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El juez de ejecución penal Carlos Mendoza dispuso la prisión domiciliaria del ex ministro de Educación, Luis Alberto Riart Montaner. La medida se da seis meses después de que se haya puesto a disposición de la justicia, para cumplir su condena de 3 años de cárcel por el hecho de lesión de confianza, dictada por un Tribunal de Sentencia en julio de 2019.
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00:00Bienvenidos a esta edición de El Caso. Hoy vamos a hablar de Luis Alberto Riar Montaner,
00:08el ex ministro de Educación y Ciencias que afrontó, está en un proceso por lesión de confianza,
00:15ya hoy día con una condena firme. Arrancó este caso, esta causa, esta carpeta fiscal,
00:22ya en el año 2009, él como ministro de Educación y Ciencias del gobierno del entonces presidente Fernando Lugo.
00:31Y la condena es por lesión de confianza. ¿Y por qué hecho específicamente el ministro de Educación y Ciencias,
00:40ex ministro hoy, Luis Alberto Riar Montaner, fue condenado? Vamos a arrancar con el desarrollo de nuestro caso de hoy, señor director.
00:48Lesión de confianza en el Ministerio de Educación y Ciencias. Ese es el hecho que quedó probado en juicio oral y público
00:56y se confirmó en segunda instancia y también por la Corte Suprema de Justicia.
01:01Lo que señala esta sentencia definitiva número 221, que se editó el 2 de julio del año 2019,
01:07es que el Ministerio de Educación y Ciencias compró el edificio Excelsior a fines del año 2009
01:15y esto causó un perjuicio a la cartera de Estado de 14.045.123.400 guaraníes.
01:26Y señala esta sentencia definitiva que el edificio solamente costaba 12.579.600.000 guaraníes.
01:39Y aquí otro punto, hay un perjuicio que se causa al Ministerio de Educación y Ciencias, al Estado a través de esta cartera.
01:48Lo que señala la sentencia es que la adquisición se hizo por vía de la excepción en carácter de urgente,
01:56obviamente, y por eso que se recurre a esta vía, como les decía a finales del año 2009, en el mes de diciembre específicamente.
02:02Pero la transferencia de este inmueble ni siquiera fue concretada y es por eso que se habla de un perjuicio enorme
02:11al Estado a través del Ministerio de Educación y Ciencias.
02:16Y es allí donde hay que detallar un poco qué es lo que pasó y qué es lo que detectó el Ministerio Público
02:22en el proceso de la investigación y luego ya con los elementos que fueron producidos durante el juicio oral y público.
02:30Pero vamos a pasar a nuestra siguiente placa, señor director, para detallar quiénes son los condenados en esta causa
02:37y por qué se apunta a estos o qué cargos ocupaban, qué cargos de relevancia ocuparon estas personas hoy condenadas
02:45cuando ocurrió este perjuicio, enorme perjuicio, al Estado paraguayo.
02:50Hablamos primeramente del ex Ministro de Educación y Ciencias, Luis Alberto Ríar Montaner,
02:55condenado a tres años de cárcel.
02:56Ustedes veían la sentencia cuando salió.
03:01José López Pistilli, quien ocupó el cargo de director de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias,
03:07también condenado a tres años de cárcel.
03:10Y Luis Fretes Prieto, exdirector de la Unidad Operativa de Contrataciones del MEC.
03:16Él a dos años de cárcel.
03:18La sentencia dictada a través de esta condena.
03:22Son tres condenados y solamente uno de ellos a dos años de prisión.
03:27¿Y por qué es importante puntualizar esta última sentencia?
03:30Porque es el único que puede ser beneficiado o que fue beneficiado con la suspensión de la ejecución de la pena
03:38por los dos años de sentencia que recibió.
03:41Seguimos con el desarrollo, señor director, del caso de hoy,
03:44porque vamos a puntualizar estas fechas claves en el marco de esta causa penal.
03:51El 18 de marzo del año 2014 es que se presenta la imputación.
03:57¿Y quién presentó la imputación?
03:59El fiscal José Dos Santos.
04:01Entonces el fiscal José Dos Santos hoy día ya fue al Ministerio Público ejerciendo la profesión.
04:06presenta esta imputación por lesión de confianza.
04:1018 de marzo del año 2014.
04:12Prácticamente cuatro años y cuatro meses después de ocurrido el hecho.
04:17El 23 de diciembre de 2014, ese mismo año, ya se presenta la acusación.
04:23¿Quién la presenta?
04:24La fiscal de delitos económicos Yolanda Portillo.
04:27Hoy día jueza de sentencia.
04:30Presenta esta acusación y pide que la causa vaya a juicio oral y público.
04:34Esto ocurrió tal cual y el 2 de julio del año 2019.
04:38Fíjense nomás un poco la diferencia entre la acusación, la fecha de la acusación,
04:43diciembre del 2014, y la sentencia, cuando finalizó el juicio.
04:49Cuatro años y seis meses después se dictó la sentencia.
04:53Este tribunal, integrado por Gloria Hermosa como presidenta,
04:57Mesalina Fernández y Alba González como miembros que dictaron la condena para los acusados.
05:03La condena que acabamos de detallar.
05:05Es decir, entre la imputación y la acusación, la sentencia ya por parte del tribunal pasaron poco más de cinco años.
05:15Es lo que podemos notar en estas fechas que acabamos de puntualizar.
05:19Seguimos con el desarrollo, señor director, para puntualizar otras fechas relevantes.
05:24Porque el 4 de marzo del año 2021, es decir, poco más de, o casi dos años de haberse dictado esa sentencia en primera instancia,
05:33es que la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Penal, reitero, 4 de marzo del año 2021,
05:41la Sala Penal dicta el acuerdo y sentencia número 222, dejando firmes las condenas.
05:48¿Por qué? Porque las defensas, tanto el ex ministro de Educación y Ciencias como los demás condenados,
05:54recurrieron a la Cámara de Apelaciones que confirmó el fallo de primera instancia
05:58y luego llegan a la Sala Penal con un recurso extraordinario de casación.
06:03Y en esa fecha, 4 de marzo del año 2021, es que la Sala Penal deja firmes las condenas.
06:10Contra esa decisión, contra el acuerdo y sentencia número 222,
06:14las defensas vuelven a presentar famosos recursos de aclaratoria para ir estirando esto.
06:19Rápidamente, un poco menos de 15 días, dos semanas prácticamente,
06:24los mismos ministros integrantes de la Sala Penal, Manuel de Jesús Ramírez Candia,
06:29María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, rechazan estos recursos de aclaratoria
06:34y allí ya queda firme, ya quedaron firmes las condenas.
06:38Marzo del año 2021, estamos a más de cuatro años de que las condenas hayan quedado firmes.
06:48Después vamos a ir señalando por qué puntualizamos estas fechas
06:50y por qué es importante recordar y mirar para atrás y ver cuándo quedaron firmes las condenas.
06:55Pero hay otras fechas que debemos puntualizar porque las defensas no quedaron aquí.
07:00También recurrieron a otra instancia de la Corte Suprema de Justicia.
07:04Como rebotaron en la Sala Penal, fueron a la Sala Constitucional.
07:08¿Qué pasó en la Sala Constitucional?
07:10El 26 de mayo del año 2023, y esto sí, recién del año pasado se resolvió,
07:16se declaró caducada la instancia de la acción de inconstitucionalidad
07:19que había promovido el condenado, justamente Luis Alberto Riar,
07:24contra las sentencias dictadas por la propia Corte Suprema de Justicia.
07:28Es decir, la Sala Constitucional dice, se declaró operada la caducidad,
07:33ya no hay nada que resolver, ya no se puede esto analizar en cuanto a la acción de inconstitucionalidad.
07:40Y parece que la justicia ahí despertó y se dio cuenta de que había una condena firme
07:45que debía ser ejecutada.
07:46¿Cuándo ingresa a la cárcel Luis Alberto Riar?
07:52Y allí tienen la fecha ustedes, 24 de junio del año 2024.
07:59Allí él ingresa, y ni siquiera va a la cárcel de Tacumbú, a Emboscada, a Encarnación,
08:06va a la agrupación especializada de la policía.
08:10Allí él es ingresado para cumplir esta condena a tres años de cárcel.
08:15¿Y qué es lo que decía o qué es lo que se probó en juicio?
08:20Él llama a esta licitación por la vía de la excepción,
08:24argumentando una urgencia impostergable
08:27para adquirir este edificio ubicado sobre la calle 15 de agosto
08:31entre el presidente Franco y Benjamín Costán.
08:35Y vieron ustedes, poco más de 14 mil millones de guaraníes
08:38es lo que el MEC pagó por ese inmueble.
08:41En aquella época, poco más de 3 millones de dólares.
08:44Si vamos a ir a cambio actual, casi 2 millones de dólares.
08:50Y lo que logró probar el Ministerio Público en el juicio
08:53es que, primero, no había una urgencia impostergable.
08:57Va, eres de que tú, niñe, de urgencia.
09:00Porque, oye, llegó al edificio en diciembre del año 2009,
09:04pero la contrato, pero dije, IMA, que el 23 de marzo del año 2010
09:10hoy entrega hasta el edificio el Ministerio de Educación y Ciencia.
09:14Esa hubo urgencia, pero entonces, si primero hoy anota casi 4 meses
09:18hoy entrega a Janguandela y yo guajina.
09:20Pero hay más.
09:22La empresa adjudicada, la empresa que le vende este inmueble al MEC,
09:26termina entregando el edificio, o recién dando por,
09:32entregando en el contrato, el 30 de abril de ese año 2010.
09:37Es decir, poco más de 5 meses después de haberse hecho el desembolso
09:44para esta compra.
09:45Entonces, dice el Ministerio Público, y ya la sentencia definitiva
09:49que está firme, no hay urgencia impostergable.
09:53Va, eres, oye, recurrir a la vía de la excepción,
09:56para liberar el dinero, para saltear todos los mecanismos de control.
10:01Y eso prácticamente es lo que ocurrió.
10:03Por eso se habla de lesión de confianza.
10:06Pero atención con este detalle.
10:08Daja, eres, oye, entrega tarde,
10:09daja, eres, oye, paga de mante al edificio.
10:13Oye, a Paul Luis Alberto Riyar, en su condición,
10:15de ministro de ese entonces, de Educación y Ciencias,
10:18y los acusados que también fueron condenados con él,
10:23utilizaron la vía de la excepción para la compra de este inmueble.
10:27Oye, ya, oye, llegó a Juan Juan.
10:28O sea, en la plata, oye, desembolsaja, yo no me imagino.
10:30Oye, pagaja, oye, llegó al edificio.
10:32Pero, oye, en el edificio,
10:35no estaba en condiciones para que los funcionarios del MEC
10:39puedan entrar allí a trabajar.
10:42No había condiciones.
10:42Entonces, oye, ya pueden mantener la remodelación.
10:46Oye, pues, te dije, y está, bueno, oye,
10:49llegó a por la vía de la excepción, urgencia y postergable.
10:52Entonces, pues, hoy menos hay que remodelar.
10:53No.
10:55Para la remodelación, sí, ya se utilizó el proceso normal de licitación.
11:00Yo voy a vender empresa A, yo voy a vender empresa B,
11:02yo voy a vender empresa C,
11:03ya se llama la oferta,
11:05voy a hacer la remodelación.
11:07Entonces, ese es otro elemento que en el juicio oral y público se probó
11:12y que sustenta esta condena.
11:16No había ninguna urgencia impostergable
11:19para que el MEC desembolse toda esta cantidad de plata
11:23para comprar un edificio que encima estaba inutilizable.
11:27No, porque tuviste que remodelar otra vez.
11:34Pagaste de más, encima de remodelar.
11:36Oye, esa es la sentencia.
11:39J.P. Jaguere, Luis Alberto Riar y otras tres personas
11:44fueron condenadas con él, otras dos personas.
11:47Su exdirector de administración
11:49y el director de la unidad operativa de contrataciones.
11:53Seguimos con nuestra historia, señor director,
11:56la otra parte de este caso.
11:58Y aquí viene el regalo de cumpleaños
12:00en el que yo les hablaba al inicio del programa.
12:05¿Por qué regalo de cumpleaños?
12:07Les decía, en junio de este año
12:09él ingresa a la agrupación especializada
12:11para cumplir su condena.
12:14Tres años de cárcel.
12:15Él no tuvo prisión preventiva.
12:16No es que hay que descontarle seis meses.
12:18Ningún tiempo estuvo cumpliendo prisión preventiva
12:22el señor Luis Alberto Riar.
12:23Entonces, entró en junio.
12:25Julio, un mes.
12:26Agosto, dos meses.
12:28Septiembre, tres meses.
12:31Noviembre, cuatro meses.
12:33Y estamos diciembre.
12:34Y él ya obtuvo este regalo de cumpleaños.
12:36Ni siquiera cinco meses estuvo en la cárcel Luis Alberto Riar
12:40porque ayer el juez de ejecución, Carlos Luis Mendoza,
12:44por autointerlocutorio número 115,
12:47hizo lugar al incidente que planteó la defensa de Luis Riar
12:51y le otorgó la prisión domiciliaria.
12:55Jamba Elaje y a la juez de ejecución,
12:58Oñantendela Fiscalía Postura,
13:01va a el Jiruel la Fiscalía.
13:03Pidió una evaluación psicológica,
13:06un examen toxicológico de Luis Riar
13:09y también que se constate o que funcionarios
13:13vayan hasta la casa donde iba a cumplir esta prisión domiciliaria.
13:16Y es así que hay informes por parte de la licenciada Dolly Fleitas,
13:20psicóloga del Poder Judicial,
13:22y la licenciada Mirna Ferreira,
13:24trabajadora social también del Poder Judicial,
13:27y el examen toxicológico que salió negativo
13:29para cualquier tipo de drogas,
13:31para Luis Alberto Riar.
13:32¿Tuvo en cuenta todo eso el juez de ejecución?
13:34Y estas profesionales,
13:37tanto la psicóloga como la trabajadora social,
13:39concluyeron que el exministro
13:40cumple con todos los requisitos exigidos
13:43por los artículos 239 y 303 del Código de Ejecución Penal.
13:49Japea o argumentar la juez de ejecución
13:51y que a tu janguán se aume es la prisión domiciliaria.
13:54A Luis Alberto Riar.
13:56Y vamos a detallar lo que dice el artículo 239
13:59porque ahí está el caracú de esta cuestión.
14:01Va a sustentar la juez de ejecución
14:03y janguarla Luis Riar y catú o joga o cumplirla y condena.
14:08Vamos a lo que señala la ley, señor director,
14:12en el artículo 239,
14:14Código de Ejecución Penal
14:16que se aplica ya en estos casos
14:17cuando hay una condena firme.
14:19Primer párrafo, vamos a darle una lectura,
14:21pero en realidad aquí lo que nos interesa
14:22es el segundo párrafo.
14:23Señala la primera parte de este artículo,
14:25dice cuando un condenado a pena privativa de libertad
14:27tuviera más de 60 años, 70 años,
14:31estuviese gravemente enfermo
14:32o en etapa terminal
14:33o con algún impedimento físico
14:35para valerse por sí mismo,
14:37el juez de ejecución
14:38podrá disponer su prisión domiciliaria.
14:40El beneficio será revocado
14:42en caso de violación grave de la restricción.
14:45Atención lo que dice el segundo párrafo
14:47de este artículo 239.
14:48El juez de ejecución también podrá adoptar tal medida
14:52en casos de condenados
14:54a pena privativa de libertad
14:56de hasta tres años
14:57que no sean reincidentes
14:59si fuesen mayores de 60 años,
15:03mujeres embarazadas
15:04o con hijos de hasta un año
15:05y cuando se tratase de los padres,
15:08consortes o convivientes
15:09de un discapacitado
15:10que no pueda valerse por sí mismo
15:12y se encuentre exclusivamente a su cuidado.
15:14Y allí un detalle.
15:18Ayer Luis Alberto Rial cumplió 62 años.
15:22Él es del 10 de diciembre de 1962.
15:25Cuando fue condenado en el año 2019
15:30tenía apenas 57 años.
15:35Su condena queda firme.
15:38Él ingresa a la prisión ya teniendo 61 años.
15:41Ayer cumplió 62
15:43y como regalo de cumpleaños
15:45obtuvo la prisión domiciliaria.
15:47¿Por qué decimos que este es un regalo de cumpleaños?
15:50Porque estiraron tanto el proceso,
15:52presentaron tantos recursos
15:53que llegó a esta estapa del proceso
15:55para que pueda cumplir él
15:57esta parte que exige la ley
16:00para tener la prisión domiciliaria.
16:03Y aparte de tener la edad,
16:05porque obviamente fue condenado
16:06solamente a tres años,
16:07que es otro punto que exige la ley
16:10en su segundo párrafo,
16:11se habla de un tema muy importante.
16:15Jorecó 62 años,
16:17ya la edad superada
16:18fue condenado solamente a tres años.
16:21Pero atención con esto
16:22y vamos a nuestra siguiente placa,
16:24señor director,
16:24lo que resalta el juez de ejecución
16:27en su resolución.
16:29Se ha constatado que además
16:31en la casa
16:32el señor Rial Montaner
16:34vive con su esposa
16:35y al cuidado del suegro,
16:37padre de su esposa,
16:38que requiere un cuidado especial
16:40y ambos son prácticamente
16:41las personas al cuidado del mismo.
16:43O sea,
16:44el juez de ejecución
16:45está diciendo
16:45que además de la edad
16:47de la condena
16:49a tres años de cárcel
16:50que ya le habilitan
16:51para ir a prisión domiciliaria,
16:53Luis Rial está cuidando
16:55hoy día de su suegro.
16:57Pero también en su resolución
16:58nos está diciendo
16:58que no es la única persona
17:00de la que depende
17:01esta persona
17:02adulta, mayor,
17:04ya enferma.
17:05sino que además
17:06está con su señora
17:07Luis Rial
17:08y su esposa
17:09son los que cuidan
17:09de esta persona.
17:11Entonces,
17:12se buscaron
17:13de todos los argumentos
17:14posibles
17:14para sustentar
17:16esta prisión domiciliaria
17:17para el ex ministro
17:18de Educación y Ciencias
17:20Luis Alberto Rial
17:21y uno dirá
17:22pero seguramente
17:23por lo menos
17:24la plata recuperó
17:24el Estado
17:25y la verdad que no
17:26porque aquí no hubo
17:27reparación del daño
17:28causado
17:28al Ministerio de Educación
17:30y Ciencias.
17:31Vamos a nuestra última placa
17:32señor director
17:33porque tenemos que hablar
17:33de otro
17:34de los condenados
17:35que sigue prófugo
17:36de la justicia.
17:38Estamos hablando
17:38de José López Pistilli
17:40quien por autor interlocutorio
17:42número 128
17:43ya el 30 de enero
17:44del año 2023
17:46se había ordenado
17:47su captura
17:48y el 25 de junio
17:49de este año
17:50el juez de ejecución
17:51Carlos Mendoza
17:51ratificó
17:53esa orden
17:54de captura.
17:55Su defensa
17:55desde la clandestinidad
17:56él recurrió
17:57esta resolución
17:59judicial
18:01y el tribunal
18:01de apelación penal
18:02ayer 10 de diciembre
18:04resolvió
18:05confirmar
18:07lo que había resuelto
18:08el juzgado
18:09de ejecución
18:09es decir
18:10José López Pistilli
18:12actualmente
18:13está prófugo
18:14de la justicia
18:15tiene una condena
18:16a tres años de cárcel
18:17que debe cumplir
18:17y por eso
18:18cuenta con una orden
18:19de captura.
18:21Este es el caso
18:22de Luis Alberto Rial
18:23ex ministro
18:25de educación
18:26condenado
18:27él a tres años
18:28de cárcel
18:28estuvo cuatro
18:29meses
18:30en prisión
18:32en la agrupación
18:33especializada
18:33de la policía
18:34y desde ayer
18:35día de su cumpleaños
18:36está en la comodidad
18:37de su casa.
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