00:00Nosotros hemos establecido tres delitos que estimamos el premier habría cometido con su actuación.
00:08Por supuesto, esto va a quedar siempre a expectativas de lo que la subcomisión pueda revisar.
00:15Pueden agregarse más delitos o incluso podría considerarse solo alguno de estos.
00:19Los que hemos establecido son tres. Abuso a autoridad, tráfico de influencia y abocamiento ilegal de proceso en trámite.
00:25Sin embargo, ¿ustedes consideran de que esto pueda proceder? ¿Consideran que el Congreso los puede escuchar?
00:34Mire, sin duda la actuación del señor Eduardo Arana y me parece que hay mayor consenso en la opinión, por lo menos a nivel de prensa, que yo he podido verificar,
00:48que la actuación del señor es irregular y revela una intromisión en otro poder del Estado.
00:54Esto claramente es inconstitucional.
00:57Cierto es también que al ser el señor un personaje, funcionario público aforado,
01:05siempre dependerá de la votación de los miembros del Parlamento para que verifiquen,
01:11destinar lo pertinente, levantarle las protecciones y enviar el caso hacia la Fiscalía.
01:18Otro extremo de la denuncia tiene también como una posible consecuencia que si se establece su responsabilidad
01:26por parte primero de la subcomisión, quien tendría que evacuar un informe para luego ser sustentado y elevado al Pleno del Congreso,
01:36significar también una sanción de carácter político que se vería reflejado en una inhabilitación,
01:44ya dependerá de los congresistas establecer el tiempo.
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