00:00Bueno, este viernes entra en vigor el convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo,
00:05el cual transforma radicalmente las reglas y las responsabilidades del sector público y privado
00:10frente a la violencia y el acoso laboral.
00:12Aunque el país aún no cuenta con una ley nacional específica y exclusiva
00:16para regular integralmente el acoso en el trabajo a partir de este viernes,
00:20entonces tendremos estas nuevas reglas porque lo que establece la OIT nos compete.
00:25Y para analizar este tema nos acompaña el abogado Marco Durante,
00:29experto en Derecho Laboral y socio director de BDS Asesores.
00:33Buenas noches, don Marco, gracias por estar aquí con nosotros.
00:35Buenas noches, ya sería un gusto.
00:37Para poder conversar sobre este tema tan interesante.
00:40Lo primero que quería preguntarle es hacer una aclaración si esto solo tiene que ver con derecho laboral,
00:46perdón, con acoso laboral o si también tiene que ver con acoso sexual o no.
00:50Son diferentes formas de acoso y lo que el convenio, que como usted al inicio lo decía,
01:00entra a regir el próximo viernes para nuestro país,
01:04lo que genera es una nueva normativa que está por encima del Código de Trabajo
01:09que nos viene a dar las primeras reglas de cómo regular diferentes formas de acoso,
01:18entre ellas el sexual, el laboral y cualquier forma de manifestación que afecte en el mundo del trabajo.
01:26¿Qué se entiende por acoso laboral y por violencia según este artículo 190 del convenio de la OIT?
01:32Sí, el convenio 190 de la OIT lo que establece es que vamos a entender como violencia y acoso en
01:41el trabajo
01:42todas aquellas prácticas o manifestaciones inaceptables que pueden ocurrir una vez o de forma reiterada
01:51contra personas que coinciden en el mundo laboral y que les puede causar a estos un daño en su aspecto
02:03económico, físico, psicológico, entre otros.
02:08Entonces, como podemos entender, es una regulación amplia que lo que pretende es que las personas podamos trabajar
02:19sin miedo de ser acosados en alguno de estos ámbitos.
02:23No, Marco, tal vez es importante explicar a quienes protege este convenio
02:29y en qué espacios o situaciones va a aplicar además del lugar de trabajo.
02:34Voy a pedirle entonces a nuestro compañero Jason Gómez que nos permita ver una pantalla que hemos preparado
02:39para que usted nos pueda explicar mejor esto.
02:43Por ejemplo, según entiendo ahora, con un solo acto, ¿verdad?, ya cuenta como acoso.
02:50Antes se tenía que demostrar que había una conducta repetitiva de acoso laboral para que se diera la posible sanción.
03:00La postura de nuestra sala segunda, que es la máxima autoridad en materia laboral,
03:06precisamente lo que decía es que cuando hablábamos de acoso,
03:10estábamos hablando de un comportamiento reiterado y sistemático
03:14y ahora el convenio viene a decir que va a ser una legislación nacional la que va a decir
03:21si violencia y acoso van a ser sinónimos, pero si es posible que exista una conducta con una sola ocasión
03:33y no necesariamente esa reiteración en el tiempo.
03:37Este es un cambio importante y a partir de la pregunta que usted hacía al inicio,
03:43otro de los cambios que nosotros aplaudimos y vemos de forma positiva,
03:50es que no solamente se está dirigiendo este convenio a la protección de los trabajadores ordinarios o activos.
04:00Estamos hablando aquí también de los solicitantes de empleo,
04:04estamos hablando de pasantes, de aprendices, de personas que quedaron desempleadas,
04:12personas que de forma voluntaria laboran.
04:15Entonces, cuando construimos el concepto de mundo del trabajo,
04:20estamos hablando más de los trabajadores ordinarios y esto es importante
04:25porque ya lo habíamos hecho con acoso sexual desde 1995,
04:30pero ahora lo ampliamos a otras formas de acoso.
04:33Vamos a ver otra de las pantallas que hemos preparado, don Marco,
04:36para que sigamos mostrando estos cambios que trae esta nueva ley a partir del viernes.
04:42Hay una definición mucho más amplia que abarca el comportamiento,
04:46las prácticas o amenazas que tengan por objeto causar daños físicos, psicológicos, sexuales o económicos.
04:53¿Cómo entendemos esto?
04:54Claro, como les decía, ahora estamos partiendo de una legislación que va a estar por encima del Código de Trabajo
05:01que nos va a permitir conceptualizar el acoso en estas dimensiones.
05:09Ahora, los trabajadores, y esto es un punto importante,
05:13ya no solamente deben de pensar que puede existir acoso en el centro de trabajo.
05:19Otra de las novedades que trae consigo este convenio es que entiende
05:25que puede darse en otros lugares con motivo y en razón del trabajo.
05:30Entonces, desplazamientos, actividades sociales, traslados por trabajo,
05:37incluso la forma de comunicación a través de estos canales tecnológicos
05:45pueden ser un lugar en donde se pueda dar el acoso.
05:49Y de ahí la importancia de que nosotros comencemos a entender
05:53que el trabajador también tiene que estar protegido en esa situación.
05:57Para que recapitulemos esto, veamos otra de las pantallas que hemos preparado,
06:00porque es interesante explicar también cómo esto que usted decía, don Marco,
06:05que va más allá de la oficina física, ¿verdad?,
06:09que cubre lo que tiene que ver con la virtualidad y la movilidad,
06:12lo que usted está explicando.
06:14¿Tal vez una persona que va del trabajo hacia la casa,
06:19algún tipo de conducta que sufra en ese trayecto,
06:21ahora se puede considerar, se puede denunciar como acoso laboral?
06:25Pensemos en una empresa que facilita el transporte a los trabajadores
06:29y en ese autobús se dan situaciones, ya sea una única vez o de forma reiterada,
06:35que pueden generar un daño psicológico, físico,
06:40que puede conceptualizarte entonces como un acoso.
06:44De ahí la importancia de, creo yo, a partir del viernes,
06:48que comencemos a divulgar para una acción preventiva
06:53en la aplicación de esta normativa.
06:56¿Dónde podemos los costarricenses informarnos un poco más sobre esto ahorita, don Marco?
07:01Porque estaba viendo que si bien el Ministerio de Trabajo confirma
07:04que esta ley nos compete, todavía falta como un pronunciamiento oficial
07:12por parte del Ministerio de Trabajo sobre ese marco.
07:16Entonces, ahorita, ¿cómo podríamos empaparnos más sobre eso?
07:19Ya con solamente que ustedes en un computador pongan convenio 190 de la OIT,
07:26ya le va a desplegar una serie de sitios donde usted puede revisar este convenio.
07:34Acá, lo que el país le corresponde, porque el convenio así lo establece,
07:38es que pronto nuestras diputadas y nuestros diputados deben de aprobar una ley
07:43que no se limite solamente al tema del acoso laboral, como lo indicaba usted al inicio.
07:49Tiene que ser mucho más amplio, porque el convenio así lo es,
07:52pero esto debe ser pronto una ley de la República,
07:55para que el convenio 190 tenga una norma local
08:01que, de alguna manera, tropicalice lo que el convenio de forma general establece.
08:07Y de la mano, con esta aprobación, tienen que darse campañas
08:11de divulgación, porque el fin primero de un convenio como estos
08:17es prevenir, no solamente sancionar, por supuesto, prevenir.
08:22¿Qué consejo le da a los patronos y también qué consejo le da a los trabajadores
08:27para que ninguna de las partes, en el caso de los trabajadores,
08:30que no se abusen, verdad?
08:31Porque claramente también una persona podría denunciar hasta por molestar,
08:37he escuchado, verdad.
08:39Pero bueno, ¿qué consejo le daría a los patronos y cuál a los trabajadores?
08:41Importante para los patronos, no es necesario esperar a que Costa Rica
08:48apruebe una ley para instrumentalizar lo que el convenio 190 establece.
08:55Ya se pueden trabajar en políticas internas, en instrumentos internos,
09:01que se pongan en conocimiento de los trabajadores para que conozcan
09:05cuáles son sus derechos a partir de lo que este convenio de la OIT ya tiene plena vigencia
09:12en el país, para los trabajadores informarse porque, como usted bien lo dice,
09:19existe en el mismo convenio y la recomendación de la OIT situaciones que se enlistan
09:25que no tienen que ver nada con acoso y que tienen que ver con el ejercicio legítimo
09:31de un derecho por parte del patrono o sus representantes, como por ejemplo el poder de dirección.
09:37Es importante que tanto patronos como trabajadores y representantes patronales
09:42conozcan cuál es la línea que divide el posible acoso o situaciones de violencia
09:48al ejercicio de una jefatura y de un poder de dirección
09:53que siempre tiene que estar presente en una relación laboral.
09:56Bueno, don Marco, muchas gracias por la información y también por estos últimos consejos
10:00tanto para el patrono como para el trabajador y pues a estar más pendientes
10:05todas las partes ahora a partir del viernes entonces.
10:08Con mucho gusto.
10:09Muchas gracias por habernos acompañado. Buenas noches.
10:11Buenas noches.