciones interpersonales y también las relaciones laborales,
08:28uno no solamente las debe manejar, y esto es un consejo para los patronos,
08:32uno no solamente las debe manejar con el código de trabajo en la mano,
08:35también tiene que ponerse el sombrero de talento humano,
08:38llamo yo siempre.
08:40Uno tiene que también saber de que la persona que le está prestando
08:43el servicio a uno es humano, y uno debería también ser comprensivo,
08:47tratar de ayudarle y darle ese tiempo razonable para que se ajuste
08:51a las vacaciones o a la operación del negocio.
08:54Vámonos al revés.
08:55Yo sé que ahí estás respondiendo, pero vámonos porque nos decían,
08:59¿y qué pasa si más bien es la persona trabajadora,
09:01la que mañana tiene una emergencia y dice,
09:05¿me puedo ir mañana de vacaciones?
09:07Ok.
09:08El código de trabajo, y eso vean qué interesante,
09:11gracias por la pregunta, porque puede funcionar a la inversa.
09:13Nos habla algo de necesidades impostergables o necesidades emergentes.
09:18Cuando nosotros tenemos necesidades emergentes,
09:21jefe, me acaban de llamar, Dios quiera que a ninguno nos pase,
09:24se me está inundando la casa, tengo que irme en carreras
09:27para donde yo vivo.
09:29Eso es una necesidad.
09:30Entonces, uno en realidad tiene una razón objetiva
09:33para negarse a prestar el servicio.
09:36Ok.
09:36El tema de las vacaciones, en ese sentido,
09:39puede ser una libre negociación de las partes.
09:42Es decir, yo sí puedo hacer el ofrecimiento al patrono
09:45y el patrono puede decidir si me lo da o no.
09:47El problema está en cuando es una imposición patronal.
09:52Cuando el patrono es quien dice,
09:55no me da la gana o se va allá para vacaciones,
09:58ahí es donde podríamos tener un problema como patronos.
10:02Podríamos tener, primero, que nos pueden, incluso,
10:05depende cómo lo expresemos, hasta denunciar de acoso, ¿verdad?
10:08Ajá.
10:08Pero también ahí es donde podríamos vulnerar el derecho a las vacaciones.
10:11Correcto.
10:11Sí podemos como patronos, pero con tiempos razonables.
10:15Ok.
10:15Dice también una pregunta al 21001313, que ahí está en cintillo de pantalla.
10:20Si usted quiere llamar, puede llamar también.
10:22¿Qué pasa si uno está en vacaciones y el patrón le quiere interrumpir las vacaciones
10:29y decirle, vuélvase porque tiene que trabajar?
10:33¿Eso lo puede hacer también?
10:35Pasa muy frecuente, más de lo que quisiéramos, pero vean.
10:39Eso es un excelente ejemplo.
10:40Cuando es arbitrario, cuando el patrón no dice, véngase porque se me ocurre que se venga,
10:47el patrón no tiene ningún tipo de razón objetiva para cortar esas vacaciones.
10:51No hay una razón técnica.
10:52Claro.
10:53Porque a veces uno, por ejemplo, tenemos un técnico especial que solamente viene en el país,
10:59lo necesitamos ya porque si no, la operación no puede seguir trabajando,
11:03porque necesitamos el conocimiento de esa persona.
11:05Uno podría ahí solicitar lo que es el deber de auxilio, el deber impostergable, el deber emergente.
11:12Ahí si podríamos tocarle la puerta al trabajador, ayúdenos.
11:16Eso se llama deber de auxilio, deber de colaboración.
11:19Y el trabajador en principio debería colaborarnos.
11:22Ahora bien, si el trabajador ya coordinó sus vacaciones, se fue para Europa a pasear,
11:28gastó en los hoteles, gastó en los viajes, el patrón, o más bien el trabajador tendría una razón objetiva para negarse a regresar.
11:37Y además, el patrón en el caso de que logre negociar con el trabajador de que se regrese,
11:43el patrón no tendría que indemnizar el perjuicio económico causado a ese trabajador.
11:49Porque ya él coordinó sus vacaciones, ya él pagó el todo incluido, y eso no podríamos nosotros generarles una afectación económica al trabajador de ninguna manera.
12:01O sea, hay que irse de vacaciones de viaje largo.
12:04Prácticamente.
12:05Mario, otra de las preguntas que nos hacían tiene que ver con la compensación,
12:12y presten muchísima atención porque yo sé que esta es una duda que también hay muy frecuente,
12:18perdón, la compensación de las vacaciones.
12:21Y a veces entendemos que en un lugar de trabajo hay mucho trabajo, ojalá,
12:26en todo lado hubiera mucho trabajo para que mucha gente esté trabajando.
12:29Y entonces resulta ser que, de ahí, no me da chance de coger vacaciones.
12:33No me da chance y no me da chance, se me cumplieron las 50 semanas de trabajo continuo,
12:38llegó el momento de disfrutar vacaciones,
12:39pero yo no puedo porque la dinámica de trabajo en la empresa no lo permite.
12:44Y no es que no quieran, es que es difícil que me vaya de vacaciones.
12:48Y entonces sigo acumulando vacaciones.
12:51Y el patrono me dice, mira, hagamos un trato, te voy a pagar las vacaciones.
12:57Entonces no las vas a disfrutar, pero yo te las voy a pagar, te las voy a compensar económicamente.
13:03¿Eso se puede hacer?
13:04Sí, es totalmente legal.
13:05A veces la gente cree que no, pero el Código de Trabajo establece dos escenarios posibles.
13:12Si usted por alguna razón no ha disfrutado las vacaciones,
13:15porque teníamos mucho trabajo y eso ha imposibilitado que la operación se detenga,
13:19el Código de Trabajo establece que usted como patrono lo puede compensar al trabajador
13:24en el tanto no sean más de tres periodos acumulados de vacaciones del trabajador
13:30y en el tanto usted no haya aplicado este mismo escenario o este mismo mecanismo
13:37en los dos años anteriores.
13:40¿Qué quiere decir?
13:41Que si en los dos años anteriores yo no he hecho ese negocio con el trabajador
13:45y el trabajador tiene periodos acumulados,
13:48yo sí puedo negociar con el trabajador y decirle, te los pago, no los disfrutes
13:53y el saldo de vacaciones en ese caso sería de acuerdo a lo que te pagues.
13:59Si te pago todo, su saldo de vacaciones en adelante será cero.
14:02Y se paga como una hora normal, un día normal.
14:07Eso es una pregunta buenísima.
14:09El cálculo de las vacaciones es diferente.
14:13La gente cree que uno tiene que promediarlo con base a los últimos seis salarios completos
14:19de la persona trabajadora y no.
14:22Eso es un error y yo le llamo un error con H, porque es un error, ¿verdad?
14:27Y en realidad usted tiene que hacer el cálculo de esas vacaciones
14:31con los últimos 12 salarios completos.
14:35Ojo, cuando digo completos, son salarios donde el trabajador no haya estado incapacitado,
14:39donde usted no le haya dado permisos sin goce salarial,
14:43porque si usted utiliza esos salarios como base para sacar el promedio,
14:49el promedio le va a afectar al trabajador, porque no va a tener salario completo.
14:53Entonces, las vacaciones, se va a ir a vacaciones y se va a ganar menos.
14:57Y no la gracia de ir a vacaciones, por lo menos que siga recibiendo lo mismo, ¿verdad?
15:01Entonces, uno lo que hace es calcular.
15:03Usted toma en cuenta todos los 12 últimos salarios completos
15:06y saca el promedio de esos 12 salarios completos
15:10y eso lo divide de acuerdo a la modalidad de pago que usted reciba como trabajador.
15:16Si usted tiene un pago quincenal mensual, ese promedio usted lo divide entre 30.
15:22Y si usted lo que tiene es un pago semanal, ese promedio usted lo divide entre 26.
15:28El resultado de eso es lo que le corresponde a usted por día de vacaciones.
15:33Entonces, si usted tiene 20 días de vacaciones, usted suma ese resultado por 20.
15:39Ok. Antes me estaban haciendo una pregunta por aquí y ya se me olvidó.
15:44¿Me la vuelven a hacer? Por fa.
15:46Y mientras era... no, era otra persona la que me estaba haciendo la... ahí.
15:53Ya, perfecto, ya, ya.
15:55Ok. Preguntan también a través del 21 00 13 13.
15:58¿Qué pasa si una persona, por ejemplo, empezó a trabajar, le dieron vacaciones, no tiene vacaciones ya?
16:04O sea, ya se acabó todos los días.
16:06Ok.
16:07El patrón no podría obligarlo a decirle,
16:12ese va a ir de vacaciones cinco días, pero yo no tengo.
16:15No, va a adelantar las vacaciones del siguiente periodo.
16:19¿Puede el patrón hacer eso?
16:20Me encanta la pregunta.
16:22Sucede muy a menudo.
16:23En realidad es un negocio.
16:25Uno sí puede pactar el adelantamiento de vacaciones.
16:28Ahora bien, ¿qué es lo que pasa?
16:30Desde el punto de vista técnico, eso es ilegal.
16:32Porque usted está adelantando vacaciones a las cuales usted no tiene derecho
16:36ni las ha trabajado para tener derecho.
16:39Entonces, ¿qué es lo que sucede en esos escenarios?
16:41Que sí, usted le puede salvar la tanda al patrón
16:44para que logre cerrar la operación.
16:46Se puedan ir todos de vacaciones y no tenga que pagarle a usted
16:49esa semana o esos días como salario ordinario.
16:53¿Qué es lo que pasa?
16:54Que a veces la gente se despide o renuncia
16:58y queda con un saldo negativo de vacaciones.
17:02Porque tenía cero.
17:04Le adelantamos siete, tiene menos siete días de vacaciones.
17:07Entonces, la gente cree, los patronos creen que, bueno,
17:09le adelanté esos días, entonces de la liquidación
17:11no se los voy a rebajar.
17:12Eso es un error.
17:14El hecho de que usted haya solicitado adelantamiento de vacaciones
17:17cuando el trabajador no tenía derecho a disfrutarlos,
17:21corren por su cuenta.
17:22Eso se llama genial.
17:22Es decir, usted no podría rebajárselos al trabajador
17:26de sus extremos laborales finales.
17:30Ahí sí hago un pequeño y no quiero desviarme tampoco del tema.
17:34No crean tampoco que uno no puede liquidar de la liquidación
17:39deudas del trabajador porque es posible.
17:43Si usted me debe algo, usted se jala una torta,
17:46me descompuso la computadora y yo tengo que salir a comprar
17:49a otra computadora y yo puedo demostrar que una negligencia
17:52por parte suya, eso es una deuda.
17:54Entonces, incluso si yo tengo que despedirlo por la torta,
17:58yo puedo a usted descontarle de su liquidación laboral eso
18:01y a la vez sancionarlo.
18:03Tema para otro programa.
18:06Tenemos una llamada telefónica.
18:07Nos quedan unos minutitos.
18:08Entonces, vamos a recibir a don Jorge,
18:10que nos llama al 21 00 13 13.
18:12Buenos días, don Jorge.
18:13Adelante con la consulta.
18:15Buenos días.
18:17Buenos días.
18:18Adelante con la consulta.
18:19La consulta es si uno tiene días acumulados y le pide al patrón
18:28que le dé uno por semana, por X motivo,
18:34le puede dar un día.
18:36Así tenga 18 o 16 días acumulados.
18:41Ok.
18:41Gracias.
18:42Y creo que lo comprende bien.
18:45Si usted tiene días acumulados de vacaciones,
18:47usted sí puede acercarse a su patrono y negociar libremente.
18:50Bueno, necesito bajar el número de vacaciones.
18:53Me sirve que usted me dé un día por semana de vacaciones
18:55de aquí a la que lo finalice.
18:57De manera como continua.
18:58Claro.
18:58Es totalmente posible.
19:00Pero recuerden, legalmente usted no debería fraccionar
19:04las vacaciones en más de dos fracciones.
19:06Ajá.
19:06Pero recuerden que el Código de Trabajo se estableció en 1943.
19:10Eran tiempos muy distintos.
19:12Hoy por hoy, incluso hasta el Ministerio de Trabajo,
19:16incluso hasta los juzgados se han hecho de la vista gorda
19:18y aceptan que usted fraccione las vacaciones
19:22más allá de lo permitido.
19:24Entonces, si usted logra pactar con su patrono
19:27de que agarre un día por semana,
19:29de aquí hasta que los agote, perfecto.
19:31No hay ningún problema.
19:32Ok.
19:33Creo que ya no tenemos tiempo
19:34y creo que se me olvida una pregunta.
19:36Se me olvidó.
19:37No me acuerdo cuál era la que tenía que tener presente hoy.
19:39Este, que sí.
19:43Ah, sí, gracias, gracias.
19:44Esta pregunta también nos la hacían y decía,
19:48mi patrono, casi voy a llorar por la pregunta.
19:52No, no, no.
19:52Este, dice, mi patrono me dice,
19:55se va a ir de vacaciones en enero.
19:59Tres semanas en enero.
20:00Desde la primera de enero, primera, segunda y tercera semana
20:02de enero se va a ir de vacaciones.
20:04Pero póngale porque me tiene que dejar el trabajo
20:06que usted hace hecho.
20:09Lo tiene que adelantar.
20:10¿Eso es legal o es ilegal?
20:12Ok.
20:13Nosotros somos contratados
20:15y cuando nos dimos la mano con el patrono
20:17nos obligamos a prestar un servicio
20:19bajo ciertas características,
20:21bajo ciertas condiciones,
20:22bajo cierta jornada de trabajo.
20:24Eso quiere decir que en el tanto yo me encuentre
20:27dentro de ese marco
20:28y siempre y cuando dentro de mi jornada
20:31sea posible que yo adelante trabajo,
20:34mi patrono sí puede venir a decirme,
20:36ayúdeme a adelantar.
20:38Ahora bien,
20:39y si apenas salgo con mi jornada
20:42y me están pidiendo
20:44que ese más allá de mi jornada
20:46para que me adelante trabajo futuro,
20:49eso no es posible,
20:51salvo que me lo compense con jornada extraordinaria.
20:54Es decir,
20:55quédese ahora adelante
20:56para que se pueda ir de vacaciones
20:57tres horas al día.
20:59Si es posible,
21:01y el trabajador,
21:02ojo lo que estoy diciendo,
21:03porque también la gente se niega
21:04a prestar jornada extraordinaria.
21:07Uno cuando se le pide
21:08trabajar jornada extraordinaria
21:09está en la obligación
21:10de prestar jornada extraordinaria,
21:11salvo que tenga también
21:13una razón objetiva
21:14como las que les decía ahora.
21:16Jefe,
21:16tengo mis niños en la guardería,
21:18salgo a las siete de la noche,
21:19solamente yo los cuido,
21:20es una razón objetiva.
21:21Hoy hago examen de la universidad,
21:22si no lo hago me quedo,
21:24es una razón objetiva.
21:25Tengo un familiar en estado terminal,
21:26yo soy el que lo cuido a la noche,
21:27es una razón objetiva.
21:29Pero si no tengo eso,
21:30mi patrón no se puede decirme,
21:32ayúdeme,
21:33ocasionalmente,
21:34no permanentemente.
21:35Ok.
21:36Mario,
21:36ahí está el Instagram
21:37de Mario Navarro,
21:38abogado laboralista.
21:40También ha pasado
21:41el número de teléfono
21:42para que le puedan contactar.
21:45Muchísimas gracias,
21:45de verdad.
21:46Muchas gracias por la invitación.
21:47Fue muy productiva la...
21:48Gracias por ver el video.
21:49Gracias.
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