00:00Condenar a Diego Javier Cadena Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía número 94-154-125 de Tuluá, Valle del Cauca,
00:08como coautor penalmente responsable del delito de soborno en la actuación penal,
00:13conforme a las previsiones del artículo 444-A del Código Penal,
00:17por los hechos que constan en la acusación relacionados con Juan Guillermo Monsalve Pineda,
00:21e imponer la pena principal de 84 meses de prisión y multa equivalente a 375 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
00:30Cuarto, condenar a Diego Javier Cadena Ramírez a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones
00:36públicas por el mismo lapso de la pena principal.
00:39Quinto, negar a Diego Javier Cadena Ramírez la suspensión condicional de la ejecución de la pena prevista en el artículo
00:4563 del Código Penal,
00:47modificado por el artículo 29 de la Ley 1709-2014.
00:50Sexto, conceder a Diego Javier Cadena Ramírez la prisión domiciliaria prevista en el artículo 38 del Código Penal en los
00:57términos señalados.
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