00:23¿Qué es la obligación de saneamiento?
00:32La obligación de saneamiento comprende dos grandes cargas para el vendedor, por decirlo de alguna manera.
00:40La primera, que el vendedor debe garantizarle al comprador que él va a ejercer el derecho de propiedad y la
00:49posesión sobre la cosa de una manera pacífica y tranquila.
00:53O sea que nadie va a venir a molestarlo, nadie va a venir a decirle que esa cosa no es
00:58de él, que es de otra persona o que ejerce una posesión, nada de esas cosas.
01:02De tal manera que si eventualmente llegara a pasar, entonces el vendedor tendrá que venir a proteger al comprador respecto
01:10de esas reclamaciones.
01:12La segunda gran carga, que comprende la obligación de saneamiento, hace referencia entonces a lo que se conoce como los
01:21vicios ocultos o los vicios redevitorios.
01:23¿Qué son los vicios ocultos o los vicios redevitorios?
01:27Son aquellos defectos o aquellos daños que tiene la cosa, de tal manera que en el momento en que el
01:35vendedor se la entrega al comprador,
01:38habrían hecho que él, si se hubiera dado cuenta, no hubiera comprado la cosa o la hubiera comprado por un
01:47precio distinto.
01:48Esos vicios o esos daños deben ser de tal naturaleza que hagan que la cosa no se pueda usar para
01:55lo que habitual, para lo que comúnmente se utiliza.
01:59Los vicios redevitorios imponen entonces al vendedor la obligación de responderle al comprador, repito, porque la cosa se use para
02:11lo que habitualmente se usa.
02:13Si no pudiera hacerlo, entonces el comprador tiene respecto del vendedor varias opciones.
02:21¿Cuáles son esas opciones?
02:23La primera, dice la ley, el comprador podrá pedir que el negocio o el contrato se desbarate, de tal manera
02:33que entonces el comprador devolverá la cosa y el vendedor devolverá el precio que hubiere recibido.
02:40Sin embargo, existe una segunda posibilidad, que es cuál?
02:44Que el comprador continúe con la cosa pero le pida al vendedor que le haga una rebaja en el precio,
02:52o sea, que le haga un ajuste en el precio, teniendo en cuenta que la cosa tiene, como lo hemos
02:58dicho ya varias veces, un defecto que hace que no se pueda usar como habitualmente se utiliza.
03:05Es muy importante tener en cuenta que los vicios se llaman vicios ocultos o redevitorios porque imponen entonces para el
03:13vendedor la obligación de actuar de buena fe, o sea, él debe desconocer al momento en que entrega la cosa
03:21que el vicio existe o no debió haberlo conocido, dice la ley, en atención a su profesión o oficio.
03:28De igual manera, el comprador debe actuar con diligencia, de tal manera que si el vicio es ostensible, es manifiesto,
03:37pues no podrá alegar el día de mañana que se trataba de un vicio oculto o redevitorio.
03:44¿Qué tiempo hay para ejercer las acciones a las que tiene derecho el comprador?
03:49La ley dice que para ejercer la acción redevitoria, o sea, para ejercer la posibilidad de desbaratar el negocio, si
03:57se trata de muebles, muebles son las cosas, lo hemos dicho varias veces en estos tips legales, son las cosas
04:03que se pueden mover, trasladar.
04:04Si se trata de muebles, el término para hacer la reclamación es de 6 meses contados a partir de la
04:11entrega.
04:12Si se trata de inmuebles, o sea, las casas, los dotes, los apartamentos, el término será de un año.
04:20Para ejercer, por el contrario, la acción de rebaja del precio o accio cuanto minoris, como la describe el código,
04:27el término será de un año respecto de los muebles y 18 meses respecto de los inmuebles.
04:34Ahora bien, valga precisar que en todo caso, cuando el vendedor ha obrado de mala fe, el comprador tendrá derecho
04:44o tendrá la posibilidad de reclamar la correspondiente indemnización por los perjuicios que se le hubieran causado por haberle vendido
04:53una cosa que, repetimos, no servía para lo que él la necesitaba.
05:04Gracias.
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