00:00Gracias por acompañarnos. Creo que ustedes, al igual que yo, tenemos muchas dudas acerca de si el principio de justicia pronta y cumplida es una realidad en nuestro país.
00:14Vamos a tener una conversación, estoy seguro va a ser muy interesante, con la presidenta de la sala tercera, de la sala penal de casación del Poder Judicial, doña Patricia Solano,
00:25con quien vamos a hablar de un proyecto que busca acelerar y tal vez buscar con más ahínco el cumplimiento de ese principio de justicia pronta y cumplida, sobre todo en materia penal.
00:40Doña Patricia, muchas gracias por permitirnos conversar con usted unos minutos aquí.
00:44Muchas gracias a la que se siente honrada, soy yo, en este prestigioso programa que podamos comunicarnos con la ciudadanía,
00:55que es finalmente a quien nos debemos, y usted, don Rodolfo, siempre ha sido un canal para que la población conozca cuáles son los temas que nos inquietan.
01:05Entremos en materia, exactamente, ¿qué es lo que ustedes proponen desde la Corte Suprema de Justicia?
01:11La materia penal es la materia más sensible. Cuando abrimos los diarios siempre vemos, y en los noticieros, que no otra que la materia penal,
01:20lo que ocupa, y en este momento de inseguridad ciudadana también, es uno de los grandes temas y preocupaciones de Costa Rica.
01:28Entonces, cuando analizamos los datos, yo tengo que decirle que yo tengo casi 40 años de ser jueza,
01:34siempre he estado en materia penal, y por lo menos recuerdo, y es una preocupación desde la Sala Tercera y desde el Poder Judicial,
01:44la Corte Suprema de Justicia, en que ese precepto de justicia pronta y cumplida se cumpla.
01:50Es la gran queja que tienen las personas de lo que duran los procesos en las diferentes materias,
01:55y penal no hace la diferencia.
01:57Una queja válida, me parece.
01:59Completamente, porque cuando usted, la justicia retardada es justicia incumplida.
02:05Usted espera que le resuelvan en un tiempo razonable.
02:08Sin embargo, don Rodolfo, cuando nosotros analizamos los datos, y por eso le decía,
02:12yo tengo casi 40 años de ser jueza, le puedo decir que en el año 95,
02:17lo que ingresaba a los tribunales de juicio, eran 5.500 causas.
02:23En ese momento, éramos 90 personas que realizábamos juicios.
02:32Y para el año, si vamos al año 2017, éramos 174 jueces, pero el ingreso era de 12.500 causas.
02:45O sea, aumentaron los jueces, pero aumentó mucho más la carga de trabajo.
02:49En esto, se triplicó la entrada y se duplicó la cantidad de jueces.
02:55Entonces, la respuesta y otro elemento que es importante, la complejidad de los asuntos.
03:01Entonces, la respuesta no puede ser en el mismo tiempo.
03:05¿Cómo se soluciona eso?
03:07Como no es posible, y nosotros desde la Sala Tercera somos claros,
03:11que no solo la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas no permite,
03:15por un tema fiscal, aumentar la cantidad de personal,
03:19hemos pensado que si nosotros, con la misma cantidad de talento humano,
03:25producir más.
03:26¿Cómo?
03:27Los juicios en este momento, que se conocen en un tribunal unipersonal,
03:32y en esto tal vez es un solo juez el que asiste.
03:36Entonces, las audiencias son con tribunal unipersonal o tribunal colegiado,
03:40que son tres personas.
03:41Entonces, si elevamos que la competencia que tiene el juez para poder actuar
03:47de manera unipersonal sea hasta 10 años,
03:50eso provoca que tengamos un aumento de un 10% en la respuesta
03:55en la que tenemos más personas haciendo juicios a la misma vez.
04:00Y eso es determinante porque permite que la agenda, entonces,
04:04se pueda multiplicar lo que hacen en un momento un solo tribunal colegiado.
04:08Ahora tenemos tres personas juzgadoras haciéndolo.
04:10O sea, tendrían más oportunidad de tener jueces resolviendo
04:15como tribunales unipersonales que un tribunal colegiado
04:19que tiene tres resolviendo también un caso.
04:22Exacto.
04:23La mayoría de los juicios que vemos en televisión y en los medios de comunicación
04:27son juicios donde hay tres jueces, tribunal colegiado,
04:32pero hay juicios en donde solo hay un juez, ¿verdad?
04:36Me parece que son casos en que el extremo máximo de la pena que se puede imponer
04:43es bajo, es como de...
04:45Hasta cinco años.
04:45Hasta cinco años.
04:46O sea, los procesos en donde la persona que está siendo juzgada
04:50puede recibir una sanción de hasta cinco años de cárcel,
04:54tienen solo un juez.
04:55De ahí en adelante son tres jueces, el colegiado.
05:01Lo que ustedes proponen es llevarlo hasta...
05:05¿Hasta qué pena?
05:06Diez años.
05:07A los diez años.
05:07O sea, todos los procesos penales que puedan ser sancionados con hasta diez años
05:11estarían a cargo de un juez y no de tres.
05:16Salvo que se trate de tramitación compleja.
05:20Si es tramitación compleja, mantenemos la integración colegiada.
05:25¿Qué tenemos que entender por tramitación compleja?
05:28Son asuntos con delitos que tienen pena, que tienen multiplicidad de actores y de delitos graves.
05:40Entonces, son asuntos en que tienen además muchos intervinientes.
05:45Eso es una tramitación compleja.
05:47No es lo mismo ir, por ejemplo, a un juicio en donde solo una o dos personas imputadas
05:53a que sean cinco, a que sean diez, a que sean veinte.
05:56Y que las posibles penas a imponerse también de la cantidad de asuntos
06:00pueda ser diferente la cantidad de dictámenes periciales,
06:04la cantidad de dictámenes de defensores, de fiscales.
06:09Esos casos de tramitación compleja siempre serían con tres jueces,
06:14igual crimen organizado.
06:16Y en esencia, digamos, los casos donde la pena es muy alta, ¿verdad?
06:21Por ejemplo, vea que incluso en una causa de violación siempre tendría que ser colegiada,
06:28porque el extremo menor de la sanción siempre va a superar diez años.
06:32El extremo mínimo son diez años.
06:34De los casos penales que se tramitan anualmente, ¿cuántos son actualmente unipersonales y cuántos no?
06:43¿Y cómo se transformaría eso si se diera esa reforma legal que ustedes plantean?
06:47Don Rodolfo, en el año 2024, el ingreso a los tribunales penales fue de 15.934 causas.
06:56Dentro de estos, el 60% era de causas unipersonales.
07:02Lo que se pretende con esta reforma es que aumenta un 10%, sea 1.500, casi 1.600 asuntos por año.
07:11Eso es mucho.
07:12Pero la reforma también tiene dos ejes más.
07:16Uno es potenciar la audiencia preliminar.
07:19Así está diseñado el código.
07:21¿Qué es la audiencia preliminar?
07:23La hace el juez de garantías, en donde dice, ahí se aplican procedimientos abreviados,
07:29tal vez para que la ciudadanía entienda.
07:31¿Qué es un procedimiento abreviado?
07:33Es cuando hay una acusación contra una persona y la persona acepta los cargos.
07:38Y pactan entre la persona fiscal y la defensora la pena a imponer.
07:43Entonces, en ese caso, el juez dice si admite o no el procedimiento abreviado
07:51y lo eleva al tribunal de juicio, que es el que le compete decir si lo admite o no lo admite y dicta sentencia.
07:58Sin embargo, sucedió que en una causa, una persona llegó a juicio y dijo,
08:03yo no apliqué el procedimiento abreviado o no concilié porque no estaba la víctima,
08:10entonces no lo pude hacer.
08:11Entonces, le dicen al tribunal de juicio, ¿es posible que lo hagamos acá?
08:16Al inicio se decía que no, fueron a la sala constitucional y dijo que sí lo podían aplicar
08:21porque no se había podido hacer antes.
08:24Entonces, ¿qué decimos nosotros?
08:26No, en esa audiencia vamos a convocar también a la víctima
08:30y al imputado, porque actualmente no hay una obligación legal
08:34de que la persona imputada vaya a la audiencia preliminar.
08:38Entonces, se le obliga al imputado a estar en la audiencia preliminar
08:42y a la persona ofendida, desde un primer inicio, se le dice,
08:46a usted la vamos a convocar a la audiencia preliminar.
08:49Por si quieren aplicar medidas alternas, ese es el último momento procesal para hacerlo.
08:56Entiendo que también hay un tercer cambio que está planteado en esta iniciativa
09:01y que tiene que ver con los defensores particulares.
09:04Hemos tenido problema y parte de la gran crítica que se nos hace a veces,
09:10sobre todo en lo que tiene que ver, asuntos sonados,
09:13en donde están esperando que se haga la audiencia
09:16y dura mucho tiempo en darse la respuesta.
09:19En muchas ocasiones es porque algunos profesionales
09:22tienen sus agendas muy saturadas
09:24y tienen que intervenir en algunas ocasiones muchos,
09:27diez, quince defensores.
09:30Entonces, conciliar las agendas de todos
09:32y además aquí hay un actor que es determinante en el procedimiento penal
09:39y también en asuntos que tienen que ver con corrupción
09:43y es la Procuraduría General de la República.
09:46Y figúrese que solo hay trece procuradores para todo el país.
09:49Entonces, cuando un asunto está señalado
09:52y en ese momento llega algún otro de los defensores y dice
09:57no, yo ese día no puedo.
09:59Tengo la agenda llena.
10:00No puedo, cámbienla.
10:01Y cuando se cambian, poder conciliar todos esos intereses
10:05a veces es un año, dos años, dos años y medio.
10:08Y en eso se van postergando los tiempos
10:11y no se da la respuesta.
10:12Entonces, ¿qué decimos?
10:14No puede ser que una sola agenda tenga que impedir.
10:19Y eso trae un costo.
10:21Por eso al inicio le decía que programar una audiencia de debate
10:24no es sencillo porque son muchos operadores.
10:26¿Cómo se soluciona ese problema que se da con las agendas de los defensores?
10:31Hemos pensado que a la persona acusada tengo este defensor
10:35y le decimos, vea, no es posible, su defensor no puede.
10:38Y no siempre las causas se pueden separar.
10:41Porque a veces lo que pretenden es que la causa se separe.
10:44Haga contra eso si el mío lo hace después.
10:47¿Es posible?
10:48Sí.
10:49Pero se diluye la prueba y el caso puede ser que ya no tiene el mismo peso.
10:54Todo junto.
10:54¿Cómo corresponde que separarlos?
10:57Que solo se hace en casos excepcionales.
11:00Entonces le decimos, usted tiene el derecho de nombrar un defensor de su confianza
11:04que lo asista en esa audiencia.
11:06¿Y si el imputado no quiere y se le da confianza solo al que decidí originalmente?
11:11Se le nombra un defensor público.
11:13En esto tenemos que estar claro que no existe un solo.
11:16Existe el derecho fundamental de que yo pueda elegir el defensor de mi confianza.
11:21Pero ningún derecho fundamental es absoluto.
11:24Y en esto, o el derecho de una persona no puede prevalecer sobre el del colectivo.
11:30Cuando empezó a trascender el hecho de que ustedes planteaban esta iniciativa,
11:35empezaron también a trascender críticas y cuestionamientos.
11:38Algunos que plantean que en alguna medida se está afectando las garantías de los imputados,
11:46por ejemplo, cuando pasan de tres a un solo juez,
11:53porque podría ser mucho más seguro para una manera adecuada de impartir justicia
12:01tener tres profesionales que solo uno.
12:05¿Qué piensa usted de ese cuestionamiento?
12:06Hay asuntos unipersonales que son más complejos que algunos colegiados por la pena.
12:13Todo lo que tiene que ver con leyes especiales.
12:17Vea que se toman también, y son unipersonales,
12:20todo lo que es ley de zona marítimo terrestre,
12:22en donde ahí incluso se ordenan derribos importantes cuando se dice
12:26que hay una violación a la zona marítimo terrestre, lo conoce un juez.
12:31De manera unipersonal por el tipo de pena.
12:33Eso no significa que sean a veces muy complejos, incluso las lesiones culposas,
12:40a veces que son accidentes múltiples, sobre todo en autopistas,
12:44y que hay también daños económicos muy importantes.
12:47Eso lo conoce una sola persona juzgadora.
12:50Le comprendo, pero en principio de lógica no diría que es mejor tener tres profesionales
12:55analizando un caso, debatiendo, intercambiando opiniones a la hora de resolver
13:03que una sola persona no le daría eso más garantía a la persona que está siendo juzgada.
13:09Por el tipo de delitos, y que en este momento conocemos un 60% de manera unipersonal,
13:15y que con esta reforma pasaríamos solo a un 70, un 10% más,
13:20vea que en realidad, y por el tipo de delitos, en realidad no sería.
13:25Muchos tienen que ver con delincuencia económica.
13:28Estafas y delitos de esa naturaleza que tienen prevista el extremo mayor de la sanción de 10 años.
13:34Entonces, en cuanto a complejidad, no tiene esa respuesta como para que tuvieran temor
13:42que prefiero, y en esto dirían que tres cabezas piensan básicamente para que las personas,
13:49que es lo que nos han dicho, y por supuesto, puede ser que sí, pero no necesariamente.
13:53El tipo de delito para el que se verían, entonces, esta modificación legal no tiene impacto.
13:59Cuento también y escuchar la discusión que en torno a esta propuesta se va a dar.
14:04Le agradezco mucho nuevamente.
14:06Muchas gracias, y en esto tengo que decirle que desde la sala tercera tenemos una página
14:10con una dirección electrónica en donde siempre escuchamos observaciones
14:14y lo que puedan aportar siempre es bienvenido.
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