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  • hace 10 horas

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Transcripción
00:00Fijaros que habla de garantía integral y que habla de la libertad sexual.
00:05Una de las maneras de proteger a todos y a todas en ese bien jurídico que es la libertad sexual
00:13es la respuesta penal, pero no es la única.
00:16Y por eso la ley se llama de garantía integral, porque tiene un montón de normas
00:21que van dirigidas a proteger a las víctimas de todas las violencias sexuales
00:26de manera integral, multidisciplinar y especializada.
00:30Y sin embargo, todo el foco, toda la polémica, se ha producido como consecuencia del derecho transitorio,
00:38la ley penal más favorable.
00:41Los que llevamos muchos años en el mundo del derecho hemos asistido a múltiples reformas.
00:47Yo aprobé las oposiciones en el año 89, entré, tomé posesión en febrero del 90.
00:52En el 95 se dictó un nuevo código penal y ese código penal derogó el código penal de 1989,
01:00íntegramente, y tenía un derecho transitorio que tuvimos que aplicar.
01:04Se produjeron rebajas de penas, se produjeron efectos retroactivos de lo que la ley penal era más favorable,
01:12que era el código penal de 1995, y todos supimos que eso era la normalidad jurídica.
01:17No había ningún problema.
01:18Se modificó por la ley orgánica 1.2004, se modificó en el 2010, se modificó el código penal en el 2015.
01:26Hemos asistido a rebajas de penas importantes para traficantes de drogas, en situaciones de blanqueo de dinero.
01:33Y lo hemos hecho.
01:34Hay una ley penal más favorable, se tiene que aplicar, porque es la ley que beneficia al reo
01:39o al que está pendiente de enjuiciamiento, y lo hemos asumido porque, una,
01:44la política criminal está en manos del legislativo, y el legislativo tiene que decidir qué conducta sanciona y cómo la sanciona.
01:51Y si hay una modificación, si es más grave, no se puede aplicar retroactivamente,
01:56pero si la consecuencia penal es menos grave, se tiene que aplicar retroactivamente.
02:01Y lo hemos afrontado con absoluta normalidad jurídica.
02:04La ley del solo sí es sí, la ley orgánica 10.22, ha producido un enfrentamiento dialéctico
02:12que a mí me parece que nos coloca en una posición de crisis que no debería haber existido nunca.
02:19Yo creo que tenemos que analizar la ley desde el sosiego, desde la tranquilidad,
02:24desde el criterio jurídico, desde el fundamento, pero siempre desde el respeto a la discrepancia.
02:30No tenemos que acalorarnos, no tenemos que insultarnos.
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