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  • hace 1 día
El coordinador General de Política y Gobierno de la Presidencia, Arturo Zaldívar, celebró la aprobación de la reforma a la Ley de Amparo en la Cámara de Diputados y defendió la iniciativa al explicar que el dictamen busca hacer los trámites más ágile

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Transcripción
00:00...suspensión para alargar actividades que no era correcto que se estuvieran realizando,
00:07se tuvo que modificar el amparo.
00:09Así tenemos, por ejemplo, que la ley de amparo vigente establece que no procede el amparo
00:15para la continuación de centros de vicio o de centros de apuesta o casinos
00:21o para que no se paguen pensiones alimenticias, entre otros muchos supuestos.
00:27En la ley de amparo vigente hay 13 supuestos en el artículo 128 y otro en el artículo 129,
00:36es decir, 14 supuestos que el legislador ha decidido a lo largo de la historia
00:43que ahí no debe de haber suspensión.
00:46¿Qué es lo que se hizo en esta reforma?
00:48Primero, evitar el abuso que se estaba haciendo con suspensiones
00:54para dificultar y obstaculizar el combate al lavado de dinero.
00:59Creo que todas y todos nosotros podemos estar de acuerdo
01:03que una institución tan noble como el amparo no puede servir
01:08para defender y proteger a gente que se dedica a lavar dinero
01:12y ser parte de la delincuencia organizada.
01:15Sin embargo, por criterios, desde mi punto de vista, erróneos
01:20de la Corte y de algunos tribunales federales,
01:24se venían levantando todos los bloqueos a cuentas de presuntos delincuentes.
01:31Entonces, en la reforma que se establece,
01:34si hay un bloqueo de cuentas por la UIF,
01:38en principio no procede la suspensión.
01:41Pero, ¿qué pasa si una persona no forma parte
01:46de una organización de lavado de dinero
01:48y se le bloqueó su cuenta por error?
01:51Tiene la oportunidad, de acuerdo con la ley,
01:55de acreditar el origen lícito del recurso
01:57y en ese momento se le otorga la suspensión.
02:01Pero aún cuando a una persona no se le otorgue la suspensión
02:06y quede bloqueada la cuenta,
02:08se le permitirá, de acuerdo con la reforma,
02:12lo que se llama el mínimo vital,
02:14que pueda pagar los salarios de sus trabajadores,
02:17sus impuestos, las pensiones alimenticias, etc.
02:21Es una postura equilibrada de la ley.
02:25No se va a afectar a las personas
02:28que de buena fe tienen sus recursos
02:32y por un error o por alguna otra cuestión
02:36se bloquearon sus cuentas,
02:38se les protegerá con la suspensión,
02:40pero a los que en principio,
02:42de manera determinante,
02:45importante,
02:46están participando en una organización
02:48de lavado de dinero,
02:50pues no se les van a desbloquear las cuentas,
02:52porque con estos desbloqueos
02:54se pierden esos recursos,
02:56no los puede recuperar el Estado,
02:58se dificulta y a veces imposibilita
03:01el combate al lavado de dinero
03:03y esos recursos ilícitos
03:06siguen funcionando y alimentando
03:08al crimen organizado.
03:10Me parece que es claro
03:11que la sociedad está interesada
03:14que el Estado pueda cumplir con sus fines.
03:17El amparo debe proteger los derechos humanos
03:20de todas las personas,
03:22pero no puede ser instrumento
03:23en manos de delincuentes
03:27para generar daños a la sociedad.
03:30Otro aspecto de la suspensión
03:32es que cuando se trata
03:34de una actividad federal
03:37sujeta a un permiso,
03:40a una licencia o una concesión
03:42y la persona no goza
03:45con este permiso, licencia o concesión,
03:48pues no puede tener la suspensión.
03:51Esto es muy obvio,
03:52porque la suspensión del amparo
03:54estaría sustituyendo
03:55a una licencia,
03:57un permiso o una concesión
03:59que le toca otorgarla
04:01a una autoridad federal.
04:03Como pueden ver,
04:04no hay nada de qué preocuparse
04:06en la suspensión.
04:08Las personas podrán seguir disfrutando
04:11de este beneficio
04:12cuando haya un acto
04:14que consideran arbitrario
04:15de la autoridad
04:16en defensa de sus derechos humanos,
04:19utilizarán el amparo
04:20y tendrán la suspensión.
04:23Y el último aspecto
04:25que me parece muy importante,
04:27que sí ha preocupado
04:29por razones obvias
04:31a algunas personas,
04:32es el tema
04:33de los créditos fiscales
04:35firmes
04:36que la Presidenta
04:37ha explicado ya aquí
04:39en varias ocasiones.
04:41¿Qué ocurre hasta ahora?
04:42Cuando el SAT
04:44pretende cobrar
04:46un crédito fiscal,
04:48las personas
04:49tienen todo el derecho
04:50de presentar
04:52los medios de defensa
04:53a su alcance
04:54para determinar
04:56que ese crédito
04:57que se les está cobrando
04:58no es legal,
05:03no tiene sentido,
05:05es incorrecto,
05:07la cuantía no es adecuada
05:08y para eso
05:09tiene tanto
05:10recursos administrativos,
05:13juicios de nulidad
05:13y obviamente el amparo.
05:16Estos procesos
05:17para poder determinar
05:19en definitivo
05:20un crédito
05:20a veces duran
05:22muchos años
05:22y cuando la Corte
05:25ya decide,
05:26la Suprema Corte,
05:28que un crédito fiscal
05:29está ya atasado,
05:31digamos,
05:32debes
05:32100 millones de pesos,
05:35esta cantidad
05:35ya no puede
05:37moverse,
05:38pero ¿qué sucede?
05:39Cuando inicia
05:40el procedimiento
05:41de cobro
05:42la autoridad
05:43hacendaria,
05:45muchas empresas
05:46y personas
05:47inician
05:48una defensa
05:49adicional
05:49con múltiples
05:51medios de defensa,
05:52recursos,
05:53juicios de nulidad,
05:54amparos,
05:55etcétera,
05:55y este proceso,
05:57estos procedimientos
05:58para cobrar
05:59pueden durar
06:01también
06:01muchos años
06:02con un daño
06:03enorme
06:04a la colectividad,
06:06a la sociedad,
06:07al pueblo
06:07de México
06:08porque esos recursos
06:09que tendrían
06:10que haberse pagado
06:11al erario
06:12no se pagan
06:13durante muchos
06:14años.
06:16A veces
06:16un crédito
06:17que se fija
06:19después de mucho tiempo
06:20en una administración
06:21pasa,
06:23todo el sexenio
06:23no se ha podido cobrar,
06:25tenemos muchos casos
06:26de estos.
06:28Entonces,
06:28¿qué se aprobó
06:30en la ley de amparo?
06:31Que a partir
06:32de que entre en vigor,
06:33una vez que hay
06:34un crédito firme,
06:35las diferentes etapas
06:38del procedimiento
06:39de cobro
06:40no se pueden impugnar,
06:42se impugnará
06:43la resolución final.
06:45Esto no afecta
06:46a la defensa
06:47de los particulares
06:48ni de los deudores.
06:50Al final
06:50del procedimiento
06:52podrán
06:53hacer valer
06:54todas las defensas
06:55que quieran.
06:56y si se equivocó
06:58la autoridad,
06:59se les otorgará
07:00el amparo,
07:00obviamente,
07:01pero si no,
07:03tendrán que pagar
07:04y el procedimiento
07:05se acorta
07:06durante
07:07varios años.
07:09Como ustedes
07:10pueden ver,
07:11el amparo,
07:12por un lado,
07:13se hace más ágil,
07:15se hace más cercano,
07:17no se limite
07:17el acceso.
07:19Los dos supuestos
07:20de subvención
07:21que referí
07:21me parece
07:22que tienen sentido,
07:24que son lógicos,
07:25que eran abusos
07:27que había que corregir
07:28y, por otro lado,
07:30me parece también
07:31que todos estamos
07:32interesados
07:33en que quien debe
07:34impuestos
07:35los pague
07:36sin afectar
07:38sus defensas,
07:39pero haciendo
07:39que los procesos
07:41sean más cortos.
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