“Lo veo como un abuso y una desviación de poder y con mucha preocupación. Desde el punto d vista formal, me llama poderosamente la atención que la causa identifique a personas innominadas sobre denuncia falsa, lo cual me pone un estado de cuanto menos alerta”, abogado Rodrigo Yódice.
00:00En realidad, estoy observando dos cuestiones, uno de un punto de vista formal y otro de un punto de vista sustancial.
00:09Desde el punto de vista formal, me llama poderosamente la atención que la causa identifique a presuntas personas innominadas sobre denuncia falsa,
00:20lo cual me pone en un estado de cuanto menos alerta. ¿Por qué? Porque la denuncia falsa es un hecho punible contra la Administración de Justicia
00:32que requiere que un sujeto bien determinado o determinable o verificado haya instado una acción penal
00:43ante un organismo encargado de recibir denuncias o lo haya hecho públicamente y que esos hechos sean falsos.
00:52Pero acá resulta que parece que para el Ministerio Público la presunta falsedad invocada ya está totalmente acreditada
01:01y aunque parezca paradójico, aunque parezca total y absolutamente incompatible con el hecho punible en cuestión,
01:10que aún para ellos no existe una persona en concreto a quien atribuir la denuncia falsa.
01:16Entonces, realmente me parece un despropósito de que en el marco de una causa de presunta personas innominadas
01:23sobre hechos punibles contra la Administración de Justicia, se estén realizando este tipo de investigaciones.
01:29Y no es porque lo diga yo, sino que el artículo 228 del Código Procesal Penal,
01:34que es el fundamento normativo a partir del cual la Fiscalía puede requerir este tipo de informes,
01:42estipula claramente de que se tiene que identificar quién es la persona imputada.
01:49Pero acá nos dicen, tenemos un hecho de denuncia falsa, pero no sabemos quién es.
01:53Lo cual me parece absolutamente incompatible con la descripción de ese tipo legal.
01:58Después, desde el punto de vista sustancial, observo que hay dos puntos que están requiriendo los agentes fiscales.
02:08Uno es la copia autenticada de publicaciones.
02:13Es sabido que hoy día uno ingresa a la web y puede acceder a esas publicaciones de la forma más fácil
02:19y con la rapidez que cualquier investigación penal lo requiera.
02:23Entonces, tampoco entiendo mucho la pertinencia y utilidad de eso.
02:27Pero bueno, hemos de cumplir con la provisión de las copias autenticadas de ambas publicaciones.
02:34Y el tercer aspecto, el tercer aspecto que sí es lo más sustancial de todo,
02:39es la aviesa y clara confrontación de este requerimiento con el artículo 26 de la Constitución Nacional
02:47que garantiza a toda persona, no solamente a periodistas, a toda persona, a procesar, generar y difundir información.
02:59Más sin que cuando esta información tiene naturaleza de ser pública.
03:04Y en este caso específico, me imagino que los fiscales ya tienen en algún tipo de soporte
03:11o de alguna manera materialmente accesible las publicaciones, resultará muy fácil leer
03:18para determinar con claridad de que lo publicado en el medio masivo de comunicación
03:25se relaciona con expresiones, ideas, pensamientos, planteamientos realizados por dos personas
03:33que en el momento que lo han hecho tenían una inmunidad parlamentaria,
03:38por tanto, hace inviable cualquier ejercicio de una acción penal.
03:43Entonces, acá la pregunta es, ¿ante esa situación están buscando archivos escritorios?
03:50¿O qué es lo que están haciendo?
03:51La verdad que es preocupante y sobre todo porque el Ministerio Público, Pablo,
03:56el más integrante de la mesa y de opinión pública,
03:59los fiscales tienen que actuar con un principio de objetividad.
04:03Los mismos no pueden, bajo ningún punto de vista, quebrantar esa ecuanimidad
04:09en el ejercicio de sus funciones.
04:11Y así como se está planteando este tema, la verdad que me llama mucho la atención,
04:17me preocupa porque sé de la solvencia, de la capacidad y del conocimiento jurídico
04:23de estos agentes fiscales y no puede ser bajo ningún punto de vista
04:27que normativas constitucionales tan notorias, que garantizan libertades fundamentales
04:32tan pero tan complicadas para su acceso en la dictadura
04:38y que hoy día son reivindicadas por nuestra Constitución,
04:41sean así aviesamente pisoteadas en los términos de un oficio
04:46que otra vez tampoco comprendo qué pertinencia o utilidad tendrá
04:50porque que le digamos, fulano, mengano, es la persona que escribió,
04:55¿qué es lo que van a hacer?
04:56¿Le van a llamar a prestar una relación testimonial?
04:58¿Y qué es lo que va a decir el periodista?
05:01Me limité a transcribir lo que dijeron estas fuentes de información pública.
05:05Me parece realmente un absurdo y creo que el oficio en sí mismo
05:10tiene un alto contenido coactivo.
05:14Doctor, justamente entre líneas lo que se lee finalmente es eso que usted está resaltando,
05:19que están buscando identificar al periodista que preparó ese artículo periodístico,
05:26o valga la redundancia, para buscar ese chivo expiatorio y decir
05:31esta es la persona que hizo la denuncia falsa, porque hasta ahora evidentemente no lo tiene identificado,
05:36porque si realmente querían atacar o investigar a una persona o a varias personas por la denuncia falsa,
05:43lo tienen en las publicaciones.
05:44Si quieren ir contra alguien, sería contra los legisladores,
05:47pero no pueden ir con ellos porque lo hicieron cuando estaban siendo,
05:54a ver, cuando estaban ellos protegidos por sus fueros parlamentarios justamente.
05:58Exacto.
05:59Y es una diferencia lógica dentro del absurdo que supone esta causa,
06:02porque en primer lugar, y esto quiero dejar muy en claro,
06:06una publicación periodística no constituye una denuncia,
06:12no constituye una instancia penal y consecuentemente no puede,
06:17bajo ningún punto de vista, considerarse los términos de una publicación
06:22que se rigen por la libertad de expresión, prensa e información,
06:26asimilado a una instancia penal.
06:29Ahora bien, que la fiscalía o el organismo pertinente,
06:35a partir de esas publicaciones, inicia una pesquisa,
06:38realiza una investigación y adopta la decisión de formar un proceso,
06:43es una cuestión que compete única y exclusivamente a ese organismo,
06:48pero una publicación periodística bajo ningún punto de vista
06:50puede ser asimilado a ello.
06:53Aunque para la salud de la democracia y para la no impunidad de muchos casos,
06:59muchos de los casos emblemáticos que hemos visto que han sido formados
07:03a lo largo de los procesos penales en la historia del Paraguay
07:07se han iniciado a partir de publicaciones,
07:09como el tema de los 16 millones de dólares, el tema del BNP,
07:13¿por qué no? El último tema de los audios filtrados.
07:17Entonces, más allá de qué es lo que esta gente está investigando,
07:20lo que no podemos admitir bajo ningún punto de vista
07:23es que lo publicado por sí mismo constituye una instancia penal.
07:27Y menos en este caso cuando se trata de la réplica de fuentes públicas de información
07:32que han expresado claramente una idea sobre determinados hechos de interés público
07:38y que inclusive son personas que ostentan una representación parlamentaria.
07:43Así mismo, doctor. ¿A dónde quieren llegar con esto, doctor?
07:47¿Qué opina usted?
07:49Y me gustaría...
07:50Lo que pasa, Pablo, es que la investigación se rige por ciertas normativas
07:55que hacen al secreto de las autoraciones.
07:57Eventualmente, cualquier apoderado de la editorial A.Z
08:00sería un tercero de la investigación.
08:02Pero francamente hablando, me gustaría tratar de entender
08:06cuál es la línea investigativa de estos agentes fiscales.
08:09Y sobre todo, a efectos de qué es pertinente, útil y compatible
08:14con ese principio de objetividad que supone la rectitud del ejercicio
08:19de la función de agente fiscal y sobre todo la coanimidad.
08:22¿A qué efecto se quiere saber quién fue la persona que plasmó
08:26lo que han dicho los parlamentarios?
08:28¿Qué pertinencia, qué utilidad tiene eso con el principio rector
08:33de un proceso penal que es la búsqueda y obtención de una verdad real?
08:37Cuando que la verdad real surge de la propia lectura de las publicaciones
08:41en cuanto a que se replicó lo que dos personas...
08:45Una ha dicho nada más y nada menos que en el propio recinto parlamentario
08:48y lo que la otra ha posteado a través de sus redes.
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