00:14¿Qué es el pago por consignación?
00:30Es que sea el deudor el que no cumple con la obligación en favor del acreedor.
00:36Entonces, el acreedor, ante esta circunstancia, se ve en la necesidad de tener que reclamar, requerir e incluso hasta demandar
00:46al deudor para que éste le satisfaga su obligación.
00:50No obstante, la situación contraria, a pesar de que pueda parecer extraño, no es rara.
00:57O sea, no es extraño que el deudor quiera cumplir, pero sea el deudor el que se niegue a recibir
01:06el cumplimiento de la obligación por parte del deudor.
01:09Generalmente, porque el acreedor lo que busca al negarse es generar unas consecuencias de orden negativo al deudor, como sería
01:18el hacerlo incurrir en el incumplimiento de su obligación o el generarle alguna clase de perjuicios, como serían, por ejemplo,
01:26los intereses de mora, etc.
01:30Ante esta circunstancia o ante esta eventualidad, la ley previó en favor del deudor la posibilidad de que éste cumpla
01:38con su obligación a través del mecanismo al que estamos haciendo referencia, o sea, a través del pago por consignación.
01:44O sea, ante la negativa del acreedor, el deudor cuenta con un mecanismo para cumplir con su obligación.
01:54Es muy importante que los deudores tengan en cuenta que existe este mecanismo, porque está a cargo suyo hacerlo efectivo
02:02en el caso de que el acreedor se niegue a recibirlo.
02:05Dicho en otras palabras, un deudor no se puede exonerar de cualquier consecuencia negativa simple y llanamente diciendo es que
02:14el acreedor no me quiso recibir porque en beneficio de él, insistimos, del deudor está entonces el mecanismo del pago
02:22por consignación.
02:23O sea, si el acreedor se niega, el deudor tendrá que gestionar a su cargo la posibilidad de hacer el
02:30pago por consignación para que se entienda que ha cumplido a cabalidad con la carga que le corresponde.
02:38Generalmente, este mecanismo del pago por consignación implica un trámite judicial y es muy utilizado en los procesos de orden
02:48laboral cuando el empleador quiere pagarle al trabajador sus prestaciones sociales, su liquidación y también es muy común su ocurrencia
02:59en el arrendamiento de inmuebles destinados a la vivienda urbana.
03:03Repetimos e insistimos, el pago por consignación en resumidas cuentas es la herramienta con la que cuenta el deudor para
03:13cumplir con su obligación y evitar consecuencias negativas cuando el acreedor se niega a recibirle.
03:23Es importante tenerlo presente porque, como ya lo dijimos, el simple hecho de la negativa del acreedor no exime al
03:31deudor de las consecuencias de orden negativo que se le genere ante el cumplimiento de su obligación.
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