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  • hace 1 día
El origen de esta doctrina se remonta al 26 de abril de 2018 cuando una ciudadana croata en un litigio contra su país, consiguió que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos le diera la razón y dictara una sentencia que obligaba a resarcirla por haber tenido que devolver una prestación de desempleo que había cobrado de manera indebida.

El Tribunal consideró que, aunque, efectivamente, había cobrado la prestación de desempleo de manera indebida durante un tiempo, la exigencia de devolución de esa prestación era desproporcionada e injusta atendidas las circunstancias. Ahora, los tribunales españoles están empezando a aplicar con frecuencia esta doctrina. Y si eres trabajador, pensionista o autónomo no tendrías que devolver prestaciones de desempleo, ingreso mínimo vital, de cese de la actividad u otras que la administración te hubiera concedido por error.

Para poder aplicar esta jurisprudencia hace falta tres requisitos:

1. En primer lugar, que el error en la concesión de la prestación sea en exclusiva de la administración y que el beneficiario hubiera actuado siempre de buena fe en la solicitud.

2. En segundo lugar, que esa prestación hubiera servido para cubrir necesidades de subsistencia del beneficiario

3. Y en tercer lugar, que la exigencia de la devolución sea desproporcionada e injusta. Poniendo la balanza por un lado la del derecho a la propiedad individual del beneficiario, y por otro el interés general.

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00:00¿Sabes qué es la doctrina Kakarevich? Si te están exigiendo la devolución de una
00:04prestación, te interesa conocerla. El origen de esta doctrina se remonta al 26 de abril
00:09de 2018, cuando una ciudadana croata, en un litigio contra su país, consiguió que el
00:13Tribunal Europeo de Derechos Humanos le diera la razón e dictara una sentencia que obligaba
00:18a resarcirla por haber tenido que devolver una prestación de desempleo que había cobrado
00:21de manera indebida. El tribunal consideró que, aunque efectivamente había cobrado la
00:25prestación de desempleo de manera indebida durante un tiempo, la exigencia de devolución
00:29de esa prestación era desproporcionada e injusta atendida a las circunstancias. Ahora los tribunales
00:35españoles están empezando a aplicar con frecuencia esta doctrina y si eres trabajador, pensionista
00:41o autónomo, no tendrías que devolver prestaciones de desempleo, ingreso mínimo vital o de cese
00:46de actividad u otras que la Administración te hubiera reconocido por error. Para poder
00:51aplicar esta jurisprudencia hace falta tres requisitos. En primer lugar, que el error en
00:56la concesión de la prestación sea en exclusiva de la Administración y que el beneficiario
00:59hubiera actuado siempre de buena fe en la solicitud. En segundo lugar, que esa prestación
01:04hubiera servido para cubrir necesidad de subsistencia del beneficiario. Y en tercer lugar, que la exigencia
01:10de la devolución sea desproporcionada e injusta, poniendo en la balanza, por un lado, el derecho
01:15a la propiedad individual del beneficiario y, por otro, el interés general.
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