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  • hace 4 meses
En diálogo con Exitosa, el abogado de Gino Ríos, Julio Rodríguez, reiteró que su patrocinado nunca cometió ningún tipo de agresión contra su exesposa, y remarcó que el dictamen pericial, realizado a ambas partes, estableció que la mujer presentaba un cuadro de estrés ocasionado por su proceso de divorcio.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00En aquel momento, distinta a la actual, establecía que esto era parte de un procedimiento de familia, y por lo tanto, a la hora de establecer en el dictamen de carácter pericial, lo que dice es que tiene ansiedad producto del conflicto conyugal.
00:19El presidente de la Junta Nacional de Justicia tenía que ser una persona idónea y que no debía tener este tipo de comportamiento, no podía tener, arrastrar una sentencia por violencia familiar, por haber maltratado y hasta pegado, ¿no?
00:42Porque su esposa después ha dicho a varios medios de comunicación de que fue maltratada hasta físicamente por Gino Ríos.
00:52Ellas interpusieron esta documentación, esta pedida de vacancia, que hoy día ha sido descartado.
01:01¿Por qué debería Gino Ríos mantenerse en el cargo?
01:05A ver, Karina, mira usted, yo creo que muchos de los congresistas, incluso el que yo escuché minutos antes de que usted me pusiera al aire, se escudan en la inmunidad parlamentaria para decir mentiras groseras.
01:22Primera gran mentira, el doctor Ríos Patio nunca fue objeto de ningún proceso por haber violentado a su ex cónyuge.
01:30El proceso fue su momento de divorcio, un proceso civil, y lo que concluyó un examen pericial es que ella tenía un estrés producto de la dificultad en la relación conyugal, ansiedad, es lo que concluye el informe.
01:51No concluye el informe que ella haya sido objeto de violencia psicológica y menos aún física.
02:00Nunca estuvo en discusión la eventual violencia física, Karina.
02:05Por lo tanto, lo que mencionan las congresistas que tú acabas de mencionar y resumir sus declaraciones son mentiras groseras,
02:13que no se sustentan en nada de lo que estaba en el expediente, expediente que tuvo a la vista en su oportunidad.
02:21Y lo repito claramente, el comité evaluador y preguntas al respecto le hicieron.
02:28Por lo tanto, lo que dijo el congresista que me antecedió en la entrevista es otra grosera mentira.
02:34No se ocultó ningún expediente, ninguna sentencia.
02:38Y como usted sabe, Karina, las sentencias que tienen naturaleza de cosa juzgada son públicas, se conocen.
02:46Doctor, explíquenos, por favor, por qué el dominical cuarto poder mostró la documentación.
02:55Nosotros vimos esa documentación de una sentencia de mayo del 2011 del primer juzgado transitorio especializado de familia de La Molina y Cieneguilla
03:06que hablaba de maltrato psicológico y que era una sentencia por violencia familiar.
03:13¿Por qué esto, cuando se pregunta después en el proceso de selección, no estuvo frente a los examinadores?
03:22No, es que no estuvo, Karina. Eso es mentira. Estuvo.
03:29Y el presidente del Poder Judicial de aquel entonces, el doctor Calderón, le preguntó al doctor Ríos Patio al respecto.
03:37No se ha ocultado.
03:38Y hay que hacer claramente la diferencia.
03:40La norma vigente en aquel momento, distinta a la actual, establecía que eso era parte de un procedimiento de familia.
03:52Y por lo tanto, a la hora de establecer en el dictamen de carácter pericial,
03:58lo que dice es que tiene ansiedad producto del conflicto conyugal.
04:02Exactamente el mismo resultado que se le dio al doctor Ríos Patio en el mismo proceso.
04:12Pero entonces, no logro entender, ¿es una sentencia por violencia familiar?
04:18Sí es una sentencia por violencia familiar por este juzgado especializado de familia en La Molina y Cieneguilla.
04:26Pero eso fue producto de una medida cautelar dentro del proceso de divorcio.
04:32No está acorde con la ley que está vigente el día de hoy,
04:36que es la ley que regula la vacancia en el procedimiento que tiene la Junta Nacional de Justicia.
04:42Y vuelvo a repetir, los estándares fijados en aquel entonces en esa pericia,
04:48el día de hoy, con el manual que establece la nueva ley,
04:53se determinaría que no es ningún tipo de violencia.
04:58Para que usted lo tenga claro.
05:00La ansiedad producto del conflicto conyugal,
05:03que eso es lo que literalmente dice el peritaje oficial del Ministerio Público de aquel entonces,
05:09el día de hoy, en los protocolos y manuales,
05:12no se establece como un caso de violencia.
05:14Y el día de hoy,
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