Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 2 meses
El Suboficial Técnico de Primera PNP, Jaime Rojas Bautista, experto en normas de tránsito, precisó que ciertos conductores de scooters están infringiendo normas de seguridad vial como el uso obligatorio de cascos y el impedimento de circular por veredas.

Noticias del Perú y actualidad, política.

Sigue nuestras noticias, entrevistas y novedades desde todas nuestras plataformas digitales:
Instagram → / exitosape
Twitter → / exitosape
Facebook → / exitosanoticias
Web → http://exitosanoticias.pe/
WhatsApp: 940 800 800

"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Cuando el conductor no tiene el documento de identidad, cuando tiene el documento, cuando es un menor de edad.
00:05Porque también recordemos que puede ser conducido por un menor de edad.
00:09Ellos están obligados a utilizar la ciclovía.
00:13No la de veredas, lo conocido como...
00:15Si usted ve la infracción E2, también dice por utilizar la vereda.
00:19Claro.
00:19¿No? Ahora, entonces, estos señores tienen que circular por la ciclovía.
00:23Amplían una vía de dos carrilas a tres o a cuatro, como una motocicleta más.
00:33¿Qué observación tiene respecto, técnico Ropas?
00:36Ya. Mire, señor Tito, estos vehículos de movilidad personal entran en vigencia en la norma con un decreto supremo 23 en el año 2021.
00:46¿No? Que determina el vehículo de movilidad personal como aquel vehículo que tiene una revolución de velocidad que va desde 12 hasta 25 kilómetros por hora.
00:58Hay unas excepciones como que es la de no tener placa de rodaje.
01:04Pero también estos vehículos de movilidad personal están inmersos en tipos de infracciones al reglamento de tránsito.
01:10Tienen una propia codificación, ¿no? Que viene a ser, por ejemplo, acá tengo un cuadro, que es la D1, que es por conducir con presencia de alcohol en la sangre, le presto para que usted lo pueda ver, en proporción superior a 0.5 gramos litros de alcohol.
01:25Y tiene tres infracciones leves, la E1, la E2 y la E3, que son básicamente por incumplimientos a algunos lineamientos que ya están establecidos en el reglamento de tránsito en los artículos 106P y 106Q.
01:40Entonces, ya hay lineamientos para ellos, hay infracciones, existe un formato de papeleta de infracción para este tipo de conductores de vehículos de movilidad personal, que la división de tránsito en la actualidad viene poniendo en ejecución.
01:57Si usted se da cuenta, es un formato bastante similar, pero tiene campos, porque ahí no tiene número de licencia.
02:05Y el mismo reglamento de tránsito, en su artículo 333, me dice cuál es el procedimiento para ellos, porque hay un procedimiento cuando el conductor no tiene el documento de identidad, cuando tiene el documento cuando es un menor de edad, porque también recordemos de que puede ser conducido por un menor de edad.
02:23Ellos están obligados a utilizar las ciclovías.
02:27No las veredas, por lo conocido como...
02:29Si usted ve la infracción E2, también dice por utilizar la vereda.
02:33Claro.
02:33¿No? Ahora, entonces, estos señores tienen que circular por la ciclovía.
02:38¿Sí?
02:40¡Exitosa!
02:41Exacto. E3, circular en la acera.
02:43Sí, así es, ¿no?
02:45Entonces, como su nombre lo dice, vehículo de movilidad personal, en teoría es destinado para una sola persona.
02:54Pero en la práctica vemos que a veces que no va una sola, pueden ir dos a veces, ¿no?
02:58¿Por qué? Porque lo toman como algo deportivo.
03:00Pero el problema se suscita cuando participan en un accidente de tránsito, ¿no?
03:05Porque ahí vemos a ver un tema de responsabilidad, un tema de repente de que si la conducta que tenía este conductor fue lo que ocasionó o fue la causa del accidente de tránsito.
03:16Ahora, se han actualizado las normas para obligar a los conductores de vehículos de movilidad personal, como por ejemplo, utilizar cascos.
03:26Así es.
03:27Pero en la práctica no se está cumpliendo eso, ¿no?
03:28Por eso le vuelvo a decir, si usted lee en esa tabla de infracciones, la E1 habla de no utilizar el casco, de no utilizar el material reflectivo, que eso está en el artículo 106P.
03:45Y en el 106Q, que habla de las maniobras temerarias, habla también, por ejemplo, de circular por otros lados donde no está autorizado, ¿no?
03:55De cruzar el semáforo en rojo.
03:57Si bien es cierto, en estos dos artículos me señala una serie de conductas que se encofra en una sola infracción.
04:03Si bien es cierto, le vuelvo a decir, la Policía de Tránsito viene haciendo los operativos y viene haciendo campañas para hacer de conocimiento a estos usuarios de vehículos de movilidad personal de las obligaciones que tienen.
04:18Porque también, vamos a ser realistas, las personas van a estas casas, a estas importadoras y solamente adquieren este vehículo de movilidad personal desconociendo si es que tienen algún tipo de obligación o de acuerdo a lo que está descrito en la normativa.
Comentarios

Recomendada