00:00La ley Silla entró en vigor el pasado junio y con ello, el derecho al descanso durante la jornada
00:06laboral. Sin embargo, la aplicación ha generado una inquietud frecuente. ¿Por qué no puedo
00:10trabajar sentado si la legislación ya lo permite? Esto depende tanto del puesto como de la industria
00:15en la que se trabaja. De acuerdo con las reglas emitidas por la Secretaría de Trabajo y Previsión
00:19Social, hay tres ubicaciones para las sillas. Pueden colocarse en el punto donde trabaja la
00:23persona, cercana a la zona donde se realizan las actividades o en un área específica que la
00:28empresa destine para este fin. ¿De qué depende la ubicación de los asientos? Esta es la forma en
00:33cómo se determina según las disposiciones de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
00:37En el punto de trabajo, cuando la actividad se pueda realizar sentado y en el lugar cuenta con
00:41espacio para colocar el asiento cercano a la zona de trabajo, se ubicará la silla así cuando la
00:47actividad no permita que la persona esté sentada y el espacio no tiene las dimensiones suficientes
00:51para el asiento, pero el empleado sí puede estar cerca del lugar de trabajo. En un área especial,
00:56las sillas se colocarán en una zona específica cuando la actividad no pueda realizarse sentado
01:01y la actividad no requiera que la persona esté cercana al lugar de trabajo. Este es un análisis
01:05que deben realizar todas las empresas en cada uno de los puestos. En ese sentido, es probable que en
01:10algunos centros de trabajo haya un acceso diferenciado a las sillas, es decir, que algunos
01:14empleados puedan realizar sus tareas sentados y otros deban trasladarse a un punto específico para
01:19tomar una pausa.
01:22Club El Economista. Encuentra beneficios exclusivos para suscriptores. Entra a clubeleconomista.mx,
01:30suscríbete y vívelo.
01:35Suscríbete al Economista y no te pierdas de nuestros contenidos.
Comentarios