En entrevista con Exitosa, el abogado de Gino Ríos, Julio Rodríguez, aseguró que si su patrocinado hubiese sido condenado por delito doloso, nunca habría sido designado como presidente de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Por ello, se ratificó su permanencia como titular de dicha institución.
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00:00En clara, él no puede ser designado si es que él habría sido condenado por delito doloso o tenga medidas de acuerdo a la ley 30.000.364.
00:12Va a quedar como presidente de la Junta Nacional de Justicia.
00:19Recordemos que dos congresistas, Ruth Luque, la congresista también Flor Pablo, interpusieron un pedido de vacancia contra él, precisamente por lo que les comentaba, porque él no había presentado esta sentencia por violencia familiar.
00:40Hoy día se ha discutido o ya se había discutido y hoy día se ha sabido de que él no ha sido vacado.
00:47Vamos a hablar nosotros con su abogado. El abogado de Gino Ríos ha sido Julio Rodríguez.
00:55Le damos la bienvenida precisamente al doctor Rodríguez a exitosa. Bienvenido, doctor Rodríguez.
01:02Muy buenas noches, Karina. Un placer para mí estar con usted.
01:05Muchísimas gracias por contestar y por estar aquí en esta entrevista.
01:08Nosotros entrevistamos, yo entrevisté aquí en este programa, en Informamos y Opinamos, a la congresista Flor Pablo y también a Ruth Luque.
01:20Y las dos coincidían en que el presidente de la Junta Nacional de Justicia tenía que ser una persona idónea
01:30y que no debía tener este tipo de comportamiento, no podía tener, arrastrar una sentencia por violencia familiar,
01:40por haber maltratado y hasta pegado, ¿no?
01:45Porque su esposa después ha dicho a varios medios de comunicación de que fue maltratada hasta físicamente por Gino Ríos.
01:54Ellas interpusieron esta documentación, esto pedido de vacancia, que hoy día ha sido descartado.
02:04¿Por qué debería Gino Ríos mantenerse en el cargo?
02:08A ver, Karina, mira usted, yo creo que muchos de los congresistas, incluso el que yo escuché minutos antes de que usted me pusiera al aire,
02:20se escudan en la inmunidad parlamentaria para decir mentiras groseras.
02:24Primera gran mentira, el doctor Ríos Patio nunca fue objeto de ningún proceso por haber violentado a su ex cónyuge.
02:34El proceso fue en su momento de divorcio, un proceso civil.
02:40Y lo que concluyó un examen pericial es que ella tenía un estrés producto de la dificultad en la relación conyugal.
02:50La ansiedad es lo que concluye el informe.
02:54No concluye el informe que ella haya sido objeto de violencia psicológica y menos aún física.
03:03Nunca estuvo en discusión la eventual violencia física, Karina.
03:08Por lo tanto, lo que mencionan las congresistas que tú acabas de mencionar y resumir sus declaraciones
03:14son mentiras groseras, que no se sustentan en nada de lo que estaba en el expediente,
03:20expediente que tuvo a la vista en su oportunidad, y lo repito claramente,
03:26el comité evaluador y preguntas al respecto le hicieron.
03:31Por lo tanto, lo que dijo el congresista que me antecedió en la entrevista es otra grosera mentira.
03:37No, se ocultó ningún expediente, ninguna sentencia, y como usted sabe, Karina,
03:42las sentencias que tienen naturaleza de cosa juzgada son públicas, se conocen.
03:49Doctor, explíquenos, por favor, por qué el dominical cuarto poder mostró la documentación.
03:57Nosotros vimos esa documentación de una sentencia de mayo del 2011 del primer juzgado transitorio especializado
04:06de familia de La Molina y Cieneguilla, que hablaba de maltrato psicológico y que era una sentencia
04:14por violencia familiar.
04:16¿Por qué esto, cuando se pregunta después en el proceso de selección, no estuvo frente a los examinadores?
04:27No, es que no estuvo, Karina. Eso es mentira. Estuvo.
04:32Y el presidente del Poder Judicial, de aquel entonces, el doctor Calderón,
04:37le preguntó al doctor Ríos Patio al respecto.
04:40No se ha ocultado.
04:41Y hay que hacer claramente la diferencia.
04:45La norma vigente en aquel momento, distinta a la actual,
04:51establecía que esto era parte de un procedimiento de familia.
04:54Y por lo tanto, a la hora de establecer en el dictamen de carácter pericial,
05:01lo que dice es que tiene ansiedad producto del conflicto conyugal.
05:07Exactamente el mismo resultado que se le dio al doctor Ríos Patio en el mismo proceso.
05:14Pero entonces, no logro entender, ¿es una sentencia por violencia familiar?
05:21Sí es una sentencia por violencia familiar, por este juzgado especializado de familia en La Molina y Cieneguilla.
05:29Pero eso fue producto de una medida cautelar dentro del proceso de divorcio.
05:35No está acorde con la ley que está vigente el día de hoy,
05:39que es la ley que regula la vacancia en el procedimiento que tiene la Junta Nacional de Justicia.
05:45Y vuelvo a repetir, los estándares fijados en aquel entonces, en esa pericia,
05:51el día de hoy, con el manual que establece la nueva ley,
05:56se determinaría que no es ningún tipo de violencia.
06:01Para que usted lo tenga claro.
06:03La ansiedad, producto del conflicto conyugal,
06:06que eso es lo que literalmente dice el peritaje oficial del Ministerio Público de aquel entonces,
06:12el día de hoy, en los protocolos y manuales,
06:15no se establece como un caso de violencia.
06:17Entonces, usted me habla de ansiedad, no de golpes.
06:22No, y hay más.
06:24A ver, Karine, es importantísimo.
06:26La ex cónyuge del doctor Ríos Patio envió una carta a la Junta Nacional de Justicia
06:32señalando enfáticamente que ese proceso que le siguió al doctor Ríos Patio
06:39fue producto de una mala asesoría
06:41y que nunca ha tenido ningún tipo de conflicto con él
06:45en donde ella haya sido víctima de algún tipo de violencia.
06:50Nunca física, nunca estuvo en discusión, ni tampoco psicológica.
06:53¿En qué año mandó eso?
06:55Le hago esta pregunta, por favor, pero me lo responde después de la pausa.
06:58Porque en el año 2025, cuando se abre el proceso de vacancia,
07:03ella ha dado declaraciones y habla de maltrato físico.
07:08Yo quiero, por favor, que nos explique qué es lo que ha sucedido
07:12porque también nos queda un sin sabor
07:17porque se supone que en la norma se habla de idoneidad
07:23y cuando hay idoneidad esta falta por maltrato no físico,
07:32pero hay un maltrato psicológico no calza en la falta de idoneidad.
07:38El tema de la idoneidad no se supone que debería ser de lo más idóneo
07:46una conducta intachable.
07:48el presidente de la Junta Nacional de Justicia
07:51y esto no colisiona con su comportamiento,
07:55por lo menos frente a su esposa.
08:03No lo estoy escuchando.
08:04Bien, dejaste en el área.
08:05Recién lo escucho.
08:06Yo sí lo escucho perfecto.
08:07Recién lo estoy escuchando.
08:09Entonces, esto no colisiona porque lo dice incluso los requisitos
08:14para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia.
08:18A ver, yo le voy a explicar que no es así.
08:21En primer lugar, porque en la pregunta que dejaste al aire antes de la pausa
08:24señalaste que cómo se explicaba si es que la esposa había señalado
08:28que había sido víctima.
08:30Bueno, esto no lo ha dicho nunca la esposa.
08:32Quien acabó señalando ello fue la abogada, la ex abogada de la esposa.
08:38Porque la esposa envió una carta a la Junta Nacional de Justicia
08:41hace un par de semanas, una carta en donde acredita y ella suscribe
08:45que jamás ha sido víctima de un tipo de maltrato psicológico
08:49menos a un físico de parte del doctor Ríos Patio
08:52con quien tiene una relación absolutamente cordial al tener hijos en común.
08:56Y ha sido categórica la esposa al respecto.
09:00Y que además, el proceso que siguió en aquel entonces
09:03fue un proceso que se debió a una mala asesoría.
09:09Es más, es una discusión extremadamente técnica, Karina,
09:14pero el procedimiento que le acaban de seguir al doctor Ríos Patio
09:17estuvo sustentado en la información que acabó trascendiendo
09:24producto de la remisión de copias del expediente que hizo la ex abogada.
09:32Y eso técnicamente se llama en derecho a prueba ilícita.
09:35Por eso el día de hoy la ex abogada de la esposa
09:39está procesada penalmente por delito de afectación a la privacidad
09:45y por vulneración del secreto profesional.
09:49Entonces, técnicamente, lo que se afirma es absolutamente falso.
09:54La norma que dice, la proscripción es, vuelvo a decirlo,
09:58en derecho se llama principio de legalidad, Karina.
10:00Yo no puedo aplicar normas hacia atrás si son prejudiciales.
10:02Y la restricción que tienen en la Junta es que no haya sido condenado
10:07al amparo de la ley 30.364.
10:11¿Cuál es?
10:12Ley que no estaba vigente al momento de los hechos en que sucedieron
10:16los problemas del doctor Ríos Patio.
10:18Dígame.
10:18No se la puedo aplicar retroactivamente.
10:20Dígame.
10:20No tiene sentido.
10:21Dígame.
10:22Ustedes han denunciado a la abogada, entonces.
10:27Ustedes han denunciado a la abogada por...
10:29No.
10:29No.
10:29No.
10:30¿Quién es?
10:30Ni la defensa del doctor Ríos Patio ni el doctor Ríos Patio.
10:34Eso lo ha hecho la ex esposa del doctor Ríos Patio.
10:35La ex esposa, la ex esposa denuncia porque exhibe documentación
10:42que no debió exhibir, que era secreta, que era privada.
10:46Que era privada.
10:47Y que afecta a sus menores hijos en aquel entonces porque eran menores de edad.
10:51Y además ella le enmienda a la plana.
10:55Le enmienda a la plana y manda a la Junta Nacional de Justicia
10:59una versión distinta a la que la abogada dijo.
11:04Correcto.
11:06Muy bien.
11:07Entonces, esto queda...
11:10Va clarificando las cosas.
11:13Solamente para cerrar.
11:14Yo le había hecho una pregunta basada en lo que me dijo el defensor del pueblo,
11:20Josué Gutiérrez, porque él ha sido presidente de este comité de selección.
11:25Él me dijo que él no había tenido a la vista esta documentación
11:33y que no sabía de este proceso, pero yo sí recuerdo que alguien le preguntó
11:39sobre esta denuncia.
11:42Pero, ¿es posible que todos los miembros no hayan tenido toda la documentación a la vista
11:49o es que algunos no revisaron?
11:50El procedimiento establece que hay un miembro que es el miembro, entre comillas, ponente
11:56de cada uno de los postulantes.
11:58Y, por lo tanto, es ese miembro el que exhaustivamente analiza toda la hoja de vida
12:03de cada postulante.
12:05Entonces, esto es lo que sucede en cualquier tipo de comité en donde se tienen
12:08múltiples postulantes que pueden ser designados en el cargo.
12:13Entonces, el que estaba encargado fue el que le hizo el interrogatorio al doctor Ríos Patio
12:17al respecto.
12:18Y el doctor Ríos Patio aclaró de manera categórica por qué la situación de él
12:24no estaba de ninguna manera amparado en la restricción que establecía la ley 30.364.
12:30¿Y en ese momento ya se tenía la versión de la esposa?
12:36Es decir, ¿sabes qué?
12:38No.
12:38En ese momento no, porque nunca en el comité fue evidentemente motivo de cuestionamiento,
12:44porque la norma es bien clara.
12:47Él no puede ser designado si es que él habría sido condenado por delito doloso
12:54o tenga medidas de acuerdo a la ley 30.364.
12:59No puede tener medidas al amparo de una ley que no estaba vigente al momento de los hechos.
13:03Y vuelvo a repetir, tampoco porque en la conclusión de las pericias,
13:08y mire usted que es importante, le practican una pericia a él
13:11y le practican una pericia a ella en ese momento.
13:14Las pericias concluyen exactamente lo mismo.
13:17Reacción ansiosa situacional moderada por producto del conflicto conyugal.
13:23Eso el día de hoy, como lo dice la tabla de la ley vigente de la 30.364,
13:28eso no configura afectación psicológica y es categórico.
13:32Muy bien, ha quedado claro.
13:34Muchísimas gracias por exponernos qué es lo que ha sucedido
13:37y por qué no se le ha bajado a Gino Ríos.
13:41Hemos estado con Julio Rodríguez, abogado de Gino Ríos,
13:44el presidente de la Junta Nacional de Justicia.
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