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  • hace 3 meses
La mandataria señaló que la redacción de la minuta “no quedó bien”, por lo que es necesario corregirla en la Cámara de Diputados.

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Transcripción
00:00La ley de amparo, la ley de amparo va, por lo que sabemos, va a pasar a Cámara de Diputados.
00:08Ya se publicó lo que aprobó el Senado.
00:11Nosotros seguimos manteniendo que ese transitorio tiene que modificarse porque no se explica bien.
00:19Aquí presentó el ministro Saldívar una propuesta de redacción
00:25que salva cualquier problema que tuviera que ver con la retroactividad,
00:32pero pues ya dependerá de la Cámara de Diputados.
00:34Si la Cámara de Diputados decide modificar el transitorio o alguna otra modificación,
00:41tendrá que regresar al Senado para una siguiente aprobación una vez que la Cámara de Diputados lo modifica.
00:48¿Se presenta en qué sale la Cámara de Diputados para resolver múltiples casos que obviamente se han caído?
00:56Más bien lo que...
01:01En el caso penal, por ejemplo,
01:07¿de qué ayuda la ley de amparo que se está presentando?
01:11Hacer más expedito todo.
01:13En cualquier caso, incluso mercantiles.
01:15O sea, lo que se está planteando es que no se lleven 15 años los casos en un amparo.
01:22¿Qué es la ley de amparo?
01:24¿O qué es el amparo que está en nuestra...?
01:27Bueno, no sé si aquí hay abogados, si no me corrija aquí el señor fiscal, el doctor en derecho, el fiscal.
01:34El amparo protege al ciudadano frente a un acto de autoridad.
01:37Es algo muy importante en nuestras leyes.
01:40Muy importante en nuestra Constitución y en nuestras leyes.
01:42Si una autoridad hace un acto de autoridad contra una persona,
01:49la persona tiene derecho a ampararse y decir,
01:52es injusto lo que la autoridad me está...
01:57por lo que la autoridad me está emanando, sea penal, sea mercantil, sea civil.
02:01Tiene derecho el ciudadano a decir, la autoridad fiscalía o un acto administrativo o un acto de otro tipo está cometiendo una injusticia contra mí.
02:12Tengo derecho a ampararme.
02:14Ese derecho que está establecido en nuestra Constitución está totalmente resguardado.
02:21Si una persona se ampara frente a un acto de autoridad y esa persona gana en primera instancia y la autoridad cree que es injusto, se va a una siguiente instancia.
02:34En esta siguiente instancia, el ciudadano puede volver a ampararse.
02:38Si en una siguiente instancia gana el ciudadano y la autoridad considera que se cometió una injusticia y que se le está dando razón al ciudadano y la autoridad tiene razón,
02:50puede irse a la siguiente instancia hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
02:55Puede haber el caso también en que el ciudadano gana el amparo y la autoridad dice, bueno, hasta ahí porque asume que hubo una equivocación.
03:04Pero ¿qué pasa también con la ley de amparo? Hay suspensiones provisionales.
03:11Hay un acto de autoridad contra una persona y el juicio de amparo lleva tiempo.
03:17Entonces la persona tiene derecho a decir o a ir ante el juez y que el juez diga, te doy una suspensión provisional y que las cosas queden como están.
03:28Es decir, estás libre mientras sigue el proceso.
03:31Y después hay una suspensión definitiva hasta que se resuelva.
03:38Todo eso, en muchos casos, lleva 15 años.
03:44La primera instancia, la segunda instancia, la suspensión, la no suspensión.
03:49Entonces, ¿qué hace la ley de amparo? Reducir los tiempos.
03:52Para que no lleve 15 años.
03:55Para beneficio también del ciudadano, no solamente de la autoridad.
03:59Porque son demasiado tiempo.
04:02Ahora, en particular, en lo que tiene que ver cuando ya decidió la Corte.
04:08Y en particular, cuando decide la Corte frente a personas que le deben al fisco.
04:15Resulta que aunque decidiera la Corte después de 15 años, todavía el ciudadano se puede amparar frente al acto de autoridad de la resolución de la Corte.
04:30Entonces, ¿ahora qué dice la ley de amparo?
04:34Bueno, sí te puedes amparar, pero no va a haber suspensión.
04:38Después de que la Corte decida.
04:41No hay suspensión, puede seguir el proceso.
04:46Te puedes amparar, pero cuando llegue ya la decisión definitiva del amparo,
04:53tú tienes que poner lo que le debes al fisco en garantía.
05:01Hasta que se resuelva el juicio que lleva menos tiempo.
05:04Pero estamos hablando de juicios que ya tienen 15 años y que hay una decisión de la Corte.
05:09Todavía en esa circunstancia se permite el amparo.
05:13Lo que ya no se permite es la suspensión.
05:16Eso es lo que es el juicio de amparo.
05:18Ahora, le pusieron un transitorio que no quedaba claro en qué casos te sigues con la ley anterior
05:26y en qué casos te sigues con la ley nueva.
05:29Y eso es lo que nosotros decimos, que se aclare bien.
05:33Porque el transitorio que le puso el Senado no se entiende.
05:38No quedó bien la redacción.
05:40Que la Cámara de Diputados ayude a que quede muy claro,
05:44de acuerdo a los criterios de la Corte, de la Corte anterior de jurisprudencia,
05:50en qué casos sigue la ley anterior y en qué casos ya viene la nueva
05:55de juicios que se están llevando en la actualidad.
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