El Tribunal Supremo (TS) dejó este jueves visto para sentencia el juicio contra el fiscal general del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos que podría acarrearle hasta seis años de prisión. En la sesión final, el abogado del Estado que defiende a García Ortiz, José Ignacio Ocio, defendió enfáticamente la inocencia de su cliente, acusando a la parte denunciante de haber generado un entorno adverso que desborda el marco jurídico. Ocio denunció "un auténtico juicio paralelo basado en conjeturas" y "filtraciones y lecturas parciales", lo que ha provocado "un entorno adverso para el derecho a la presunción de inocencia" del FGE. El abogado del Estado manifestó su confianza en que esta "contaminación externa" no afecte la "serenidad, a la independencia y a la objetividad" de los magistrados al dictar sentencia, apelando a los principios de "independencia judicial y de aplicación imparcial del derecho". La defensa centró parte de su estrategia en justificar la nota de prensa emitida por la FGE. Argumentó que García Ortiz se vio en la necesidad de reaccionar ante una noticia del 12 de marzo en El Mundo titulada: "La Fiscalía ofrece a la pareja de Ayuso un pacto para que admita dos delitos fiscales". Según Ocio, esta noticia era "grave" porque sugería que "se ofrecía un pacto a una persona inocente para arrancarle una confesión de culpabilidad y atacar así a su pareja". El abogado del Estado aseguró que el objetivo del fiscal general al emitir la nota fue "atajar esas mentiras" y poner "en valor el trabajo de los fiscales", quienes llevaban días siendo "descalificados". La nota, por tanto, fue una acción institucional de dación de cuenta para desmentir un "relato que perjudicaba a la Fiscalía". Además, la defensa enfatizó que el secreto había desaparecido antes de la acción del FGE. La supuesta filtración "es la única acreditada" fue la de Miguel Ángel Rodríguez a un chat de 50 periodistas, que contenía la respuesta del fiscal Julián Salto. Más importante aún, la defensa sostiene que González Amador "habló de las negociaciones de conformidad a un periodista". Por ello, Ocio sentenció que "Cuando el titular de un secreto hace partícipes a terceros de ese secreto, éste pierde su carácter reservado". "No pueden desvelarse los términos de esa negociación de conformidad y a renglón seguido decir que siguen siendo reservados". La defensa concluyó que su cliente es "inocente" y que "Se ha criminalizado una actividad institucional de dación de cuenta y de emisión de un comunicado para salir al paso de informaciones que ponían en cuestión a los fiscales, a la Fiscalía y al fiscal general del Estado".
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