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  • hace 4 horas
En el marco de un proceso judicial que involucra a Jochy Gómez, su abogado defensor, Juan Hirohito Reyes, planteó que el tribunal ya dejó fuera la imputación por terrorismo al considerar que “evidentemente no hay un delito de terrorismo”, según expuso durante su intervención.

Reyes sostuvo que, además de esa exclusión, la discusión de fondo debe centrarse en si los hechos atribuidos a su cliente encajan —o no— en figuras como la estafa contra el Estado. A su juicio, la acusación no logra sostenerse si no se acredita el elemento que considera “fundamental y consecutivo”: el perjuicio.

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Transcripción
00:00El tribunal lo excluyó porque evidentemente el único partido es terrorista, así como tampoco se explica desde el punto de
00:08vista sustancial, porque aquí se habla de estafa contra el Estado, se habla de desfago que él no se le
00:13imputa porque él no es funcionario, se habla de estafa contra el Estado, pero ¿dónde está el perjuicio?
00:17El elemento fundamental y constitutivo del Estado es el perjuicio que se haga y resulta que el Estado le debe
00:23a él, pero en todo lo relativo al contrato con el entrante y nosotras intervenciones con relación a otras organizaciones
00:30sociales que están en el proceso, se habla que la estafa consistía en adendas que se habían hecho, las adendas
00:37son parte de los contratos administrativos y una diferencia que puede establecerse,
00:42porque si hay una adenda que eso constituye una estafa contra el Estado, no es parte de los administrativos y
00:49hay que verificar si los cobran su servicio, u otras modificaciones que hay.
00:54Había una compañía que se encargaba de realizar los cobros, pero eso es normal en todo lo relativo a los
01:00bancos e instituciones del Estado, que son las que cobran por el Estado y cobran por la prestación de ese
01:04servicio.
01:04Entonces, en todo este proceso, lo que se tiene que verificar y mantener de manera constante es que la auditoría
01:10que se hizo con relación al entrante establecía que se habían ejecutado un 20%,
01:15cuando la parte auditada decía que se había ejecutado más del 90%, cuando lo pagado era de 163 millones de
01:22pesos y cuando lo pendiente, que era de 1.300 y tantos millones de pesos,
01:26todavía habían pendientes, más de 1.100 millones de pesos. Entonces, no se puede hablar de perjuicios contra el Estado,
01:33cuando evidentemente el Estado todavía le debe al entrante establecido.
01:36¿Cuánto le debe al Estado?
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