00:01El lunes 31 de agosto se conmemorará en Costa Rica el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrodescendiente.
00:07Según el Código de Trabajo, es un feriado de pago no obligatorio.
00:11Por primera vez desde su incorporación, este feriado se disfrutará entre semana.
00:15La remuneración dependerá de la modalidad de pago y del tipo de actividad que realice el empleador.
00:21El próximo feriado en Costa Rica será el 15 de septiembre, Día de la Independencia.
00:25Ese sí es de pago obligatorio.
00:29Si se trata de una organización o empresa con una modalidad de pago quincenal o mensual
00:34y o en actividad comercial, esa empresa con el pago ordinario de salario
00:40ya incluye el pago de todos los días del mes, incluyendo días de descanso y feriado.
00:45Por ende, en estos casos se considera que todos los feriados son y se tratan como feriados de pago obligatorio.
00:52Si las personas no lo trabajan, igualmente recibirán el salario correspondiente a ese día.
00:56Y si lo trabajan, deberán recibir el equivalente a un día adicional sencillo de salario
01:02para completar con el pago doble que establece la legislación nacional.