00:00Con ocasión de un tip legal en el que explicamos cómo en desarrollo del contrato de arrendamiento
00:06y especialmente en el de arrendamiento de vivienda urbana,
00:10la posición del arrendador y del arrendatario no son iguales
00:14en la medida en que el arrendador se considera que es una parte fuerte
00:18y el arrendatario se considera que es una parte débil
00:22y que por ello el Estado tiende a proteger a la parte débil
00:27actualmente en desarrollo o a través de la ley 820 de 2003,
00:32una amable seguidora nos plantea una consulta relacionada con este tema.
00:37Ella nos dice que estaba buscando un apartamento,
00:40que encontró uno que le gustaba, el cual estaba siendo anunciado y exhibido por un intermediario inmobiliario.
00:49Ante la manifestación de ella del interés en el inmueble,
00:52dicho intermediario le pidió unos documentos relacionados con su capacidad económica,
00:58su vinculación laboral, etcétera, los cuales ella entregó.
01:01Hecho esto, al cabo de unos días la llaman y le manifiestan
01:05que efectivamente ella ha cumplido a satisfacción con las exigencias
01:10y que en esa medida puede celebrar el contrato de arrendamiento.
01:13A lo cual el intermediario inmobiliario le dice que ella tiene que pagar entonces
01:19el primer canon, obvio, y además unos gastos por revisión o administración de contrato
01:26por un valor de 600 mil pesos.
01:30Este cobro de esta cifra a ella le pareció extraño y abusivo
01:34y le preguntó entonces por qué lo estaba haciendo.
01:37A lo cual el intermediario le contestó que esa era una costumbre
01:41que se venía gestando actualmente en el desarrollo de la actividad inmobiliaria.
01:48Ella quiere saber entonces, porque se siente muy agraviada,
01:53si ese cobro está o no está justificado
01:56y si tiene o no tiene que pagar la suma que le están requiriendo.
02:01En nuestra opinión, no tiene por qué pagarlo
02:05y vamos a explicar las razones.
02:11Ya lo dijimos, en el desarrollo del contrato de arrendamiento de vivienda urbana
02:17el arrendatario es considerada la parte débil
02:20y el Estado tiende a protegerlo.
02:23Desde ese punto de vista, por ejemplo,
02:25es completamente prohibido,
02:28que también parece que es otra costumbre que está haciendo carrera,
02:31que a los arrendatarios les pidan depósitos o cauciones
02:35que garanticen el cumplimiento del contrato.
02:38Eso está prohibido y no puede ser una costumbre que la gente termine aceptando.
02:43En desarrollo de este principio,
02:46la arrendataria no tiene por qué pagar
02:49lo que le está cobrando el intermediario
02:51por las siguientes razones.
02:53Primero, porque si alguien contrató a ese intermediario,
02:57no fue ella, sino fue el arrendador.
03:00Segundo, para que ella adquiriera alguna obligación con el intermediario,
03:05éste ha debido advertirla previamente,
03:08o sea, ella, el intermediario,
03:11ha debido decirle que por las gestiones que él está haciendo,
03:15ella le va a tener que pagar.
03:17Eventualmente podría llegar a tener una justificación el cobro,
03:22pero cogerla de sorpresa cuando ella no sabía
03:26que estaban teóricamente prestándole un servicio
03:30y cobrarle después por unos servicios no convenidos previamente,
03:36consideramos que es un atropeo.
03:38Dicho esto, entonces, nosotros le diríamos a nuestra consultante
03:42que no tiene por qué pagar.
03:45Que si alguien vinculó o alguien se obligó con ese intermediario,
03:50fue el arrendador a quien muy seguramente también le están cobrando plata,
03:54pero ese es otro asunto.
03:55Y en tercer lugar, si ella siente que el ataque sigue siendo indiscriminado,
04:03que están cometiendo un atropello con ella,
04:05la ley 820 de 2003 igualmente establece unas autoridades
04:11que deben controlar a quienes desarrollan esta actividad.
04:15¿Quiénes son esas autoridades?
04:17En cada municipio o en cada pueblo de cada ciudad
04:20corresponde esa vigilancia y ese control a la alcaldía correspondiente.
04:25Ella no nos dice dónde ocurrieron los hechos,
04:27entonces simplemente le diríamos que se dirija a la alcaldía de la ciudad
04:32o pueblo donde vive y donde salieron los hechos
04:35y ponga la queja contra ese intermediario.
04:38Porque en nuestra opinión, por más costumbre que sea lo que le está cobrando,
04:44no tiene sustento jurídico.
04:47Esperamos que este PIB legal haya sido el agrado e interés de todos ustedes,
04:52especialmente de aquellas personas que por la premura o por la necesidad
04:57terminan siendo víctimas de personas que se aprovechan de esa situación.
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