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  • hace 1 día
El fiscal Luis Piñánez, quien tiene a su cargo investigar el caso de los chats de “Lalo” Gomes y, también, la denuncia por presunto prevaricato contra el juez Osmar Legal, mencionó que la relación entre ambos casos no interferirá en las indagaciones pertinentes. “Nuestro trabajo es investigar si esa denuncia tiene o no relevancia penal”, expresó.

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Transcripción
00:00Luis Piñales, Fiscal, ¿cómo te va?
00:02Buenas noches.
00:05Buenas noches. Un gusto saludarte.
00:08Igualmente, gracias por atendernos, Luis. Muy amable de tu parte.
00:11Bueno, una instrucción del Fiscal General del Estado sobre Osmar Legal.
00:16Te voy a pedir, por favor, que sintetices así la situación formal.
00:21¿Es una imputación? ¿Es una investigación? ¿Es una causa? ¿Qué es lo que es?
00:24Bueno, la Fiscalía General del Estado recepcionó una denuncia realizada por el exdiputado Arevalo, bajo patrocinio de abogados.
00:40Esto fue recepcionado por la Fiscalía General del Estado.
00:44Entonces, el Fiscal General del Estado, a través de una resolución mediante, dispone a ordenar la apertura de una investigación
00:53y designar a un equipo de investigación conformado por mi persona y los agentes fiscales Francisco Cabrera y Verónica Valdés.
01:04Nosotros recepcionamos esa resolución del Fiscal General el día 20 de febrero.
01:10Entonces, nosotros inmediatamente tomamos noticias de ellos e inmediatamente tomamos las medidas administrativas a los efectos de que
01:18designar un número a la investigación y posteriormente cumplir como lo requiere el artículo 290 del Código Procesional Penal,
01:28que es la comunicación de esos punidos.
01:31Eso es en relación a eso que vos estás preguntando.
01:35Luis, acá dos preguntitas de forma nomás, después entramos en el fondo de la cuestión, pero dos cuestiones de forma.
01:41Primero, yo tengo entendido que vos y los mismos agentes fiscales que acabas de mencionar también están integrados
01:48por la Fiscalía General en otro equipo de investigación con una materia relativa al mismo caso, ¿es correcto?
01:56Bueno, sí, a ver, este grupo de fiscales que fue asignado a la última denuncia que vos mencionaste,
02:05a la denuncia del señor Arevalo, también este equipo de investigación se encuentra investigando
02:10el contenido del teléfono del exdiputado Lario Gómez, en el cual esa causa se inició a través de una nota
02:23en la cual el juez penal, Omar Legal, remitió al Ministerio Público.
02:29¿Estas causas son compatibles, Luis? ¿Son compatibles las dos causas?
02:36¿En qué sentido?
02:37¿En qué sentido?
02:39Para vos, verá.
02:40No, quiero entender nomás si no podrían interferir una con la otra.
02:47Mira, nosotros, como agentes fiscales, lo que nosotros estamos obligados, verá, a investigar son hechos.
02:55Las denuncias son netamente hechos, son hechos que personas a su criterio denuncian que podría concurrir
03:05uno en un hecho punible.
03:06Entonces, ese es nuestro trabajo.
03:07Nuestro trabajo es tener conocimiento de esos hechos, hacer una investigación al respecto,
03:14al respecto de buscar, tratar de buscar a través de medios probatorios la veracidad de esa noticia, ¿verá?
03:22Y posteriormente hacer lo que se llama una subfunción, que es la adecuación de ese hecho a un hecho punible.
03:28Bueno, normalmente en el procedimiento civil se habla mucho de la contrademanda o de la reconvención,
03:35que una persona le demanda a una persona y la persona demandada le termina contrademandando
03:39y el mismo juez es el que resuelve.
03:41En este caso, una nota de un juez vincula a una persona y a otra persona y, siguiendo, es el mismo hecho,
03:52teniendo en cuenta que lo que se denuncia es de que podría existir informaciones contenidas en un teléfono
03:57que podría constituir un hecho punible.
03:58Y la otra denuncia es referente a donde se cuestiona actuaciones procesales de un magistrado
04:05y, o sea, son hechos totalmente diferentes.
04:11Entonces, la vinculación que se podría tomar es de que guarda una relación con los chats contenidos
04:20en relación al diputado de la León.
04:23Pero son hechos totalmente diferentes y acá nuestro trabajo es, simplemente,
04:28me estoy refiriendo a ambas denuncias, es investigar si esa denuncia tiene o no relevancia penal.
04:35Correctísimo.
04:36No, claro, desde el punto de vista, o sea, la cuestión formal que yo quería preguntarte
04:40ya está contestada y te agradezco enormemente.
04:43Estoy ojeando acá mi agenda porque quiero preguntarte con precisión y los datos,
04:50te adelanto que los datos que voy a mencionarte ahora
04:53nos fueron compartidos en una entrevista a Ana B.C. Cardinal por el doctor Oscar Tuma.
05:01Así que voy directo al grano ahí, Luis,
05:06para plantearte el problema, ¿verdad?
05:09O sea, la base de la conversación.
05:12A mi modo de ver, la definición del delito de prevaricato no es muy difícil
05:23porque el texto de la ley es público, es notorio, está en idioma castellano simple
05:32y cualquier persona puede entender lo que lee sobre la conducta que se define como prevaricato en el código.
05:46Y en consecuencia, no hay ninguna dificultad en establecer, a mi juicio,
05:53si la conducta del señor Osmar Legal puede ser subsumida o no en esta figura del código.
06:00Y aquí voy al punto que quiero señalarte.
06:05Acá no hay nada irregular en la conducta del señor Osmar Legal hasta el día 27 de diciembre.
06:16Ese día, 27 de diciembre, Osmar Legal toma recepción de un producido de un departamento
06:29del Ministerio Público, que es la desgrabación del teléfono.
06:38Voy a usar la palabra desgrabación porque no sé si es técnicamente correcta, así que te pido disculpas.
06:42Estoy tratando de usar lenguaje llano.
06:45No tengo los otros lenguajes, así que te pido disculpas.
06:46Una limitación de mi cerebro.
06:48El 27 de diciembre recibe estos documentos y a partir de ahí comienza su sistemática violación de la norma,
06:59lo cual constituye prevaricato.
07:02¿Cuál es la violación de la norma?
07:04Manipulación sin las partes, designación de técnicos sin las partes, que es un acto investigativo propiamente,
07:15y selección del material a ser publicado, lo cual es un acto ya completamente deshonesto.
07:26Y cómo sabemos que hizo selección y por qué ahora acabamos de cortar con el doctor Tuma
07:31y había sido que el señor Osmar Legal también tenía contacto fluido con Lalo Gómez.
07:38Pero eso él no publicó, no entregó.
07:42Quiere decir que manipuló repugnantemente la evidencia que fue puesta en sus manos bajo custodia
07:52y no en virtud del artículo 199 del Código Procesal Penal, sino en virtud de los que hacen referencia al peritaje.
08:00Ese es mi punto, Luis, y quiero escuchar tu opinión.
08:04Bueno, Enrique, hiciste un análisis técnico de la norma del prevaricato.
08:10Referiste también algunas cuestiones puntuales, digamos, probatorias, de referencia, tengo entendido, del doctor Tuma.
08:18Y bueno, ese es nuestro trabajo, Enrique, ese es nuestro trabajo.
08:23Nosotros recepcionamos hechos, nosotros, ni siquiera nosotros, la denuncia no es una calificación jurídica,
08:29sino que es un hecho que ocurrió.
08:31Entonces, nuestro trabajo es hacer actos de investigación a través de los cuales, entonces,
08:36en primer momento buscar medios probatorios en donde no solamente, si se busca certeza en ello,
08:42no solamente lo que está en esa denuncia, si se puede corroborar por otros medios probatorios.
08:47Y posteriormente también, vuelvo a decir, hacer lo que es ese análisis de subsurción.
08:53Vos hablás del contenido de la extracción.
08:57Yo lo que puedo decirte, bueno, en el caso de los audios, si le damos a de los chats,
09:02de también este equipo de investigación investiga, entonces nosotros recepcionamos
09:06un aparato celular con una gran cantidad de información, que tiene más de 600 páginas,
09:15militares, hay muchas conversaciones. Eso es lo que nosotros tenemos que investigar,
09:20evaluar, cómo entablar, porque ese es el mandato que nos hicieron.
09:26Eso es en cuanto, y posteriormente en cuanto a lo que el tipo penal de prevaricato,
09:31que es un tipo penal bastante especial, que más va al árbitro, al juez.
09:35Y bueno, esa es la subsurción que nosotros tenemos que hacer, Enrique.
09:39O sea, vos hiciste una apreciación, y bueno, lo que yo tengo que responderte es que
09:44esto son cosas que yo y mi equipo de investigación debemos evaluar,
09:49en la cual en su momento nosotros tenemos que tomar dos decisiones,
09:51o iniciar una investigación con una imputación, o con una desestimación.
09:56Dos cositas de forma de vuelta, y después una última y tercera y te dejamos en paz.
10:01Y Luis, yo quiero agradecerte públicamente la amabilidad y la gentileza,
10:06que siempre sueles tener entre paréntesis para contestar las preguntas.
10:11Así que muy amable y muchas gracias.
10:12Gracias, Luis. Muchas gracias.
10:13No, en serio. Primera cuestión, la primera cuestión formal.
10:18¿Un juez de la República del Paraguay está munido de fueros?
10:27Bueno, mira que esa es una discusión de que...
10:33Y creo que nosotros alguna vez tuvimos esa discusión, Enrique,
10:37en el sentido de si es que...
10:40Si los parlamentarios tenían o no inmunidad de proceso.
10:43O sea, esa parte, que también es muy diferente.
10:44Mira, mira, es muy discutible la cuestión de fueros,
10:47porque el único que tiene es fueros parlamentarios.
10:52Muchas veces desde que se generó los casos de anticorrupción
10:58en donde fueron vinculados jueces o, en otro caso, hasta fiscales,
11:02por una cuestión de casuística, en un eventual caso de imputación,
11:07el agente fiscal solicita, comunica al jurado en juiciamiento
11:11y pide el levantamiento de fueros.
11:13Y bueno, yo te puedo contar una experiencia, una vez en un caso muy concreto
11:16de un fiscal que fue muy notorio, y entonces me llaman de gabinete ya,
11:20pasando, y donde me dicen, mira, vos no tenés por qué pedirle al jurado
11:25un juiciamiento que se levante en los fueros porque el juez no tiene.
11:29Y fue una discusión más o menos, después me tocó más o menos de repente
11:32que después eventualmente fue una cuestión ya de formalidad
11:36y que tanto a veces no afecta al proceso.
11:37Entonces, el agente fiscal, porque el agente fiscal hace su investigación.
11:42El agente fiscal, cuando recibe la denuncia, está obligado a investigar.
11:46Y si tiene elementos, y si tiene elementos suficientes, realiza una imputación.
11:52Lo que hace paralelamente es un pedido al jurado en juiciamiento eventualmente
11:56y con una cuestión de estrategia procesal, espera que el jurado levante ese esfuerzo
12:00y evita llamarlo a una indagatoria.
12:04Pero convengamos que en la constitución de nuestro país no hay nada
12:09en el capítulo de la magistratura equivalente al 191.
12:15Absolutamente ninguna letra.
12:17Estamos de acuerdo, ¿verdad?
12:19A ver, de que no tienen fuero, ¿verdad?
12:21A eso vamos, ¿no?
12:22Sí, claro, el 191, claro, que el fuero parlamentario...
12:24El segundo tenía que ver el presidente de la República.
12:27Por eso, o sea, bueno.
12:30No, era una cuestión formal.
12:31Ahora, vos sabés, Luis, ahora te voy a meter en un campo que es ya más, digamos,
12:40más político que otra cosa.
12:42No te voy a llevar a ninguna parte, no te vaya a preocupar.
12:46Pero sí quiero saber cuál es la aproximación.
12:49Acá hay una crítica que justamente la está haciendo el propio doctor Tuma
12:54con respecto a otra parte de todo este asunto.
12:58Y es que, lastimosamente, la investigación del asesinato de Lalo Gómez,
13:04depositado en manos de Matilde Moreno, está empantanadísima.
13:10O sea, llevamos, a ver, diciembre, enero, febrero, casi tres meses,
13:16y esto está detenido.
13:17Bueno, ¿cómo podemos saber nosotros que el equipo que vos integrás para los dos casos,
13:25particularmente para el tema prevaricato, no se va a empantanar?
13:30Es una cuestión que, sinceramente, te reitero un poquito, para mí no es tan complicada, ¿verdad?
13:33O sea, está el texto de la ley y punto, ¿verdad?
13:36¿Cómo, o sea, bueno, cómo se va a empantanar?
13:43Claro, o sea, a donde yo quiero llegar, Luis, es a lo siguiente.
13:48O sea, yo creo que en el caso del asesinato de Lalo Gómez,
13:53que está a cargo de la fiscala Matilde Moreno y de su equipo,
13:56hay una, yo no sé cómo llamarle, le pido disculpas, ¿verdad?
14:05Incalificable inacción.
14:07Inacción. O sea, eso está ahí parado.
14:10Y yo lo que no quiero es que te pase a vos y a tu equipo
14:14que en tres semanas hablemos de inacción,
14:18porque el prevaricato, a mi modo de ver, es uno de los hechos más simples de probar.
14:24Bueno, señor juez, perdón este ejemplito.
14:28Señor juez, usted recibió una prueba pericial el 27 de diciembre, sí recibí.
14:35¿Y con quién abrió?
14:37No, yo usé el 199.
14:39Ah, no, pues el Nobel es aplicable.
14:41Prevaricato.
14:42No, hay que ser premio Nobel.
14:45No, hay que ser premio Nobel.
14:47El magistrado que en contra del texto expreso de la ley.
14:51¿Eh? Eso es clarísimo.
14:55Bueno, Enrique, dos puntos.
14:58En cuanto a tu preocupación,
15:01nosotros sabemos de nuestra responsabilidad
15:05y entendemos, si bien todas las investigaciones que tenemos
15:11tienen una importancia, una relevancia,
15:12pero a veces también conocemos la temperatura,
15:14entonces, y a veces la forma de demostrar,
15:17hay causas en donde de repente nosotros debemos
15:19ocupar mayor tiempo que otro.
15:21Es una cuestión hasta obvia.
15:23Yo lo que te digo es que nosotros sabemos de eso
15:26y nosotros estamos con los brazos cruzados,
15:29nosotros sabemos lo que tenemos que hacer
15:32y también sabemos la responsabilidad que tenemos al respecto.
15:35Sobre la cuestión de prevaricato,
15:37nuevamente, si es una opinión técnica que voy a hacer,
15:40yo digo que este hecho oponible es muy discutido.
15:44Con decirte, el fiscal que se está hablando
15:46también formó parte también de una causa
15:48en la cual se le imputó a un ex ministro de la Corte.
15:52Si bien yo no llegué al judicial y público,
15:54bueno, un tribunal de sentencia pensó diferente.
15:57Pero como siempre dije, los fallos son criticables.
16:01Yo no estoy de acuerdo con el fallo del tribunal,
16:03pero tengo que hacer tarde, ¿verdad?
16:04Y condena, sí, en un caso de...
16:09Tenemos una condena por prevaricato,
16:11que es el caso de un juez de San Pedro
16:13que le había autorizado una vez por jugado a un narcotraficante.
16:16Y son muy pocos estos casos.
16:18Y siempre hay una discusión del prevaricato
16:20si esta violación contra el derecho
16:21y dónde está la facultad del magistrado
16:24del derecho a emitir sus opiniones después,
16:27si bien existe un desacuerdo, tal hecho de recorrer...
16:30Es muy discutible, pero sí es un hecho punible.
16:34Y el que te está hablando ya investigó
16:37ese derecho punible y ya tomó decisiones al respecto.
16:40O sea, simplemente, ya que estamos...
16:42Ya esto es un debate, ¿verdad?
16:45Un tipo penal muy simple ya en un proceso
16:48no es tanto así.
16:49Pero sí, el Ministerio Público en su momento
16:53ya ha tomado postura.
16:56En una postura, entonces,
16:57el órgano jurisdiccional no consideró
17:01lo que el Ministerio Público pensaba
17:03y en otras sí condenado.
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