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00:00Bueno, pues saludamos en la telefónica a David Pizaña, vicepresidente de comercio electrónico en la asociación de Internet MX.
00:09¿Cómo está David Pizaña? Le saluda a Betty Zabaleta para XCU.
00:13¿Qué nos dice? ¿Realmente es así con esta reforma?
00:15¿Los usuarios van a poder cancelar servicios digitales con un solo clic o hay que cubrir algún procedimiento?
00:21¿Qué nos comenta al respecto? Buenas tardes.
00:25Hola, Betty. Muy buenas tardes a ti y a toda tu audiencia.
00:28Sí, en efecto. Mira, creo que vemos el análisis de la reforma.
00:33Viene a corregir un problema que ya existía en una asimetría entre consumidores y lo que son proveedores en materia de comercio electrónico.
00:42Te comento por qué. Es muy fácil y ya existe el canal para contratar.
00:47Inmediatamente contratamos plataformas, servicios en línea.
00:51Es lo más rápido para que no exista, como se le dice en el ambiente, fricción en la contratación y sea el cierre muy rápido.
01:00Pero esa asimetría se daba precisamente en la cancelación.
01:04Para cancelar, muchas veces se ponen trabas y a propósito existían esas trabas para que no encontráramos la opción de cancelación,
01:14para que tuviéramos que mandar correos que no nos contestaban y otros mecanismos que obviamente dilataban este proceso.
01:20Hoy, con esta reforma, ya va a ser inmediato, como bien lo señalas, pero no hay que perder en cuenta algún otro punto importante.
01:29También debe de ser ahora, por parte de los proveedores de estos servicios digitales, deben de informar de forma clara y destacada.
01:39Es un punto que también hay que observar, es clave y destacado, el tema de los cargos recurrentes, que quiere decir.
01:47Cada mes, cada año, el tiempo que tengan que estar cargando un servicio, algún pago automático,
01:53el proveedor ahora tendrá que decirlo de forma clara, qué día, qué punto, y mandar un aviso cinco días previos antes de que venga esta renovación.
02:02¿Para qué? Para que el usuario pueda cancelar.
02:05Y la tendría a tocar preguntas en esta parte.
02:08Sí.
02:08Sí, sí se debe, sí, sí debe de ser cumplida por los proveedores.
02:14¿Por qué? Porque antes se dejaba, digamos, al cumplimiento voluntario, ¿no?
02:19En que el proveedor diera un buen servicio.
02:21Hoy, con esta reforma, sí va a ser necesario que los proveedores adecuen este canal.
02:25Es posible, tecnológicamente sí es posible, pero obviamente va a implicar de parte de ellos la modificación de sus tecnologías,
02:33la adecuación de los contratos que deban de realizar.
02:35Y ahora, para terminar en esta pregunta que me haces, te comento algo que ocurre con esta reforma.
02:45Tradicionalmente, y el año pasado, Profeco así me reportaba, 20 mil quejas para este tipo de cancelaciones.
02:53De que el usuario tenía que llegar a tocar los servicios, bueno, los sistemas de Profeco, pedir la cancelación.
03:00Todo estaba a cargo del usuario que debía de demostrar esto.
03:03Hoy, con esta reforma, esto cambia.
03:05Jurídicamente, es lo que le llamamos, se invierte la carga de la prueba, que quiere decir, a partir de esta reforma que se ha publicado,
03:13los proveedores son los que van a tener que demostrar que informaron al público,
03:19que el público aceptó expresamente los cargos recurrentes,
03:23y lo mismo, si hay una cancelación del servicio, tendrá ahora la razón el usuario,
03:29mientras que la plataforma, el servicio que esté proporcionando, tendrá que demostrar esto.
03:34Esta parte también es muy importante, y refuerza el punto que me decías.
03:38¿Deberá de cumplir? Sí, o si no, el responsable será el proveedor.
03:42Estamos hablando de servicios, por ejemplo, de Internet, también de telefonía, o este, ¿qué nos comentaría?
03:49Sí, fíjate, mira, y es muy buena pregunta.
03:53Obviamente, telefonía tiene sus propias regulaciones,
03:57muchos servicios están regulados, los servicios financieros, por cada uno en su área.
04:01Pero aquí tenemos que entender que cuando sea un servicio
04:05que esté bajo la norma de ser un consumidor en línea,
04:10va a ser obligatorio para todos.
04:12Es decir, si nos viene un servicio de telefonía,
04:14y nos están dando un servicio de pago por plataforma digital,
04:18y en general la ley, ¿no?, para lo que es la Procuraduría General del Consumidor,
04:26regula a cualquier proveedor, a cualquier consumidor,
04:30por tanto, si será aplicable cualquier servicio en línea que se esté proporcionando,
04:35deberán de seguir estos lineamientos.
04:37Me preguntan si, por ejemplo, en compras en línea que se hayan hecho,
04:41¿esto también aplicará? Es lo que me están preguntando.
04:44Ah, mira, en compras en línea puede aplicar un...
04:48Si es posible, si es posible, mientras que sea un servicio de suscripción.
04:53¿A qué voy?
04:54Es posible comprar, no sé, y te voy a dar un caso muy rápido.
04:58Oye, me ofrecieron un producto, no sé, algún servicio en una plataforma
05:01que dura un año, y después lo voy a renovar.
05:04Ahí va a aplicar.
05:05Una compra se rige por lo que es el convencio electrónico tradicional.
05:10Esta reforma va específicamente para lo que son cargos recurrentes.
05:14¿Qué tipo de cargos?
05:15Membresías, suscripciones, servicios en línea,
05:19son los que acostumbran, mediante nosotros nuestra tarjeta de crédito,
05:23alguna forma de pago, estemos constantemente cubriéndolos.
05:27Estos serían los servicios que aplica la reforma.
05:29Ahora bien, ya en este momento está vigente esta disposición.
05:35O sea, ya la gente, si quiere o si ya no quiere tener el servicio que tiene de Internet,
05:40ya tiene que exigir en un momento dado a quien le está dando el servicio,
05:45a quien está siendo el prestador de servicio,
05:47de que le cancele porque ya no quiere estar con ellos.
05:50¿En este momento ya se puede?
05:53No, todavía no, Betty.
05:55Ya fue aprobada, obviamente, por la Cámara de Senadores.
05:58Esto sigue su proceso normal, como cualquier otra reforma.
06:02Se turnó a lo que es el Ejecutivo.
06:04El Ejecutivo le falta un acto, que es la promulgación y publicación.
06:09Quiere decir que en cuanto salga publicado en el diario oficial,
06:12podría ser a partir de cualquiera de los días que vienen.
06:15En ese momento, a partir de la publicación, ya dice la reforma que será obligatorio.
06:20Y en ese momento, si como tú le preguntas,
06:23si determinamos y decimos, oye, quiero aplicar la cancelación,
06:27será posible.
06:29Pero hay que tener en cuenta, y lo comentaba en la nota inicial,
06:33cuando no contravenga el contrato original o disposiciones en contrario.
06:38Hay que observar esto, qué decía o qué dice nuestro contrato.
06:42Porque quizá diga, oye, te aplica una penalización por cancelación.
06:47Eso habría que revisarlo, y es una de las ambigüedades de la ley.
06:51¿Por qué? Porque aquí en adelante lo más seguro es que los proveedores
06:54van a cambiar sus políticas de contratación, sus contratos, el medio que utilicen.
06:58¿Para qué? Para que pueda hacer.
07:00Que te dé claro algo en la audiencia.
07:02Esto no quiere decir que se acaban los plazos forzosos,
07:05o que no exista una penalización por un cargo anticipado.
07:09Pero lo que sí establece la reforma es que debe de quedar claramente definido
07:14en mi contrato, es decir, transparencia.
07:16Entonces, si un servicio me dice, oye, si cancelas, no sé,
07:20y aquí es un muy buen punto también, vamos a suponer,
07:22nos ofrecen a veces promociones, 12 meses de servicio,
07:26si pagas 8.
07:27Qué bueno, pero también sería contraproducente para el proveedor.
07:31Imagínate, vamos en el mes 6, y por ahí se ocurre cancelarlo.
07:35Yo, usuario, lo cancelo, el detrimento va a ser para el proveedor,
07:40porque yo ya me aproveché de un precio preferente que me dieron en esa mesa.
07:44Para impedir eso, la ley también, bueno, la reforma y la autoridad lo que hizo
07:48fue establecer que en el contrato se establezca si va a haber penalización o no.
07:53¿Qué quiere decir en este ejemplo?
07:55Bueno, supongamos, vas al mes 6, y si en el contrato,
07:58en los términos y condiciones se estableció.
08:01Y no puedes cancelar antes del mes 8, por ejemplo,
08:04o se te aplicará una pena de tanto por ciento.
08:08¿Será válido?
08:08Sí será válido, siempre que se establezca,
08:11y obviamente que quede muy bien determinado y transparente para las partes.
08:16¿A quién le va a corresponder?
08:17Al proveedor de mostrarle, decir, autoridad,
08:20yo sí le informé a mi usuario, él lo aceptó.
08:24En ese caso sí será procedente, Betis.
08:26Muy bien.
08:27Pues alguna recomendación adicional, además de lo que ya ha dicho David Pizaña,
08:32vicepresidente de Comercio Electrónico en la Asociación de Internet MX.
08:37Pues mira, principalmente sobre este punto,
08:40nos va a permitir a los usuarios, Betis,
08:45obviamente, principalmente con la verificación que nuestros servicios nos deben de hacer llegar
08:51cinco días antes de cada renovación,
08:53que con esto valoremos qué servicios necesarios,
08:57qué servicios realmente me están cobrando,
08:59y esto sin duda va a ser un avance en los derechos,
09:03en la protección de los derechos de los usuarios,
09:05para que de verdad puedan tener los servicios que sí consumen,
09:08y te voy a ser franco,
09:10nos ha tocado casos donde un proveedor,
09:12tú contratas un servicio y te suma uno o dos que tú no conocías,
09:17ni siquiera sabías que estaba en tu casa.
09:19Con esto, ahora ya vas a decir,
09:21oye, son veinte pesos, son cien pesos,
09:23y no lo notas, no importa.
09:25Ya ahora esto nos va a permitir realizar estas cuentas,
09:28para que si no queremos un servicio,
09:30claramente le ponemos que decir a nuestro proveedor
09:33que no deseamos,
09:34y se tiene que dar esta cancelación inmediatamente.
09:36Principalmente eso,
09:37que revisen ahora cuando entre en vigor esta reforma,
09:41que seguramente será en los próximos días.
09:44Muchísimas gracias, David Pizaña.
09:45Me dio gusto saludarle, que tenga buena tarde.
09:48Igualmente, un saludo y a toda tu audiencia.
09:51Saludos.
09:51Es lo que nos ha dicho David Pizaña,
09:53vicepresidente de Comercio Electrónico,
09:55en la Asociación de Internet MX,
09:58ya solo hay que esperar que sea promulgada,
10:00que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
10:03Ya el trámite legislativo ha sido completado,
10:06se aprobó en Cámara de Diputados,
10:08en Cámara de Senadores,
10:09pasó al Ejecutivo,
10:10falta su publicación,
10:12para que entre en vigor esta nueva ley,
10:15esta disposición,
10:16esta reforma que se realizó recientemente.
10:19Es la una de la tarde,
10:20cuarenta y un minutos en XAU.
10:22Vamos a la pausa.
10:23Enseguida regresamos.
10:28Gracias por ver el video.
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