00:00Estamos enlazados telefónicamente con el abogado Juan José Quispe, abogado penalista, parte del equipo del Instituto de Defensa Legal de IDL.
00:10Juan José, muy buenos días.
00:13Nicolás, muy buenos días. Gracias a usted por la oportunidad.
00:16Dos asuntos bien puntuales, Juan José. El primero es, se ha publicado en el peruano la ley 32.523, según la cual
00:25se modifique el código penal y se considera que es un delito de exposición al peligro
00:33el arrojo de residuos sólidos en causas naturales.
00:38Y esto será reprimido con una pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
00:46Y la pena será no menor de cuatro ni mayor de seis si el agente utiliza camiones u otro tipo de maquinaria pesada.
00:54Y no se entiende bien cuál es el sentido de esta ley, a qué se refiere, a contra quién está dirigido.
01:03Mire, Nicolás, esta es otra ley que es un saludo a la bandera.
01:08Una ley que, bien es cierto, podría tener buenas intenciones, pero la palabra clave acá es
01:14arrojar residuos sólidos.
01:17¿Y qué se entiende por residuos sólidos en el cauce, la ribera o la faja marginal de un río?
01:25Vamos a poner como ejemplo el río Rima, ¿no?
01:29Debajo del puente, en una parte de cualquier distrito que conduce el río
01:36o por donde pase el río, se está penalizando con penas bajas, muy bajas, de dos a cuatro años,
01:48a quien arroje esta residuos sólidos, es decir, a quien arroje basura, para quien se entienda mejor, ¿no?
02:00Claro, pero eso es una práctica, o sea, en el Perú una de las crisis que hay es la de la sanidad, ¿no es cierto?
02:08La del manejo, entre otras cosas, de los residuos sólidos.
02:12No tenemos un manejo de los residuos sólidos adecuados y se tira la basura en cualquier lado.
02:18Hay botaderos, los ríos son usados para botar basura, pero como una práctica muy común, ¿no?
02:25Sí, lo que se ha querido es penalizar, adecuarle un tipo penal a las personas que,
02:36mediante el arrojo de residuos sólidos, de manera grabada a través de camiones,
02:42lo hacen en cualquier parte del río, exponen al peligro a las personas que luego van a llevar a su hogar
02:55esta clase de agua contaminada.
02:59Pero como tú bien dices, pasa por un estado que nosotros tomamos de la tarjea,
03:06es un agua que ya pasa por un proceso donde finalmente es apto para el consumo humano.
03:13Pero más allá de eso, te quiero decir dos cosas.
03:15Primero, así sea en la forma normal del artículo 125A, que es la incorporación,
03:24y el 125A2, que es la forma grabada,
03:29las penas no van de dos a cuatro años,
03:32y en el caso de que se arroje con maquinaria pesada, la pena será de hasta seis años.
03:39De acuerdo a eso, Nicolás, la norma penal peruana,
03:44para el primer caso, no hay prisión preventiva, porque no pasa los cinco años,
03:50y para el segundo caso, podría haber una suerte de prisión preventiva
03:54siempre y cuando haya flagrancia en el delito,
03:56o algún otro, digamos, investigación fiscal.
04:03Pero más allá de ello, Nicolás, lo que acá nosotros no estamos viendo,
04:09y mira, te voy a poner en comparación con el delito que está tipificado en el artículo 304,
04:16que es la contaminación del ambiente,
04:19que eso sí estamos viendo, por ejemplo, en La Oroya,
04:22que estamos viendo en los ríos Marañón, Amazonas,
04:26donde sí se arrojan sustancias que no solamente van a contaminar los ríos,
04:37sino van a contaminar el medio ambiente y van a ocasionar serias lesiones y muertes
04:42a quienes consuman esta o que son generalmente miembros de comunidades indígenas.
04:47Y en esos casos, Nicolás, para que tú veas la disparidad que hay,
04:52la pena por contaminar ríos es de cuatro a seis años.
04:59Y ahora la pena por arrojar desechos sólidos es de dos a cuatro años.
05:05Yo creo que acá lo que ha debido de ponerse es una sanción mucho más grave
05:10la contaminación del medio ambiente a través de la contaminación de los ríos
05:15con lo que las diferentes compañías mineras y petroleras arrojan directamente.
05:22Y no, pues, lo que ya estamos acostumbrados a una contaminación
05:28donde prácticamente las personas que no pueden esperar a un...
05:36Claro, porque...
05:37No, no, sí.
05:38A un carro de la...
05:39Entiendo, porque...
05:40O sea, por ejemplo, cuando tú hablas del tema petrolero,
05:44para hablar específicamente de eso,
05:46se habla de la remediación,
05:48lo cual parte del reconocimiento
05:50que las operaciones petroleras durante décadas
05:53han producido gravísimos daños ambientales
05:57a algo tan vital como los ríos.
06:01Es decir, porque los ríos no solo son los medios de transporte,
06:03son los medios de vida, ¿no es cierto?
06:05De ahí pescan, de ahí comen nuestras comunidades, ¿no es cierto?
06:10Pero se tiene una mirada
06:12de que esa remediación debe ser una compensación económica.
06:15O sea, ahí hay un delito.
06:16O sea, se ha producido un crimen contra el medio ambiente
06:20y contra la salud de la gente, ¿no?
06:22Por supuesto.
06:23Y eso...
06:24¡Qué exitosa!
06:25En donde tienen que ver las empresas grandes,
06:28las empresas extranjeras,
06:30las que nos traen divisas según los congresistas,
06:34que no es tan alejado de la realidad,
06:38pero que no solamente contamina los ríos,
06:41que es fuente y vida para los miembros
06:43de las comunidades indígenas,
06:44sino también que por ahí circulan diferentes embarcaciones,
06:51que comen los peces que están ahí.
06:54En fin, entonces yo creo que lo que se ha debido de hacer
06:57es no solamente penalizar a aquellas personas
07:01que botan desechos sólidos a los ríos,
07:07sino yo creo que hubiese bastado con un tema netamente económico.
07:14Pero en cambio,
07:15el otro que es mucho más grave,
07:17como tú lo estás acentuando, Nicolás,
07:20tenemos unas penas muy bajas,
07:22que finalmente es otro saludo a la bandera,
07:25porque ahora, como tú sabrás,
07:27con el Congreso,
07:29con las leyes que no quieren,
07:30no quieren aceptar leyes pro-crimen,
07:35una persona no puede ir,
07:38o puede pedir inclusive,
07:40el cambio de pena efectiva
07:42de hasta 12 años
07:43por una conversión de servicios comunitarios.
07:47Imagínate,
07:48es decir,
07:48si una persona
07:49que contamina nuestros ríos,
07:52contamina,
07:53y que causa la muerte
07:54de los pobladores,
07:58le imponen seis años,
08:01al día siguiente de la sentencia
08:03está pidiendo la conversión
08:04de pena efectiva
08:05por una conversión
08:06de grilletes electrónicos
08:08o de servicios a la comunidad,
08:13y se va a su casa como final.
08:15Eso es lo que está haciendo el Congreso,
08:16y más bien,
08:17no está,
08:18no solamente imponiendo
08:20una reparación civil ejemplar,
08:23sino también una pena
08:24alta
08:25que impida
08:27que sigan cometiendo
08:28estos estropizos
08:29contra nuestros ríos.
08:31Y ahora,
08:31esta nueva ley
08:32es simplemente
08:33para que se comente,
08:36se haga excesivo
08:38debates,
08:40pero que finalmente
08:40no terminan en nada.
08:42¿Por qué?
08:43Porque es una práctica usual.
08:44Lo lógico,
08:45acá hubiese sido
08:46que se ponga
08:47una sanción económica
08:49bastante fuerte,
08:50y eso va a hacer
08:51que las personas
08:51pues ya no voten
08:53desechos
08:54al río,
08:56a los diferentes ríos
08:56que tenemos.
08:58Juan José,
08:58te agradezco mucho
08:59por atendernos,
09:00ha sido muy gentil,
09:01Juan José Quispe,
09:02abogado penalista
09:03del Instituto de Defensa Legal,
09:04ha estado con nosotros.
09:05Muchas gracias,
09:06muy buenos días.
09:06Gracias.
09:07Muy buenos días.
09:08Gracias a ustedes.
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