00:00Si bien las vacaciones escolares ya iniciaron, el panorama de días de descanso obligatorio en el
00:06trabajo es distinto. Para el resto de 2026 queda menos de la mitad de las fechas festivas que
00:11reconoce la Ley Federal del Trabajo. Concretamente, los trabajadores solo tendrán disponibles tres
00:16días. La Ley Federal del Trabajo reconoce nueve festivos para los trabajadores. Son el primero
00:22de enero por el año nuevo, el 2 de febrero, primer lunes de febrero de cada año por el
00:26aniversario de la Constitución, el 16 de marzo por el natalicio de Benito Juárez y el primero de mayo
00:32por el Día del Trabajo. Los próximos festivos que completa la legislación laboral por el resto del
00:372026 son 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia, 16 de noviembre por el
00:43aniversario de la Revolución y 24 de diciembre por Navidad. Aunque para los últimos cinco meses del
00:48año también se encuentran fechas como el Día de Muertos, que suelen considerarse como festivos en
00:53el calendario escolar, la Ley Federal del Trabajo no los reconoce como descanso obligatorio. En los
00:58días festivos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, no hay obligación de prestar servicios,
01:03salvo del mutuo acuerdo con el trabajador. En caso de elaborar, la legislación completa el derecho con
01:08un pago doble adicional a la remuneración ordinaria por el día, es decir, se percibe el triple de ingresos
01:14por la jornada laboral.
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