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  • hace 2 días
La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) sancionó a la Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) por establecer acuerdos restrictivos de la competencia, emitiendo recomendaciones colectivas para fijar precios de venta de combustibles y otras condiciones de transacción.

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Transcripción
00:00es que efectivamente la sanción va a dirigir a un gremio.
00:04Los gremios son también agentes que participan en el mercado,
00:09que pueden tener alguna incidencia en el mercado,
00:11y son claramente sujetos también del derecho de la competencia,
00:16es decir, también los gremios están sujetos a las disposiciones
00:20de la ley de defensa de la competencia.
00:23En ese marco, también los gremios,
00:26de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la ley,
00:30pueden ser pasibles de sanción en la medida en que cometan alguna infracción.
00:35En este caso, el de emitir una recomendación a sus asociados
00:41y lanzar un mensaje al mercado que efectivamente como tal
00:46pueda incidir en un factor tan importante como es el precio.
00:53Partimos de la base de que en el mercado,
00:56cada una de las empresas, con independencia de su participación o no en un gremio,
01:02tienen por la propia naturaleza de la economía de mercado,
01:08una tensión competitiva o deberían tener una tensión competitiva entre ellas.
01:13¿Qué significa esto?
01:14Que con los diferentes factores o elementos de competencia,
01:18o aquellos factores que contribuyen a que haya una competencia entre estas,
01:24que podrían ser, por supuesto, el precio como uno principal,
01:28en términos generales, la calidad de los productos o los servicios,
01:32y otra serie de condiciones que podrían ser modalidades de pago en cuotas al contado,
01:38o cualquier otro tipo de circunstancias que puedan ser como promociones
01:44para facilitar la compra, algún tipo de beneficio adicional que le puedan otorgar
01:53o que puedan proponer a sus clientes o a los clientes.
01:56Es lo que hace que efectivamente las empresas compitan.
01:59Todos esos factores hacen que un consumidor, un cliente,
02:06decida por un producto de una empresa o por el producto de otra empresa.
02:11Claro, pero en esta época, presidente, perdón por la interrupción,
02:15para puntualizar nada más, en este caso concreto,
02:19estamos hablando de que viene subiendo el precio de los combustibles
02:24desde el año pasado, un poquitito de esa pospandemia que estamos sufriendo todavía
02:28y que luego se agravó con la guerra de Rusia en Ucrania,
02:33en un momento dado, como que los gremios abiertamente,
02:37o algunos voceros de esos gremios, mejor dicho,
02:40abiertamente ya decían que van a subir 400 o 300 o 500 guaraníes por litro,
02:48y hablando en forma global,
02:51cuando que se busca esa competencia de que cada empresa,
02:54sin embargo, si bien ahora fue alevozó en el sentido de que se dijo oficialmente,
03:00sabemos que históricamente hay algunos rubros en donde casi casi se manejan como un cartel,
03:06en el que se ponen siempre de acuerdo y hay pequeñas diferencias,
03:11no más en el octanaje, si en guaraníes más, si en guaraníes menos,
03:15alguna promoción, o al menos así era antes de la pandemia.
03:18Ahora, tenemos una situación distinta en el mercado y bueno,
03:22ahora como que se van poniendo ya de acuerdo cuando suben 300 o 500,
03:27y muchas veces también Petropar juega un rol importante.
03:32Entonces, en este caso concreto, presidente, hablamos de la fijación de precio.
03:38¿Cuál es la sanción que tiene este gremio?
03:41¿Va a ser una sanción pecuniaria?
03:44¿Va a ser una sanción moral, por decirlo de algún modo?
03:48Y sobre todo el mensaje que se deja después de fondo de las prácticas que no se esperan
03:53en este ni en otro rubro del mercado.
03:57Recordemos que esta es la primera sanción que emite la Comisión Nacional de la Competencia
04:02a un gremio.
04:04El año pasado nosotros habíamos lanzado para los gremios justamente
04:09una guía de buenas prácticas que permite visualizar que este tipo de conductas
04:15es reprochable desde el punto de vista de la ley
04:17y que le podría servir, como su nombre indica, como una guía
04:20para evitar caer en este tipo de conductas.
04:24Lo que aquí se viene a reprochar, o lo que aquí se viene a sancionar,
04:29es una recomendación emitida desde el gremio para sus asociados
04:34y para el mercado en general, es decir, incluso que puede alcanzar
04:39o que puede inducir a otros que no son del mismo gremio
04:43para marcar un precio, ¿sí?
04:47Para marcar un precio.
04:48En el entendimiento de que cada empresa por sí misma,
04:51por su propia estructura de costos,
04:53debería tener evidentemente condiciones diferentes
04:57y debería decidir en cada momento subir
05:00o bajar sus precios de forma totalmente independiente.
05:04¡Gracias!
05:05¡Gracias!
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