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  • hace 2 días
En comunicación con Exitosa, el abogado de Delia Espinoza, Luciano López, indicó que el Poder Judicial le dio la razón a él y su patrocinada con la demanda de amparo presentada para levantar la suspensión en su contra. Además, remarcó que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) cometió un acto inconstitucional al exigir que Espinoza reponga a Patricia Benavides como fiscal de la Nación.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Constitucional acaba de emitir una resolución. La Fiscal de la Nación suspendida por seis meses por la Junta Nacional de Justicia vuelve a retomar su cargo según esta resolución.
00:23Nosotros nos vamos a ir rápidamente hasta una conexión vía telefónica con Luciano López para que nos explique, nos dé mayores detalles de esta disposición del noveno juzgado constitucional porque han pasado tantas cosas en el Ministerio Público que ya las cosas se ponen más complicadas
00:51porque hay un fiscal provisional. ¿Qué es lo que significa esto? Tengo entendido que es dentro del proceso que se le seguía en torno a Patricia Benavides.
01:05Bienvenido a Exitosa, doctor Luciano López.
01:09Exitosa.
01:10¿Cómo está? ¿Qué tal? Muy buenas noches. Muchísimas gracias por la invitación.
01:13Muchas gracias por estar aquí. ¿Qué significa esta resolución del noveno juzgado constitucional? Está levantando la suspensión de seis meses de su defendida y dice que regrese a su cargo.
01:29Sí, correcto. Más o menos te explico en contexto.
01:34Por favor.
01:34Muy rápidamente. Lo que sucede es que, como es de público conocimiento, apenas ocurrió la resolución de la Junta Nacional de Justicia que reponía Patricia Benavides y que le ordenaba inconstitucionalmente a la señora Espinosa a que deje su cargo y se lo dé a la señora Benavides.
01:51Como es de conocimiento, se presentó un proceso de amparo. Estamos hablando del mes de junio.
01:58Simultáneamente también se le pidió una medida cautelar al juez. El juez en un primer momento consideró que no debía darnos la medida cautelar y nosotros tuvimos el derecho de apelar.
02:08Hace más o menos un mes y medio o dos meses, la Tercera Sala Constitucional de Lima revisó la decisión del juez y encontró una serie de omisiones.
02:19Entonces, le declaró nula su decisión y le dijo que se pronunciara sobre específicos puntos que nosotros habíamos planteado.
02:27Uno de ellos, que es el más importante, es de que la doctora Espinosa, como era evidente, no formaba parte del procedimiento de la señora Benavides.
02:36Benavides. La cuestión sobre la Fiscalía de la Nación no tenía nada que ver en ese tema.
02:42Y lo que era peor es que la resolución de la Junta Nacional de Justicia era manifiestamente inconstitucional porque no tenía ni una sola línea que justificara por qué había dictado esa orden.
02:54Entonces, la sala le dijo al juez, revisa esa parte y pronuncia.
02:58Entonces, en síntesis, Karina, lo que acabo de leer, porque la resolución acabó de ser notificado ya hace unos 20 minutos,
03:06lo que dice la resolución es que respondiendo a las observaciones de la sala superior,
03:11el juez advierte que efectivamente, lo que siempre dijimos, que no hay ni una sola razón expresada
03:18en la resolución de la Junta Nacional de Justicia, en el caso de la señora Benavides,
03:23en la que se justificara por qué la señora Espinosa debía dejar de ser fiscal de la Nación
03:28si ya había sido nombrada por un órgano competente, que era la Junta de Fiscales Supremos.
03:33Como ya también el juez ha advertido, lo que nosotros también habíamos presentado en el procedimiento,
03:39de que como consecuencia de eso, incluso se le había abierto un procedimiento
03:43por la propia Junta Nacional de Justicia disciplinario, por un presunto desacato,
03:50entonces, y por eso la ha suspendido, entonces nosotros le pedimos al juez
03:55de que si invalidaba este mandato inconstitucional sin motivación alguna, como ya lo expliqué,
04:03entonces también invalidar el procedimiento disciplinario.
04:07En síntesis, Karina, lo que ha hecho entonces el juez ha dicho,
04:11sí, es verdad, ese mandato es inconstitucional,
04:14y como consecuencia de eso debe invalidarse el procedimiento disciplinario.
04:18Como es una medida cautelar, ha dicho que se suspendan provisionalmente los efectos de ambas cosas,
04:25y la Junta Nacional de Justicia tiene cinco días como máximo
04:28para dejar sin efecto su decisión de suspender a mi cliente y ordenar su inmediata reposición.
04:37Porque como es de público conocimiento, el señor Gálvez, actual fiscal de la Nación,
04:43es interino en el cargo, no es un fiscal definitivo en esa posición,
04:49por lo que ya acabo de explicar.
04:51Eso es en síntesis lo que ha ordenado el juez del gobierno juzgado constitucional del INC.
04:56De acuerdo, entonces, lo que usted nos está diciendo es que lo explicó aquí también en exitosa
05:03que la señora Adelia Espinosa había sido colocada, designada en la Fiscalía de la Nación
05:14por la Junta Nacional de Fiscales, y que ellos eran los únicos que tenían esta potestad,
05:21y que por eso no podía ser removida por la Junta Nacional de Justicia.
05:29De justicia.
05:29Entonces, después, esta orden de desobediencia queda sin efecto a raíz que se retrotrae todo al comienzo.
05:42Claro, porque en realidad lo que está diciendo el juez es que esa orden fue inconstitucional,
05:48porque no tenía ningún sustento, porque no hay ninguna motivación,
05:52no hay ni una sola línea en la resolución tan extensa de la doctora Benavent.
05:57¿En qué se basaba para...?
06:06Tenemos un problema en la comunicación, no lo estamos escuchando bien,
06:18pero lo que podemos concluir es que la Junta Nacional de Justicia es quien ordena...
06:31Sí, ya estamos...
06:33Así.
06:34Lo seguimos escuchando.
06:36Sí, lo que decía en síntesis es que el juez ha confirmado lo que nosotros siempre indicamos.
06:42Yo recuerdo incluso que tuve una entrevista contigo cuando recién ocurrió este tema,
06:46y te mencionaba lo mismo.
06:48Nombrar a un fiscal de la nación es una competencia exclusiva y excluyente
06:52que solo le corresponde a las Juntas Fiscales Supremas y por un periodo fijo de tres años.
06:57Eso dice la Constitución.
07:01Nunca dijo ni una sola línea en qué se basaba jurídicamente
07:05para ordenarle a una persona que no formaba parte del procedimiento de la doctora Benavides,
07:13que es la doctora Espinoza, para que se baje su medalla a su cargo y se lo dé a otra persona
07:18cuando la Junta Nacional de Justicia no tenía ninguna potestad para hacerlo.
07:22El juez nos ha dado la razón en eso, ha dicho, es verdad.
07:25Y por tanto, como ese mandato es inconstitucional,
07:29son también inconstitucionales todos los efectos que derivaron de ese mandato,
07:34que además todos se llenaron la boca diciendo de que era un desacato,
07:38cuando siempre nosotros dijimos,
07:40¿cómo se va a dar cumplimiento a una orden administrativa?
07:44Ni siquiera judicial, porque esta sí es una orden judicial.
07:48Las órdenes de la Junta Nacional de Justicia no son judiciales, son administrativas.
07:55Constitucional, y eso es lo que nos acaba de dar la razón el juez.
07:59Por eso es que la Junta Nacional de Justicia ahora tiene todo el derecho
08:03a presentar una oposición, apelación, si quiere,
08:06los medios de defensa que le correspondan al debido proceso,
08:09debido a un proceso que ellos nunca cumplieron.
08:12Pero independientemente de sus derechos,
08:15ellos tienen que cumplir con esta orden porque es una orden judicial.
08:18Doctor, pero en el camino se ha visto
08:23que hay una especie de entorpecimiento,
08:29un tirijala.
08:31Yo no sé quién finalmente tiene o no la razón,
08:34porque hay dos partes que dicen tener la razón
08:37y en el medio hay un país que está viendo todo lo que sucede.
08:41¿Para usted el origen de todo este camino largo y tortuoso
08:49es la Junta Nacional de Justicia, que no ha hecho bien su trabajo?
08:53¿Para mí la respuesta es que sí?
08:59Y yo te permíteme, en todo caso, con todo aprecio, Karina,
09:04hacerte una precisión a tu afirmación,
09:06porque tú has empezado diciendo, yo no sé quién tiene la razón.
09:10Bueno, lo que yo tengo es una resolución judicial,
09:13y una resolución judicial me ha dado la razón.
09:15Y eso es un mandato para todos.
09:19Entonces yo, permíteme, con todo aprecio, precisarte,
09:22no es quién tiene la razón.
09:23Yo tengo la razón porque un juez me la ha dado.
09:25De acuerdo.
09:27Entonces le consulto.
09:28Y entonces nadie podría decir,
09:31oiga, la señora Karina Novoa no tiene la razón,
09:33no creo que no tiene la razón si un juez se la ha dado.
09:35Le consulto.
09:37Ya me dieron la razón a mí.
09:38Le consulto.
09:39Y en función a que me han dado la razón,
09:41pero perdón un ratito, déjame terminar.
09:43Claro, como me han dado la razón,
09:45aquí hay un solo responsable principal.
09:49Y ese responsable se comprueba una vez más
09:52lo que nosotros dijimos en un primer momento.
09:55El que ha causado esto es la Junta Nacional de Justicia.
09:58Y eso debe quedar muy claro ante el país,
10:01porque lo acabo de decir un juez.
10:03Siempre dijimos,
10:05la orden de la Junta Nacional de Justicia
10:06es un mandato administrativo.
10:09Yo incluso tuve una entrevista contigo,
10:11yo recuerdo, te lo dije.
10:13Esta es una orden judicial.
10:15Hay una diferencia abismal, espacial,
10:19entre una orden administrativa y una judicial.
10:22Solo para tener las cosas en orden en la cabeza,
10:26porque ha pasado tanto documento
10:29en esta cruce de dos fiscales.
10:39Entonces, en la parte de Patricia Benavides,
10:43¿nunca ha logrado una orden judicial?
10:46No, nunca.
10:49Nunca.
10:50De acuerdo.
10:51A la señora Benavides, en el peor de los casos,
10:54ella en todo caso es fiscal suprema.
10:56Pero no tenían ellos competencia
10:59para bajarse un fiscal de la nación,
11:02porque esa es una competencia
11:04de la Junta de Fiscales Supremos.
11:06Y en todo caso debieron explicar,
11:08justificar, sustentar,
11:10en qué norma, en qué ley,
11:12en qué parte de la Constitución
11:14se basaban para decir eso.
11:16Y eso nosotros siempre dijimos,
11:17no hay ni una sola línea.
11:19El juez constitucional acaba de verificar
11:21que lo que dijimos era verdad.
11:23No hay ni un solo sustento sobre el particular.
11:27Como no hay ningún sustento sobre el particular,
11:29todo fue híbrito,
11:30todo fue arbitrario.
11:32Se le catalogó de un desacato que no había.
11:35Se le abrió un procedimiento disciplinario
11:37sin garantías.
11:38Y encima se la suspendió.
11:41Por eso es que lo que digo es,
11:43hay que encontrar responsables,
11:45responsables bastante claro,
11:47identificados con nombre y apellido.
11:49Es la Junta Nacional de Justicia.
11:52Y lo digo basado en una orden judicial,
11:54no administrativa.
11:57Por último,
11:58¿cuándo estaría regresando
12:02como fiscal de la Nación,
12:04Delia Espinosa?
12:06La Junta Nacional de Justicia
12:08tiene cinco días
12:10porque eso es lo que dice el mandato judicial.
12:13Bueno, es que ellos le han suspendido
12:15ahora un procedimiento disciplinario
12:16derivado de esta orden constitucional
12:18de pretender darle el cargo
12:20de fiscal de la Nación.
12:21No es bien haber habido.
12:22Entonces, lo que ha dicho el juez es,
12:25usted tiene cinco días
12:27como máximo
12:28para reponerla.
12:30Y eso es lo que tiene que hacer.
12:32Y reponerla significa
12:32devolverle su condición
12:34con todos los efectos
12:35de ser fiscal suprema
12:36porque
12:37obviamente siendo fiscal suprema
12:39el fiscal de la Nación.
12:40de acuerdo.
12:42Entonces, vamos a esperar
12:45qué es lo que hace
12:47la Junta Nacional de Justicia
12:49que me imagino
12:51se allanará
12:52a lo que dice
12:53el Poder Judicial
12:54porque ellos
12:55cuando
12:55no se allanaron
12:58a sus
12:58resoluciones
13:00criticaron
13:02administrativas
13:03así es
13:04administrativas
13:04no judiciales
13:05porque ellos no son un juez
13:07muy bien
13:08ha quedado claro
13:08hay una inmensa diferencia
13:09muy bien
13:11ha quedado
13:12completamente claro
13:13muchísimas gracias
13:14hemos estado
13:14con Luciano López
13:16abogado
13:17de Delia Espinosa
13:18que según esta
13:19resolución
13:20del noveno
13:21juzgado
13:21constitucional
13:23tendría que ser
13:24repuesta
13:25en estos
13:25siguientes
13:26cinco días
13:28y
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