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  • hace 2 semanas
Esta nueva ley establece la definición del trabajo en casa, entrega las garantías para su implementación y señala los diferentes criterios para que se aplique. Carlos Prieto, abogado y profesor de derecho laboral en la Universidad Javeriana, explica las diferencias entre trabajo en casa y trabajo remoto. Aquí todos los detalles.

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00:31La necesidad de reglamentar esta forma de trabajo está dada, primero,
00:38pues porque el mundo del trabajo se ha ido transformando. Entonces hemos pasado de un
00:42mundo de trabajo localizado en un sitio, hacia un mundo donde el trabajo se deslocaliza y se
00:48vuelve más bien la actividad productiva por efecto del uso de las tecnologías de la información y
00:54la comunicación. Hubo un catalizador que hizo que esto se acelerara en su implementación que
00:58fue la pandemia en la que estamos tratando acá de salir y pues en ese sentido había necesidad
01:04de una reglamentación máxima si se tiene en cuenta que el modelo normativo que está plasmado en el
01:09código sustantivo del trabajo se basa precisamente en el trabajo localizado primero en el sitio y
01:16segundo en la jornada. Esos dos elementos son bien importantes a la hora de determinar la necesidad
01:21de la reglamentación porque para trabajar se iba al lugar de trabajo, ahí es donde está la gran
01:27transformación. Pero al no tener que irse necesariamente al lugar de trabajo, entonces
01:30surge otro interrogante, la duración de la jornada y la determinación del tiempo destinado a trabajo.
01:41Las diferencias son normativas más que todo, entonces tiene que ver con las definiciones
01:47que el legislador le ha dado a cada término. El teletrabajo, que es la más, digamos, la más
01:53antigua, se refiere tanto al trabajo dependiente regido por el código sustantivo del trabajo como a la
02:00prestación de trabajo. El trabajo en casa ya supera ese tema y se refiere a la relación legal y
02:07reglamentaria, esto es que los servidores públicos de todas las ramas del poder público, así como los
02:11trabajadores particulares, puedan desempeñar sus labores en un sitio distinto a aquel donde
02:17normalmente la realizan, que vendría a ser la oficina o el sitio de trabajo. Y acá vemos una
02:23nota, que es que ese trabajo en casa es temporal y está condicionado a que haya circunstancias que
02:31no le permitan al trabajador o al servidor público ir al sitio de trabajo.
02:40Y surgen exactamente los mismos derechos que tiene el trabajador presencial o localizado. Lo único que
02:48va a cambiar acá es el hecho de que la persona no va a estar físicamente en el lugar de
02:54trabajo,
02:54pero eso no significa que tenga un trato diferencial en cuanto a salario, en cuanto a prestaciones
03:00sociales, en cuanto a aportes a la seguridad social, en cuanto a días de descanso obligatorio y
03:06vacaciones, en cuanto a jornada de trabajo. Y ese tema es fundamental entenderlo, porque hemos
03:12llegado a pensar que, por cuenta del teletrabajo o del trabajo en casa o del trabajo remoto, pues la
03:17persona no tiene jornada, porque como no va a trabajar, entonces está todo el tiempo disponible y
03:23resulta que no. Se sigue aplicando las reglas de jornada del código. Antes de que empezáramos a hablar
03:28de estas cosas, el límite para el ejercicio del trabajo era un límite espacial, era el lugar de
03:36trabajo. Y eso se nos quedó como en la idea de la cabeza. Yo llego a la oficina a tal
03:43hora, salgo a
03:44almorzar, vuelvo a almorzar y estoy hasta tal hora y me voy. Entonces no entendía que mientras estuviera en un
03:49sitio estaba disponible para el ejercicio de la subordinación, pero ahora como no nos vamos para
03:54ningún sitio. Entonces perdemos ese límite, nos quedamos como perdidos. Entonces, ¿cuál es el
04:00límite? El límite ahora no es un límite espacial, es un límite temporal. Usted se conecta a tal hora,
04:05se desconecta a tal hora y tiene derecho a su hora de almuerzo igualito.
04:24Gracias.
04:25Gracias.
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