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  • hace 1 hora
En diálogo con Exitosa, César Delgado-Guembes, exoficial mayor del Congreso, explicó que la Cámara de Senadores podría modificar el texto de la delegación de facultades aprobado por los diputados. Según señaló, incluso podría ampliar lo planteado inicialmente, pero sin alterar la propuesta original del Ejecutivo.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00La restricción señala que no se puede desnaturalizar el proyecto, tampoco se puede afectar la finalidad que haya tenido la
00:08norma que fue aprobada por diputados.
00:11Dentro de esos límites, el Senado sí podría integrar todo aquello que fue en materia de la evaluación por diputados,
00:18lo cual incluye naturalmente el proyecto original presentado por el Poder Ejecutivo.
00:24Por lo tanto, podría incluso aprobar mucho más que lo que apruebe la Cámara de Diputados.
00:31Y estamos conectados ahora con César Delgado Gémez, que es un especialista, exoficial mayor del Congreso, un especialista en temas
00:38parlamentarios y constitucionales.
00:40César, buenos días.
00:41Muy buenos días, Nicolás.
00:43Dos preguntas puntuales para las cuales José tiene respuesta.
00:47Lo primero, el tema este, se ha introducido en el debate el tema de que podría, es más, el señor
00:59Raúl Raúl, líder de un sector de los transportistas, ha convocado una reunión el día viernes,
01:05donde el punto de agenda va a ser, entre otras cosas, reclamar el cierre de la Cámara de Diputados.
01:11Según los procedimientos constitucionales actuales, ¿cuál sería el procedimiento si llegáramos a ese extremo?
01:17Bueno, en principio, de lo que se trata es de aplicar la Constitución de acuerdo a lo que dispone esta,
01:24en el sentido de que para disolver la Cámara de Diputados se requiere la censura de dos gabinetes o la
01:32negación de confianza de dos gabinetes.
01:34El Congreso podría censurar a su propia iniciativa, pero también cabe que el gobierno haga cuestión de confianza respecto de
01:43materias que actualmente no prohíba el artículo 158, inciso A, del reglamento de la Cámara de Diputados,
01:52que a diferencia de lo que ocurría previamente, ahora está bastante circunscrita esa capacidad, porque con este reglamento, a mi
02:02juicio inconstitucional, pero en fin, es lo que se está aplicando,
02:05se señala límites bastante restringidos para que el gabinete pueda presentar una cuestión de confianza.
02:13Las cuestiones de confianza se pueden presentar sobre una competencia exclusiva del Poder Ejecutivo y solo sobre su política general
02:22de gobierno,
02:23pero están excluidos también dentro de ese procedimiento las materias que sean excluyentes y exclusivas del Congreso, de diputados, del
02:33Senado o de cualquier otro órgano constitucional autónomo.
02:37Además, tiene prohibido el gabinete de hacer cuestión de confianza bajo condiciones o plazos, no lo puede hacer.
02:45Esas son las restricciones que se han creado luego de la experiencia que se tuvo en septiembre del año 2019.
02:51En concreto, ahora, es decir, el gobierno no podría decir, solicito facultades legislativas extraordinarias sobre sesenta y seis items,
03:02si no me los dan, hago cuestión de confianza sobre esto, eso no podría hacerlo, porque está hablando de qué,
03:07de legislación, que es una facultad,
03:10que es una potestad del Congreso y que el Congreso le está cediendo al gobierno en el caso de que
03:15así lo decida.
03:16Pero sobre eso no podría haber cuestión de confianza.
03:19En principio no podría, ¿por qué? Como tú lo señalas, porque la legislación es una facultad exclusiva del Congreso.
03:27No es excluyente, porque sí hay casos en los que cabe que se legisle por un órgano distinto al Congreso
03:34cuando la Constitución lo dispone.
03:36Por ejemplo, los decretos de urgencia, los decretos supremos, los tratados internacionales ejecutivos, etcétera.
03:42Pero, en este caso, estamos ante la dificultad de que el Congreso, además, es el que tiene la facultad de
03:51delegar o de no delegar.
03:52Si es una facultad del Congreso dar o no dar algo, obviamente no depende del Poder Ejecutivo que se la
03:59den.
03:59No puede exigir que se la den. Solamente puede hacerlo el Congreso si es que, graciosamente, puede conceder esa liberalidad
04:08y se desprende de la facultad de legislar durante el período que solicita el gobierno.
04:13Si ese supuesto no se da, obviamente no podría ser una cuestión de confianza.
04:19El reglamento también prevé otra cosa, que cuando se presenta una cuestión de confianza y a juicio de la Cámara
04:26esta es improcedente,
04:28cabe el rechazo de plano de esa cuestión de confianza sin que tal rechazo se considere como una denegatoria constitucional
04:37y, por lo tanto, no cabe que cuente como una de las dos causales de negación de confianza que prevé
04:45la Constitución.
04:47Es decir, las posibilidades de, digamos, un cierre de la Cámara de Diputados se han hecho más complejas y más
04:56difíciles de lo que eran antes, ¿no?
04:58O sea, ahora, hay, hay, sí.
05:01En realidad eso se ha debido, Nicolás, al exceso en que incurrió el señor Vizcarra cuando creó el concepto de
05:09denegación fáctica
05:09porque ha forzado la situación de no haber ocurrido que él, libremente, viendo un programa de televisión,
05:17asumiera que la denegatoria de la cuestión previa presentada por la señora Indira Wilka hubiera significado una negación de confianza,
05:26no, nada de esto hubiera ocurrido.
05:27Y tampoco si es que el Tribunal Constitucional no hubiera avalado la denegación fáctica en que incurrió el señor Vizcarra
05:37cuando consideró que esa era la segunda denegación de confianza y, por lo tanto, disolvió el Congreso en septiembre del
05:44año 2019.
05:44Una pregunta bien puntual.
05:47Se ha acordado darle de las sesenta y seis facultades que pidió el gobierno, veinte en la Cámara de Diputados.
05:55Esto tiene que ser elevado, según el procedimiento, ¿no es cierto?, al Senado de la República.
06:03¿Puede el Senado modificar esta decisión y decir no serán veinte, serán más?
06:09¿Puede ocurrir eso o tiene que ser acotado a lo que decidió la Cámara de Diputados?
06:13Nicolás, tú me estás forzando a que sea breve cuando no es fácil, porque en realidad el problema es bastante
06:20más complejo.
06:21La Constitución señala que el Senado puede modificar o rechazar o aprobar un proyecto que venga a diputados.
06:28Hasta ahí la Constitución es clarísima, fortalece tremendamente al Senado respecto de la Cámara de Diputados
06:34en materia de los procesos legislativos, que es a lo que se le llama el proceso legislativo unidireccional.
06:40El Senado no puede tener iniciativa legislativa, solamente la tiene diputados.
06:45Bueno, pero ¿qué pasa?
06:47Que con los reglamentos espurios, con los reglamentos inconstitucionales,
06:51se ha tratado de limitar de alguna forma esa facultad del Senado para modificar.
06:57Pero esa facultad también ha quedado abierta.
07:00¿Por qué?
07:00Porque tanto en el reglamento del Congreso, en el reglamento de la Cámara de Diputados y en el reglamento del
07:07Senado
07:07se señalan las condiciones con las cuales sí se puede modificar.
07:12La modificación no podría, de acuerdo a una interpretación muy restringida,
07:18se diría que el Senado no puede pronunciarse sino sólo sobre aquello que ha sido aprobado por la Cámara de
07:26Diputados.
07:27Sin embargo, en todas las otras normas de los tres reglamentos se señala que lo que se eleva al Senado
07:35no es solamente el texto aprobado por diputados, sino el expediente completo que incluye
07:42tanto el proyecto original, los dictámenes y los proyectos sustitutorios, y además todas las opiniones recibidas.
07:50Entonces, el Senado debe pronunciarse no solamente sobre el texto aprobado por diputados,
07:56sino respecto del íntegro del expediente que fue materia de la evaluación, deliberación, debate y aprobación por diputados.
08:05Por lo tanto, a mi juicio, yo no sé si habrán otras interpretaciones,
08:09pero en principio a mí me parece que el Senado sí tendría la facultad de modificar el texto aprobado por
08:16diputados,
08:17incluyendo aspectos que hayan sido materia de la evaluación y deliberación.
08:22La restricción señala que no se puede desnaturalizar el proyecto,
08:26tampoco se puede afectar la finalidad que haya tenido la norma que fue aprobada por diputados.
08:33Dentro de esos límites, el Senado sí podría integrar todo aquello que fue materia de la evaluación por diputados,
08:40lo cual incluye, naturalmente, el proyecto original presentado por el Poder Ejecutivo.
08:46Por lo tanto, podría incluso aprobar mucho más que lo que apruebe la Cámara de Diputados.
08:51Al precio de un desmadre, seguramente, ¿no es cierto?
08:54Porque sobre eso es sobre lo que están insistiendo los diputados ahora, los diputados de oposición al gobierno.
09:00Porque lo que están diciendo es que el Senado no lo puede hacer.
09:03Tú dices, sí lo podría hacer.
09:06Mira, lo que señala el reglamento es muy claro.
09:08Lo que remite diputados al Senado es el expediente completo.
09:12Y el expediente completo incluye todo lo que te acabo de mencionar.
09:15Entonces, si esa es la materia respecto de la cual tiene que pronunciarse el Senado,
09:19no se puede circunscribir exclusivamente a lo que ha sido aprobado.
09:24Es decir, si el Senado solamente pudiera pronunciarse sobre lo aprobado,
09:28¿qué cosa quedaría como competencia legislativa para el Senado?
09:32¿Convertirse en una comisión de redacción?
09:35¿Se puede modificar la gramática, puntos, comas, la ortografía?
09:40Y ese no es el rol de una Cámara que tiene algún papel legislativo
09:45ni capacidad de dirección en el Perú.
09:49Está claro, está claro.
09:50Digo, tu punto de vista está claro.
09:52Va a generar controversia, por supuesto, como siempre,
09:54lo cual me da mucho gusto, mi querido César.
09:56Un abrazo. Muchas gracias.

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