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Reforma laboral: los cambios que introduce la Ley Bases
El Cronista
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hace 2 años
El análisis de Julián de Diego
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00:00
...laboralista. Julián, buen día. ¿Qué tal? ¿Cómo va?
00:04
Buen día, doctor Feynman. ¿Cómo están ustedes?
00:07
Abrazo muy grande. Hace mucho que no hablábamos, ¿eh?
00:09
Y me encanta que hablemos otra vez.
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Bueno, a ver, salió la ley bases, dentro de la ley bases está el paquete también laboral.
00:18
Y la gran pregunta es cómo va a impactar en la gente, en los trabajadores, esta reforma laboral.
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Bueno, es la reforma laboral más importante de los últimos 50 años.
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La última reforma laboral importante fue la ley de contrato de trabajo en el año 1975.
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La trascendencia de la norma tiene tres aspectos destacables.
00:46
La primera es que la norma apunta a mejorar el empleo registrado, eliminando todas las multas.
00:58
Porque las multas sirvieron para alentar la llamada industria del juicio,
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pero no sirvieron para luchar contra la economía clandestina,
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al punto de que en estos últimos años de 25, 27, 30% de economía clandestina
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en este momento estamos cerca del 50,
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y lo único que sirvió todo el régimen de multas, para lo único que sirvió,
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fue para incrementar, duplicar o triplicar los montos de los juicios.
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Que por supuesto perjudicaron sobre todo a la industria y a los servicios de las empresas más pequeñas
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o de las empresas medianas.
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Las únicas que podían soportar las condenas eran las empresas grandes.
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El segundo aspecto importantísimo tiene que ver con cómo se vuelve a tratar el régimen de despidos.
01:58
El despido con justa causa tiene una reforma, yo diría casi extraordinaria,
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que consiste en incluir entre los despidos con justa causa
02:13
todas las maniobras de lo que se llama la huelga salvaje.
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Que implica, por ejemplo, para decirlo con toda claridad,
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que puede ser despedido el trabajador que participa de un bloqueo,
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que participa de la ocupación de un establecimiento,
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que participa de medidas que tengan como propósito impedir que otros trabajadores que quieren trabajar
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lo quieran hacer.
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Y además establece el despido directo de todo trabajador que cuando participa de una huelga
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recurre a los mecanismos que permitan producir daños materiales
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o daños inmateriales a la empresa, a sus colaboradores y a terceros.
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O sea, hay un régimen de despido absolutamente novedoso
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que se incorpora a la ley de contrato de trabajo
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y que va a tratar de colocar a la huelga en un lugar medianamente razonable.
03:26
Ok. Algunos dicen que esto va a crear una desocupación y un desempleo brutal.
03:33
¿Usted qué dice?
03:35
No, no. El desempleo tiene solamente cuatro componentes que hay que tener en cuenta
03:45
como causal, yo diría, trascendental, que en este momento no se dan.
03:52
La primera cuestión es la actividad económica.
04:00
La actividad económica, a pesar de todos los niveles de actividad que han disminuido
04:10
en su facturación, en su nivel de ventas, etc.,
04:14
la mayoría de las empresas ha recurrido a la suspensión de los trabajadores
04:20
porque el despido tiene un costo tan alto que verdaderamente el payback,
04:28
lo que se llama payback, o sea, la recuperación del costo del despido,
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es altísima y entonces no es conveniente.
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Entonces, si bien existen algunos despidos,
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lo cierto es que la mayoría de las empresas está pensando que el segundo semestre
04:43
va a ser un segundo semestre de relanzamiento de la economía
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y que con una bajada de la inflación tan singular como la que tenemos,
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va a haber una reactivación económica también progresiva.
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¿Usted cree que estas modificaciones van a producir una creación de empleo
05:06
a partir del segundo semestre?
05:09
Bueno, sin duda. Por ejemplo, la modificación del periodo de prueba
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tiende a dos objetivos.
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El primer objetivo, es decir, el periodo de prueba actual es de tres meses
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y el general pasa a ser de seis meses.
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Durante los seis meses no se puede despedir.
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Sí, durante los seis meses del periodo de prueba el trabajador puede ser despedido
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o el trabajador puede renunciar sin derecho a ninguna indemnización.
05:48
¿Cuál es la ventaja del periodo de prueba?
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Que al perder seis meses contribuye a fomentar la registración,
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que en este momento está en el orden del 40 al 50%,
06:03
en algunas provincias la no registración llega al 60%.
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Pero al mismo tiempo de fomentar la registración,
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está prohibido utilizar el periodo de prueba reiterado.
06:15
Entonces, porque el periodo de prueba, si yo cada seis meses voy cambiando el personal,
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ahí está el abuso del periodo de prueba y eso está prohibido por la ley.
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Después hay un tercer capítulo que es muy importante,
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que es una batería de normas que trae la reforma.
06:41
Aclaro, doctor Feynman, que de 90 artículos que tenía el DNU quedaron 17, 18.
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Así y todo, la reforma laboral es el comienzo de un proceso progresivo de reformulaciones,
06:59
que se mencionaba recién en materia de las reformas que siguen
07:03
a la actual modificación del régimen impositivo.
07:07
Este es el comienzo de un proceso.
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Y en este tercer bloque hay una cantidad de normas que tienen que ver con mejorar
07:16
la situación que se están planteando en la jurisprudencia
07:20
sobre situaciones que eran totalmente anómalas.
07:24
Si yo contrataba a una persona para que brinde servicios en un tercero,
07:32
que sería la empresa usuaria, había toda una jurisprudencia que decía
07:36
que las dos empresas lo tenían que registrar, porque en realidad los registraba una,
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pero la que lo usaba el servicio era otra.
07:43
Ahora la ley dice con toda claridad, basta con que el trabajador esté registrado en blanco
07:49
por una de las empresas para cumplir con la ley.
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Es decir, esta serie de normas, estoy poniendo un ejemplo técnico
07:57
para no fastidiarlos con muchos ejemplos similares,
08:01
esta serie de normas tiende a resolver algunas situaciones
08:06
que eran verdaderamente injustas y arbitrarias.
08:09
Así que se lucha contra la industria del despido,
08:13
se mejoran las fórmulas de contratación,
08:17
se crea un mecanismo de despido contra todas las medidas de fuerza
08:21
que eran totalmente arbitrarias e ilegales.
08:24
Yo creo que estamos frente al comienzo de un proceso de reforma laboral
08:29
extraordinariamente constructivo para una etapa que,
08:35
por todas las novedades que genera y por todas las novedades que trae,
08:39
deberíamos pensar que es el comienzo de una construcción
08:44
de un nuevo modelo laboral que tiene que apuntar a dos objetivos.
08:49
Fomentar el empleo y a incorporar dentro de la legislación
08:54
las nuevas tecnologías, que es el gran desafío del futuro.
08:57
Julián, Guillermo a la bordo, un gusto saludarte, ¿cómo andás?
09:00
¿Qué tal, Guillermo? Nos conocemos de otra vida nosotros.
09:04
¿Cuál será esa vida?
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30, 40, no, ámbito de los 90.
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Qué cosas se habrán hecho juntos, mamá mía.
09:12
Sí, sí, bueno, hicimos muchas cosas muy buenas, muy buenas.
09:17
Julián, la duda que tengo es lo que te referías a ponerle que hay
09:22
en una huelga y un trabajador bloquea la empresa o daña material
09:31
de la empresa, etcétera, etcétera, que según la ley habilita el despido.
09:36
Ahora bien, ¿qué pasa si la justicia laboral, o qué probabilidades hay
09:40
que la justicia laboral te lo dé vuelta eso?
09:43
Mira, tenemos una ventaja en ese marco de todas las normas.
09:48
Quienes trabajaron en esa etapa, que incluye inclusive funcionarios
09:56
que están dentro del gobierno en este momento en la primera línea,
10:00
se guiaron por la jurisprudencia.
10:05
O sea, en el despido por daños dolosos, o sea, con la intención efectiva
10:13
de producir el daño, ya estaba contenido en la jurisprudencia.
10:17
Entonces, ese despido es directo.
10:20
Yo, digamos, para decirlo en términos un poquito más técnicos,
10:27
el despido por huelga tiene tres etapas.
10:31
La constatación de la participación del trabajador, la intimación y el despido.
10:37
¿Qué quiere decir la constatación?
10:40
Hay que verificar que la persona participó de una medida de fuerza ilegal
10:46
o de un acto de huelga salvaje o del daño.
10:50
Nosotros tenemos, por ejemplo, casos de huelgas en donde se incendia
10:57
una camioneta intencionalmente, sale en las filmaciones
11:02
quienes son los que participan, en las filmaciones generalmente de seguridad
11:06
que tienen las empresas, se hace la constatación notarial
11:10
y esa persona que participó de un daño intencional no requiere intimación
11:16
porque ya se confirmó que cometió un acto jurídico totalmente ilegal
11:22
y arbitrario y se lo despide directamente.
11:25
¿Se despide al que prendió fuego o a todos los que participaron
11:30
de esa prendida del fuego?
11:33
Bueno, hay distintos fallos pero, digamos, al que prendió fuego
11:38
se lo despide sin ninguna duda.
11:40
Y a los partícipes hay que evaluarlos en función de si son partícipes
11:45
que coordinaron la misma tarea, que son los llamados partícipes necesarios
11:50
o si son solamente partícipes pasivos como, por ejemplo, los que veían
11:56
que estaba ocurriendo esto y no hacían nada para impedirlo.
11:59
Una pregunta que me está haciendo un empresario PyME.
12:02
¿El despido con causa igualmente obliga a la indemnización o no?
12:08
No, no, categóricamente. El despido con justa causa no tiene derecho
12:13
el trabajador a ninguna de las indemnizaciones.
12:17
No tiene derecho ni al preaviso ni a la indemnización por despido
12:21
y lo único que hay que hacer es la liquidación final
12:24
de los últimos días trabajados, aguinaldo y vacaciones de vengada,
12:28
que es algo que se devenga.
12:30
Otro empresario me dice, ¿qué pasa con la ley laboral para las PyMEs
12:34
o el que tiene 3 o 4 empleados?
12:36
Porque parece que todo lo que usted explicaba era para grandes empresas.
12:40
¿Esto funciona también para ellos?
12:43
Sí, sí. Esto funciona para todas las empresas, cualquiera sea el tamaño,
12:51
y funciona para todos los trabajadores, tanto los nuevos como los antiguos.
12:57
Esta es otra pregunta que se hace habitualmente.
13:00
Si esta ley solamente se aplica a los nuevos trabajadores
13:03
o se aplica a la totalidad de la población laboral.
13:06
Se aplica a todo tipo de empresas, cualquiera sea el tamaño
13:09
y a todo tipo de contratación, sea anterior a la ley o sea posterior a la ley.
13:16
Julian, muchísimas gracias.
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