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La legislación contempla una compensación adicional por trabajar en un día de descanso obligatorio, como el 17 de noviembre.

Para más información del tema, visita: https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/pasa-trabajas-17-noviembre-esto-dice-ley-federal-trabajo-20251114-786532.html

#17DeNoviembre #LFT #Descanso

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00:00La Ley Federal del Trabajo reconoce una serie de 10 de descanso obligatorios. Se trata de
00:05fechas festivas en las que no hay obligación de prestar servicios. En total, la legislación
00:10laboral contempla 9 feriados, 7 se repiten cada año y 2 están ligados con procesos
00:15electorales y la transmisión del Poder Ejecutivo. El 17 de noviembre sí es una fecha de descanso
00:20obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. Esto es así ya que con la reforma
00:24del 2006, el día libre por el 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana, se
00:29recorre al tercer lunes del mes. ¿Qué pasa si se trabaja el 17 de noviembre? La legislación
00:34laboral también contempla el derecho a un salario doble adicional a la remuneración ordinaria,
00:39lo que suele denominarse coloquialmente como pago triple. Los trabajadores no están obligados
00:44a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebran esta disposición, el patrón
00:49pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso,
00:53un salario doble por el servicio prestado, indica el artículo 73 de la Ley Federal del
00:58Trabajo. La ley también contempla sanciones cuando se incumple con esta regla. Los patrones
01:02pueden recibir una multa que oscila entre $5,675 y $565,700 pesos. El monto depende de
01:10factores como la gravedad de la omisión, los daños producidos y la reincidencia de la
01:14empresa. La cantidad se puede fijar por cada trabajador afectado.
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