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Cuando quien fallece no deja testamento la ley señala los beneficiarios de la persona que ha fallecido. En #TipLegal le contamos lo que debe saber sobre sucesiones y testamentos.

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00:03en el presente tip legal vamos a hablar de un tema muy interesante y que muy seguramente a todos
00:12alguna vez en la vida se nos ha pasado por la cabeza se nos ha atravesado en la mente la
00:20idea
00:20y es el referente a qué va a pasar o cómo se deben distribuir nuestros bienes una vez
00:27fallezcamos a este respecto digamos que por cuestiones políticas económicas etcétera las
00:36personas en colombia no tenemos una absoluta libertad de disponer de nuestras cosas porque
00:44razón porque el legislador y el estado han considerado que lo que una persona tiene debe
00:50necesariamente pasar a otras que es el legislador y el que las señala pero digamos entonces los
00:57siguientes cuando una persona fallece para efectos de transmitir los bienes que estaban en su en su
01:03nombre digamos que hay dos grandes vías o alternativas cuando la persona en vida no hizo ninguna
01:10manifestación no dijo nada es la ley entonces la que se encarga de decir cómo y a quiénes van a
01:18parar
01:19las cosas es lo que se conoce entonces como la sucesión intestada es la ley la que señala unos
01:26órdenes y señala unos beneficiarios de los bienes de la persona que ha fallecido por otro lado están las
01:33sucesiones testadas o sea son aquellas en las cuales la persona antes de fallecer hizo alguna o
01:40algunas manifestaciones respecto de cómo quería que se distribuyeran sus bienes aquí valga advertir que
01:48si bien es cierto hay algún grado de maniobra o alguna libertad es una libertad restringida
01:55por qué razón porque la persona no puede disponer sino hasta el 50 por ciento de sus bienes el otro
02:0350
02:04por ciento siguiendo la misma teoría o el mismo rumbo de la sucesión intestada necesariamente
02:11debe ir a unas determinadas y específicas personas que la ley ha señalado cómo se hace entonces en las
02:19sucesiones testadas para que la persona pueda distribuir o repartir esos bienes que la ley le
02:25permite a través de una figura que se conoce como el testamento el testamento es un acto jurídico más o
02:33menos solemne nos dice la ley porque es más o menos solemne porque dependiendo de las circunstancias
02:40se exigen más o menos requisitos para su validez digamos entonces que los testamentos solemnes son
02:50aquellos que deben reunir en principio todas las exigencias de la ley y que se dan en lo que podríamos
02:57llamar circunstancias normales allí encontramos entonces principalmente el testamento abierto que
03:05por regla general es el más utilizado y es el más recomendable es el que se otorga ante un notario
03:10y
03:11tres testigos se llama abierto porque no hay ningún inconveniente en que quienes concurren inclusive otras
03:18personas puedan conocer el contenido o la voluntad del testador excepcionalmente cuando en el sitio no
03:26hay un notario la ley permite que ese testamento se haga no ante notario y tres testigos sino ante cinco
03:33testigos el otro testamento solemne es el testamento cerrado que a diferencia del abierto tiene la
03:42característica de que la manifestación de voluntad o la decisión del testador en principio no es conocida
03:49sino por él el notario y los testigos no no conocen o no tienen por qué conocer la manifestación de
03:56voluntad que está haciendo el testador esos son entonces los testamentos solemne que están sometidos
04:04a unos requisitos que la ley ha establecido hay otros que se llaman los testamentos privilegiados que
04:11realmente no tienen mucha utilización en atención a que están rodeados de unas circunstancias muy
04:17particulares para que puedan darse son entonces el testamento verbal que es aquel que se da cuando por la
04:26premura la situación de urgencia la persona que quiere manifestar su voluntad no alcanza a reunir todos los
04:34requisitos que la ley le impone para un testamento solemne en este caso entonces la ley permite que se haga
04:41ante unos testigos con la condición o sometiéndola a la condición o a la caducidad de que la persona que
04:48otorga el testamento debe fallecer en los 30 días siguientes igualmente están el testamento militar y el
04:56testamento marítimo que son bastante similares en el testamento militar una persona que se encuentra en
05:02una situación de guerra puede otorgar testamento ante el capitán o comandante ante el cual está prestando los
05:09servicios lo mismo quien va en un barco de guerra y durante el trayecto puede llegar a morir entonces
05:16se le permite que ante el capitán del barco otorgue el testamento eso son entonces las formas como de una
05:24manera limitada repetimos y a través de la figura del testamento las personas pueden disponer de parte de
05:31su patrimonio porque de la otra parte ya la ley tiene establecido quienes son los beneficiarios
05:40esperamos haber llevado luces sobre este interesante tema
05:44y
05:45y
05:46You
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