Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 20 horas
El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia y fijado criterio por el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas españolas, estableciendo que sólo deben adquirir la condición de fijos quienes previamente hubieran superado una prueba selectiva para acceder a un empleo indefinido, sin obtener plaza, y que hubieran encadenado después contratos temporales.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:01El Tribunal Supremo ha fijado un nuevo criterio sobre el abuso de contratos temporales en las
00:06administraciones públicas españolas. La decisión aclara que sólo podrán convertirse en trabajadores
00:12fijos aquellas personas que hayan aprobado previamente una oposición o proceso selectivo
00:17para un puesto estable, aunque no consiguieran la plaza y que después hayan seguido encadenando
00:22contratos temporales. El Supremo explica que no se puede hacer fijo automáticamente a un
00:26trabajador temporal que no haya pasado un proceso basado en los principios de igualdad, mérito y
00:31capacidad, porque eso iría en contra de la Constitución y limitaría a su vez el acceso al resto de ciudadanos
00:37al empleo público. Además, el Supremo considera que cuando exista abuso de temporalidad, la solución
00:42pasa por una indemnización económica para el trabajador afectado y por trasladar el caso a la
00:47inspección de trabajo para que estudie posibles sanciones a las administraciones responsables.
00:51De esta manera, la sentencia deja claro que sólo en los casos en los que una persona haya superado
00:57un proceso selectivo, aunque sin lograr plaza y después haya sufrido un abuso de contratos
01:02temporales, podrá reconocerse una relación laboral fija.
Comentarios

Recomendada