00:00porque todos, absolutamente todos, los nueve, son negativas a ejecutar las decisiones de un tribunal.
00:08Negativas por parte del Ministerio Público de Duarte de ejecutar la decisión de un tribunal.
00:14En primer lugar, sabemos que las decisiones de amparo son ejecutorias, no obstante cualquier recurso.
00:20Y que tan pronto llega en manos de un funcionario o un particular,
00:25de conformidad con el Estado de Derecho y la obligación de mantener el mismo de todos los actores del sistema,
00:33se debe ejecutar.
00:42Quizás esto es lo más importante para mí.
00:45Fíjense, nosotros los funcionarios públicos, y usted lo es,
00:51asumimos una responsabilidad ante el Estado de Derecho en el ejercicio de nuestras funciones.
00:58Y esa responsabilidad consiste en enmarcarnos dentro de la norma,
01:04o sea, nuestras funciones estén dentro de las normas, no salirnos nunca de ellas.
01:09Y en segundo lugar, en el caso de los fiscales, de los particulares,
01:14de mí misma, si me tocara, de todos, ejecutar las decisiones de un tribunal,
01:20es una de las obligaciones principales de un funcionario público.
01:24La única forma de atacar esa decisión es ejerciendo los recursos correspondientes,
01:34pero nunca desacatando.
01:35Porque cuando hacemos eso, los funcionarios públicos y los particulares,
01:40entonces estamos requebrajando el Estado de Derecho.
01:43Una de las cosas que fortalece el Estado de Derecho
01:47es obedecer y ejecutar las decisiones de los tribunales,
01:51aunque no nos gusten.
01:53Para eso tenemos los recursos abiertos,
01:56para poder atacarlas y demostrar en unas instancias superiores
02:00que esa decisión fue maldada.
02:04Esa es la única vía.
02:05Por tanto, yo le aconsejo, con mucho cariño, señora Fiscal,
02:13que no vuelva a incurrir en actos de esa naturaleza.
02:17Incluso a usted hubo que ponerle un avés corpus,
02:20porque usted se negó a ejecutar una decisión, y eso está aquí.
02:23Está aquí, todo está aquí.
02:25Son nueve decisiones que usted tiene ya por este tribunal.
02:30Negativa de devolución de bienes, sin proceso penal abierto,
02:35una serie de cuestiones.
02:36Sería bueno, Fiscal, que usted reflexione sobre esos aspectos,
02:41y que se apegue a la normativa,
02:43y que nos ayude a todos, a la República Dominicana,
02:47a fortalecer el Estado de Derecho,
02:51cumpliendo con las decisiones y atacándolas
02:54mediante los mecanismos correspondientes.
02:56Ese es un consejo que le doy,
02:59y usted verá que en el ejercicio de esas funciones tan delicadas
03:02que usted lleva, le va a ir muchísimo mejor.
03:06Porque la gente le va a aplaudir,
03:08porque usted va a contribuir al Estado de Derecho,
03:12que es lo importante de cada funcionario,
03:15contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho,
03:17porque hoy por mí, mañana por ti.
03:19Usted está en esa posición hoy,
03:21usted no sabe si mañana le va a tocar estar del otro lado.
03:24Y no le va a gustar que un fiscal inejecute una decisión
03:28en franca violación a la norma,
03:31porque simplemente no quiere ejecutarla.
03:34Usted no le va a gustar.
03:36Es un consejo que le doy con mucho cariño.
03:38En este caso en particular, como referimos,
03:42se ha tratado de un evento relacionado,
03:45no solamente a un tribunal ya existente control,
03:49como decimos, porque el Ministerio Público
03:51en ningún momento ha dicho no emitirla.
03:54Ha especificado, en cuanto a gestión administrativa,
03:57que utilizáramos la última,
04:00que obviamente era la que había mantenido su medida de coerción,
04:03pero es la que teníamos para ejecución en ese momento
04:06conforme al estatus jurídico del ciudadano.
04:10De todas maneras, como reiteramos,
04:12siempre tratamos de cumplir con la ley
04:15de manera adecuada, como corresponde,
04:18con responsabilidad,
04:19tomando en cuenta el impacto que podemos tener
04:21y que podemos dar a los ciudadanos,
04:23no solamente en la ejecución hacia afuera,
04:25sino también en cuanto a la gestión pública administrativa,
04:27que también nos es medida,
04:29y que además tenemos que rendir informe
04:31con relación al mismo.
04:34Muchas gracias.
04:36¿Alguien más a mi derecha?
04:38Bien.
04:39A mi izquierda, la magistrada Sonia Díaz,
04:41y no le hará preguntas.
04:43Gracias.
04:44Buenos días a todos y a todas.
04:47Yo solamente le quisiera recordar algunas cosas
04:51a la magistrada Smelly.
04:53Primero, que las decisiones en materia de amparo
04:55son ejecutables, no obstante cualquier recurso.
05:00Y una vez se siente,
05:02al menos en el caso mío siento,
05:04que la provincia de Duarte,
05:06una provincia que tanto admiramos,
05:09¿verdad?,
05:10es de Asia a cumplir con las decisiones judiciales,
05:14no solamente en materia de amparo,
05:16sino en la devolución de bienes.
05:19La magistrada Alba lo dijo hace un ratito,
05:23llegan casos aquí que la jurisdicción Duarte
05:26se niega a entregar los bienes
05:28que hay que entregarle a la persona,
05:29porque ya es una decisión judicial definitiva.
05:32Quisiera aconsejar ya una cuestión práctica
05:36al Ministerio Público de manera general,
05:38que en sus expedientes,
05:40por ejemplo,
05:40los que vengan a la Comunidad Constitucional,
05:43nos establezcan el estatus del imputado,
05:45si está o no en libertad,
05:47porque en todo lo que tenemos,
05:51todas las cosas que tenemos,
05:52no existe la aclaración
05:54de si está o no en libertad.
05:57Y eso produce esta audiencia.
06:00Entonces, ustedes en su carpeta fiscal,
06:01si lo ponen,
06:02tienen su estatuto del imputado,
06:05estado del imputado.
06:06Entonces, nosotros necesitamos tener eso.
06:09Y lo otro es que,
06:12y es algo que me hace ruido en este proceso,
06:15es que, mientras exista una decisión
06:18y no exista una revocación de esa decisión,
06:21me explico,
06:23a la de que cambió,
06:24varió la medida de coerción
06:26a una garantía económica,
06:28si no existe otra
06:30que se pueda exhibir
06:33que revocó esa decisión,
06:35no importa que exista una sentencia condenatoria,
06:38sino que hay que ejecutar
06:39la resolución del juez.
06:41Porque es un juez de la República
06:43que ha dicho que ha variado la medida.
06:46Entonces,
06:47siempre se va a ver,
06:48no estoy diciendo necesariamente que sea eso,
06:50que es una excusa
06:51para no ejecutar la libertad.
06:54Entonces,
06:54la libertad es un derecho fundamental
06:57que este tribunal siempre va a estar
06:59acorde con defender y proteger.
07:02Porque para eso estamos
07:04constituidos
07:05como tribunal constitucional.
07:07Entonces,
07:08creo que debemos de tratar
07:11de ejecutar esas decisiones
07:15aun cuando
07:16no nos guste la decisión.
07:19Porque como decía una de mis colegas,
07:21para eso están las vías de recurso,
07:23para recurrir la decisión
07:25que no nos gustó
07:26o que no satisface
07:28las pretensiones de la parte.
07:31En este caso,
07:32incluso,
07:32es un amparo
07:33que es algo importante
07:36a detenerse.
07:38Uno lo ve de entrada
07:40a la situación
07:40y no podría pensar
07:41que debió ser un habeas corpus.
07:43Sin embargo,
07:43no es un habeas corpus,
07:44fue un amparo realizado,
07:47se podría decir
07:47en cierta forma correctamente,
07:49porque lo que andaba buscando
07:50era la entrega
07:50de una documentación.