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  • hace 15 minutos

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00:00¿Qué establece los procedimientos de exclusión sucesoral?
00:02Uno es la indignidad, que está en el Código Civil, en los artículos 727 y siguientes,
00:08que opera, no vamos a decir al margen de la voluntad del de Cuyos,
00:12pero opera casi automáticamente porque son causas cegradas, bien tasadas,
00:18por las cuales un heredero pierde su derecho a heredar.
00:21¿Cuáles son esas causas?
00:23En primer lugar, haber sido condenado por asesinar o intentar asesinar al de Cuyos.
00:28Eso tiene algunas implicaciones jurídico-técnicas más profundas, pero en...
00:33Pero yo creo que no es complicado, la gente lo entiende, pero está de descuidar al viejito.
00:40Sí. En el artículo 727 no está esa causa de indignidad,
00:48porque la indignidad técnicamente es algo distinto a la deceleración.
00:51Ah, ok.
00:52¿Dónde sí está la deceleración? Está una causa similar en la ley 1097-1097-1946.
01:02Esa ley implementa un proceso de deceleración voluntario, un proceso de deceleración,
01:08que el padre puede interponer libremente contra el hijo que él quiera excluir de su sucesión.
01:14¿Eso sería por testamento también?
01:16No, él tendría que demandar al hijo. Sería una demanda que produce una sentencia que deshereda o que excluya al hijo de la sucesión.
01:25Pero que regularmente los padres no hacen eso.
01:28No hacen problema ni eso.
01:28Pero pueden hacerlo los hermanos.
01:32Los hermanos técnicamente no, pero hay...
01:35Ni siquiera cuando desaparece el padre, porque hay padres que no...
01:39Bueno, le digo, la ley no lo permite, porque la ley solo permite esa acción, es personalísima,
01:45solo permite esa acción a favor del padre, de la madre o del ascendiente que quiera desheredar a un descendiente.
01:51Ok.
01:52La ley textualmente dice eso.
01:54Sin embargo, la Suprema, en las sentencias que hemos estado analizando,
01:59ha admitido que los hermanos...
02:01Por ejemplo, hay una causa que a mí me llama mucho la atención, que es inacción para proveer cuidados o desafecto.
02:09La Suprema ha admitido que los hermanos, luego de la desaparición del padre, o incluso con el padre vivo,
02:17puedan promover esa acción para excluir al hermano que no haya provisto los cuidados necesarios al padre.
02:26¿Y qué tan exitoso puede ser un...
02:28Bueno, en las sentencias que he estado revisando, le dan la calidad, es decir, permite que el hermano demande,
02:33pero al final la sentencia rechaza la demanda, porque la Suprema dice que no se probó cuál de los hermanos
02:40era el que tenía la obligación y cuál de los hermanos fue el que incumplió.
02:43Pero se abre la puerta para que el hermano pueda hacerlo.
02:46De repente, si yo digo, mi hermano, yo vivo fuera, y mi hermano era el que tenía la capacidad
02:50y la obligación más próxima de socorrer a mi papá y no lo hizo, lo dejó, digamos, no morir,
02:57pero lo dejó pasar hambre, lo dejó pasar trabajo.
03:02Yo puedo, en teoría, apoderar un tribunal y decirle, excluyanlo de la sucesión.
03:07Claro, yo tendría que probar que mi padre o está incapacitado, o mi padre de alguna manera está de acuerdo,
03:15involucrarlo en la acción, porque si de repente mi padre participa y dice,
03:18no, yo no lo quiero desheredar, ya la acción se cae.
03:22Porque la acción, repito, le pertenece exclusivamente al padre o a la madre.
03:26Ok, perfecto.
03:27¡Gracias!
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