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El Tribunal de Apelación, Cuarta Sala de la Capital, confirmó la condena de 7 años de prisión para Justo Pastor Cárdenas por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. En respuesta a esta decisión, la defensa del extitular del Indert presentó un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte, que hasta la fecha no ha sido resuelto, por lo que el condenado aún no ha sido ingresado en prisión.
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00:00Buenas tardes para todos, bienvenidos a una nueva edición de El Caso.
00:07Hoy para hablar de Justo Pastor Cárdenas, este funcionario ex titular del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra, INDER,
00:18que fue condenado por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
00:24En un juicio que ya tiene sus años y que hasta ahora no llega a última instancia o al menos no ha quedado firme el fallo del juicio oral y público
00:35porque sigue pendiente un recurso de casación planteado ante la Corte Suprema de Justicia, específicamente la Sala Penal.
00:43Pero arranquemos el desarrollo de nuestro caso de hoy.
00:46Les decía, el ex titular del INDER, condenado él hoy día por dos hechos punibles y vamos a ver justamente cuáles son esos tipos penales condenados
00:56y por qué tuvieron o tuvo que pasar Justo Pastor Cárdenas por dos juicios.
01:02Vamos a analizar todo eso de lo que se investigó y aquí hay un punto que resaltar.
01:09La investigación del Ministerio Público en cuanto a Justo Pastor Cárdenas Núñez arranca, tiene como base una investigación,
01:21una serie de publicaciones del diario ABC Color, específicamente de nuestra compañera Gladys Benítez,
01:27jefa hoy día de la sección Economía del diario ABC Color.
01:31Arranquemos con el desarrollo de nuestro caso de hoy, señor director.
01:34Estamos hablando del ex titular del INDER, Justo Pastor Cárdenas Núñez, 57 años de edad actualmente,
01:42que estuvo ocupando este cargo en el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra.
01:49Condena por qué hechos? Por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
01:53Y lo que se probó en juicio oral y público es que entre el mes de julio del año 2008 a julio del año 2018,
02:02el ex titular del INDER no pudo justificar egresos por 4.113.282.879 guaraníes.
02:17Es el monto que no pudo justificar.
02:20¿Qué es lo que se pudo probar en juicio oral y público?
02:23Que entre lo que ganó legalmente, los ingresos que tuvo legalmente Justo Pastor Cárdenas,
02:31y lo que gastó en ese tiempo, entre julio del 2008 y julio del 2018,
02:36este monto no se sabe de dónde salió.
02:39Es decir, ganó un cierto monto y sus egresos, lo que gastó supera a sus ingresos en este monto.
02:51Es por eso que se habla de enriquecimiento ilícito.
02:544.113 millones y monedas es lo que no pudo justificar el ex titular del INDER.
03:00Vamos a nuestra siguiente gráfica, señor director, porque hay, les decía,
03:06un recurso de casación pendiente en la sala penal de la Corte Suprema de Justicia.
03:12Esto es lo último, lo que se había planteado y que hasta hoy día no está teniendo resolución
03:16por parte de la máxima instancia judicial.
03:19¿Y a quiénes hay que apuntar en ese caso?
03:21Vamos a mostrar quiénes integran la sala penal y cuál es la situación
03:25de cada ministro de la Corte Suprema de Justicia en este caso en específico.
03:30El doctor Luis María Benítez Riera, presidente hoy día de la sala penal,
03:34porque es presidente de la Corte Suprema de Justicia,
03:37es el único miembro natural de esta sala que integra justamente la sala penal.
03:43¿Por qué?
03:44Porque los demás integrantes de esta sala penal,
03:48María Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia,
03:51se apartaron de entender en el recurso extraordinario de casación
03:56que planteó la defensa de Justo Pastor Cárdenas Núñez.
04:00Es decir, al inhibirse dos ministros naturales de la sala penal,
04:07esto pasa a la sala constitucional y luego va a pasar a la sala civil,
04:11indefectiblemente. ¿Por qué?
04:13Porque en la sala constitucional también dos ministros que integran esta sala,
04:18estamos hablando de Gustavo Santander Danz y de César Diesel Junghans,
04:23ya se inhibieron, se apartaron también, así como hicieron estos dos miembros naturales,
04:27de entender en la causa.
04:29¿Podría integrar junto al doctor Luis María Benítez Riera,
04:34el ministro Víctor Ríos Ojeda?
04:36Y de ser así, indefectiblemente, por lo menos uno de los ministros que integran
04:41la sala civil van a tener que pasar a integrar la sala penal.
04:45Estamos hablando de Alberto Martínez Simón, de el ministro César Garay Zucolillo
04:52y del ministro Eugenio Jiménez Rolón.
04:54Uno de estos tres va a tener que integrar junto a Víctor Ríos,
04:58si es que este acepta, junto a Luis María Benítez Riera,
05:00la sala penal para resolver de una buena vez el recurso de casación
05:06que plantea la defensa de Justo Cárdenas.
05:08¿Pero por qué se plantea este recurso de casación?
05:11¿Qué es lo que está atacando la defensa de Justo Cárdenas?
05:14Y vamos a ver, señor director, en la siguiente gráfica, el proceso,
05:19cómo inició todo esto y cuáles son los juicios por los que pasó el extitular del INDER.
05:25En esta gráfica vemos cómo terminó el primer juicio oral y público
05:30y la fecha de finalización de ese primer juicio, 9 de abril del año 2021.
05:36¿Cómo finalizó el juicio?
05:38Con la condena de Justo Cárdenas a cuatro años de cárcel
05:43por los dos hechos punibles que habíamos señalado.
05:45Enriquecimiento ilícito no pudo justificar egresos por 4.113 millones de guaraníes
05:51y poco más y lavado de dinero.
05:55Y esta sentencia fue dictada por los magistrados,
06:00los jueces de sentencia, Manuel Aguirre,
06:02quien fungió de presidente de aquel colegiado,
06:06Blanca Gorostiaga y Rosana Maldonado.
06:09Ahora, ¿qué pasó en este juicio?
06:13Lo encuentran culpable al señor Justo Cárdenas de ambos hechos punibles
06:19y establecieron una pena máxima de 15 años de cárcel.
06:24¿Por qué esa era la expectativa en cuanto a los hechos probados en el juicio
06:29por el Ministerio Público en relación a Justo Cárdenas?
06:31Porque el enriquecimiento ilícito tiene una pena máxima de 10 años de cárcel
06:37y al haber otro hecho punible que es el lavado de dinero,
06:42oicó lo que se llama concurso.
06:45O sea, oina dos hechos oye probada y se toma el que tiene pena mayor,
06:50que es el enriquecimiento ilícito 10 años.
06:52Y, como hay otros hechos punibles, se puede aumentar estos 10 años
06:56hasta la mitad de esa pena, es decir, 5 años más.
07:00Por eso que se estableció 15 como la pena máxima.
07:04Atendiendo esto, la entonces fiscal anticorrupción y de delitos económicos,
07:09Natalia Fuster Careaga, que hoy día ya está ocupando un cargo de fiscal adjunta,
07:15había solicitado 11 años de cárcel para Justo Cárdenas Núñez.
07:20Pero, ¿qué entendió este tribunal de sentencia?
07:24Que la pena justa era de 4 años.
07:274 años de cárcel, cuando que en realidad los 3 dijeron
07:30acá se aprobó el enriquecimiento ilícito y el lavado de dinero.
07:34Entonces, ¿qué pasa?
07:35El Ministerio Público, ante esta sentencia, en el primer juicio,
07:41recurre a la Cámara de Apelaciones.
07:43Hay un recurso de apelación que planteó la fiscal Natalia Fuster.
07:47Va esto a Cámara de Apelaciones y miren lo que ocurrió con los hijos de Justo Cárdenas.
07:56Porque, además de la condena de 4 años que se dicta para el ex titular del INDER,
08:02este primer juicio finalizó con la absolución de los hijos del ex titular de esta institución del Estado.
08:10Estamos hablando de Alan Israel Cárdenas Rodríguez, de María Alejandra Cárdenas Papalardo
08:16y de Justo Pastor Cárdenas Papalardo.
08:18Ellos fueron procesados, acusados, llevados a juicio
08:22y el Ministerio Público también en su momento pidió que sean condenados por lavado de dinero.
08:27Es decir, por ocultar ese dinero que obtuvo ilícitamente su padre en la función pública.
08:36Y este tribunal, presidido por Manuel Aguirre, concluyó que la fiscal anticorrupción Natalia Fuster
08:42no pudo probar la existencia de méritos para condenar a estos tres acusados.
08:49¿Pero qué resolvió?
08:51Fueron absueltos ellos.
08:53Y vamos a la siguiente gráfica, señor director, porque si bien hay una absolución de culpa y pena,
08:59se da otra decisión que vamos a puntualizar después en cuanto a lo que hace al comiso de bienes.
09:07Porque no solamente se comisan los bienes de Justo Cárdenas,
09:12sino también se hace el comiso extensivo de bienes que estaban a nombre de sus hijos.
09:17Porque allí el tribunal lo que determinó es que al probarse el enriquecimiento ilícito,
09:22este dinero obtenido ilícitamente en la función pública fue blanqueado de alguna forma
09:28con la adquisición de bienes y acciones en varias empresas.
09:33Y para eso, dijo este tribunal de sentencia, Justo Cárdenas utilizó a sus hijos
09:38para lavar ese dinero que obtuvo ilícitamente estando en el INDER.
09:43Les decía, la fiscal Natalia Fuster presenta el recurso de apelación
09:49porque consideró que se midió irregularmente la pena establecida
09:55para Justo Cárdenas de cuatro años de cárcel,
09:57ya que el tribunal dice que es culpable en el enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
10:02Jamba, ese es por los dos hechos punibles, solamente le vas a condenar a cuatro años
10:05y uno de ellos nomás luego tiene una expectativa de penas de hasta diez.
10:09Y atiendan este tribunal de sentencia, si podemos ponerlo en primera plana, señor director.
10:14¿Quiénes integraban este tribunal de apelación, mejor dicho?
10:18Tribunal de apelación penal, cuarta sala de la capital.
10:22El 30 de julio del año 2021, pleno día de la amistad,
10:26después de haber abril, mayo, junio, julio, después de tres meses de haberse dictado
10:31aquel fallo de primera instancia, esta Cámara da una lección para los hechos de corrupción.
10:39¿Quiénes integraron este tribunal de apelación?
10:41Gustavo Santander Danz, hoy día ministro de la Corte Suprema de Justicia.
10:48Y aquí uno encuentra la explicación del por qué hoy día él se inhibe de entender en el recurso de casación
10:53que plantea la defensa de Justo Cárdenas.
10:55Claro, porque él ya analizó cuando estuvo como camarista la apelación que había planteado la defensa.
11:02El siguiente camarista que integró también este tribunal es el doctor Pedro Mayor Martínez,
11:08ya hoy día jubilado, apartado de la magistratura, inclusive había apugnado por una banca en la Cámara de Senadores
11:16y no consiguió su objetivo.
11:18El tercer integrante, el doctor Emiliano Rolón Fernández, hoy día fiscal general del Estado.
11:26¿Por qué estamos puntualizando y resaltando a los integrantes de este tribunal?
11:31Porque este tribunal anuló parcialmente la sentencia dictada en primera instancia,
11:38confirmando por un lado la culpabilidad, la reprochabilidad de Justo Pastor Cárdenas,
11:45confirmando la absolución de sus hijos, pero ordenando el reenvío del expediente para que se aumente la pena.
11:54Y atienda, vamos a analizar algunos puntos de lo que señaló este tribunal en la resolución
12:01de aquel recurso de apelación que había planteado el Ministerio Público.
12:04Este tribunal de apelación marca en su autointerlocutorio que el tribunal de sentencia
12:13que condenó a Justo Cárdenas a cuatro años no consideró que se encontraba ante un concurso de hechos,
12:19es decir, más de un hecho punible, lo que le había puntualizado.
12:22Baezap y Condé etopá su fue culpable de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero,
12:28pero la han de condena a cuatro años en el cárcel.
12:29Eso básicamente es lo que le dice este tribunal de apelación al tribunal de sentencia.
12:34Y además, dice que el colegiado de sentencia no aplicó el marco penal que corresponde a esta situación.
12:42Y atiendan bien, porque esto extrajimos de manera textual de aquella resolución de la Cámara de Apelaciones.
12:49¿Qué dice este tribunal en relación a lo que resolvió el colegiado de sentencia?
12:56Esta circunstancia, estos dos puntos que marcamos arriba, genera desconfianza por parte de la ciudadanía en general
13:04y a su vez una predisposición con su conducta a la realización de actos de corrupción por parte de otros funcionarios públicos
13:12mediante conductas indebidas a actividades o actividades ilícitas para la obtención de beneficios que no están previstos
13:19acorde al rol que representan en la administración pública,
13:23incumpliendo de este modo con los roles y principios de una transparente administración pública.
13:31Hablando mal y pronto, lo que la Cámara de Apelaciones le estaba diciendo al tribunal de sentencia es
13:36señores, están abriendo la canilla, están abriendo la puerta, están abriendo la ventana
13:41para que otros funcionarios de ahora en más cometan actos de corrupción,
13:45metan la lata, metan la mano en la lata del dinero público,
13:49sabiendo que tranquilamente van a obtener una condena leve
13:53por hechos de corrupción tan graves como lo que para ustedes fueron probados en el juicio oral y público.
13:59Con este análisis es que la Cámara de Apelaciones ordena un segundo juicio,
14:04pero solamente ya para la medición de la pena, es decir, para aumentar y establecer una pena de vida,
14:11teniendo en cuenta que ya quedaba confirmada esa culpabilidad de Justo Cárdenas
14:16por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
14:18Y allí vamos al segundo juicio, a nuestra siguiente gráfica, señor director,
14:23porque este segundo juicio se realizó el 25 de septiembre del año 2023,
14:28es decir, dos años después que la Cámara haya ordenado justamente aumentar la pena.
14:34¿Qué pasó en esos dos años?
14:36El señor Justo Cárdenas con su defensa fue hasta la Corte Suprema de Justicia,
14:40planteó un recurso, otro recurso y otro recurso,
14:42hasta que finalmente se pudo realizar el segundo juicio para, en realidad,
14:47analizar una nueva pena nada más allá.
14:50El segundo juicio, les decía, 25 de septiembre del año 2023,
14:55y se aumentó, se elevó de cuatro a siete años la condena para el ex titular del INDER.
15:01El tribunal de sentencia fue presidido por Juan Carlos Zarate Pastor,
15:06estuvo integrado, además, por la magistrada Yolanda Portillo
15:09y la jueza María Fernanda García de Zúñiga.
15:13Estos tres magistrados, entonces, aumentaron la pena
15:18atendiendo lo que había ordenado la Cámara de Apelaciones de cuatro a siete años de condena.
15:23En este juicio, como se presenta nuevamente una suerte de alegatos finales,
15:27la fiscal Natalia Fuster había insistido en su pedido de condena a once años de cárcel para Justo Cárdenas.
15:33Nuevamente, contra este fallo, Justo Cárdenas fue a la Cámara de Apelaciones,
15:38allí se confirmó su condena a siete años de cárcel,
15:42y contra esa resolución de segunda instancia,
15:45es que la defensa planteó un recurso extraordinario de casación
15:48que hasta hoy día está pendiente.
15:51Y como está pendiente, no se puede ejecutar esos siete años de cárcel
15:56que debe cumplir Justo Cárdenas de cárcel,
15:59justamente por estos dos hechos punibles.
16:01Vamos a nuestra siguiente gráfica, señor director,
16:03porque aquí hay un punto importante.
16:07Además de la condena a siete años de cárcel para Justo Cárdenas,
16:10que hasta ahora no lo cumple porque esta sentencia no está firme,
16:14tampoco se puede ejecutar el comiso de los bienes,
16:18tanto de Justo Cárdenas, condenado por estos dos hechos punibles,
16:22como los bienes que él puso a nombre de sus hijos.
16:25¿Y cuáles son estos bienes?
16:27Arrancamos por el número uno, un departamento más cochera
16:31que está ubicado, están ubicados estos en el edificio Balcones del Parque,
16:35aquí en la ciudad de Asunción.
16:38El segundo, acciones de la agroindustria ganadera JPCSA,
16:44Justo Pastor Cárdenas, Sociedad Anónima,
16:46a nombre de la señora Elisa Núñez, viuda de Cárdenas,
16:50madre del titular del INDER,
16:52por 300 millones de guaraníes.
16:54Y la señora Elisa Núñez, viuda de Cárdenas,
16:59y la señora Elisa Núñez, viuda de Cárdenas,
17:03300 millones de guaraníes.
17:05Acciones a nombre de una de sus hijas,
17:07María Alejandra Cárdenas, por 150 millones,
17:10también a nombre de su otro hijo, Justo Pastor Cárdenas,
17:13por 150 millones.
17:14Y atención con esto, el comiso, el punto número 5,
17:19el comiso de 180 mil 700 dólares depositados en la sucesión
17:25de la señora Elisa Núñez como acervo hereditario.
17:29Es decir, no solamente intentó ocultar,
17:34blanquear el dinero obtenido ilícitamente en la función pública
17:37con la compra de acciones, con la compra de un departamento más cochera,
17:41sino que en el juicio oral, el Ministerio Público logró probar
17:44que introdujo plata, esta cantidad de plata,
17:47180 mil 700 dólares entre los bienes de su madre
17:52como para hacer pasar que era en realidad fruto de una herencia.
17:57Eso es lo que determinó el tribunal en el primer juicio.
18:01Y el sexto punto, un inmueble ubicado en el barrio Loma Merlo de Luque,
18:06que fue integrado como capital de acciones en la ganadera JPC
18:10por 250 millones de guaraníes.
18:14Todos estos bienes, todo este comiso,
18:18en realidad se va a poder ejecutar una vez que la sentencia quede firme.
18:23Por eso que es importante que la sala penal,
18:24de una buena vez, primero se integre y luego ya empieza a analizar los puntos,
18:30los puntos atacados o el argumento que tiene la defensa
18:34de Justo Cárdenas para decir esto tiene que ser anulado.
18:39Porque esto hasta hoy día está siendo administrado por la Senadico,
18:42esto está resguardado,
18:44pero el Estado podría disponer ya de este dinero,
18:47de estos bienes,
18:48si es que la Corte le imprime celeridad a esto.
18:52Veíamos la condena del año 2021,
18:55la sentencia de siete años ya fue dictada en el año 2023,
18:58estamos un año y medio prácticamente de aquel fallo de segunda instancia,
19:02hasta hoy día esto sigue sin resolverse.
19:05Vamos a nuestra siguiente gráfica, señor director,
19:07porque un punto importante en toda esta historia,
19:10además de la condena, además del comiso de bienes que está pendiente,
19:13es esto que le mencionaba.
19:15Justo Pastor Cárdenas está libre.
19:17¿Y por qué está libre?
19:18Porque él ya compurgó la pena mínima,
19:23estuvo en la cárcel,
19:24estuvo cumpliendo prisión preventiva al inicio de este proceso,
19:27desde el 3 de diciembre de 2018 hasta el 14 de agosto de 2019,
19:32estuvo en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.
19:36Es por eso que al dictarse la condena,
19:39al dictarse la sentencia en primera instancia,
19:42en ese primer juicio,
19:43se determinó que él iba a seguir.
19:45Con medidas alternativas a la prisión,
19:47específicamente hoy día está con libertad ambulatoria,
19:50hasta tanto esta sentencia quede firme,
19:52es decir, hasta tanto se expida la Corte Suprema de Justicia en este caso.
19:58El caso de hoy, Justo Cárdenas y la labor pendiente por parte de la Corte Suprema de Justicia
20:05para que se pueda castigar de una buena vez un hecho de corrupción,
20:09dinero público que se desvió para la familia,
20:13para los bienes del que estuvo al frente de esta institución,
20:17específicamente el INDER.
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